D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-19)
Convenio –  Convenio del 23 de diciembre de 2021, subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, por importe de 282.052,50 euros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022

Pág. 185

Decimoctava
Causas de resolución del convenio
El presente convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por cumplimiento del objeto del mismo.
b) Por vencimiento del plazo de vigencia siempre que las partes no hayan acordado la
prórroga del mismo.
c) Por mutuo acuerdo entre las partes intervinientes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del período marcado o por cualquier otra causa que haga
inviable su prosecución.
d) El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario con el consecuente reintegro que, en su caso, conlleve.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Decimonovena
Protección de datos de personales
Los datos de carácter personal recogidos en el procedimiento serán tratados de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales; o bien en la normativa vigente
en cada momento.
El responsable del tratamiento es la Dirección General de la Comunidad de Madrid
competente en materia de empleo. Ante dicho responsable podrán ejercerse los derechos de
acceso, rectificación y cancelación.
Asimismo, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y a fin de dar cumplimiento a la normativa europea que es de aplicación, en particular el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y en particular su artículo 22, el Ayuntamiento
de Arganda del Rey en su condición de entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia manifiesta
mediante declaración responsable realizada al efecto acceder a la cesión y tratamiento de
los datos con los fines establecidos en los apartados dos y tres del citado artículo, expresamente relacionados en la mencionada declaración responsable.
Vigésima
Transparencia

Vigesimoprimera
Difusión y publicidad
En todas las actividades y en la publicidad que, a través de cualquier medio, pudiera realizar el Ayuntamiento de Arganda del Rey, en virtud de la firma del presente convenio, deberán encontrase debidamente identificadas de conformidad con las obligaciones que en materia
de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la Unión
Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando obligada la entidad be-

BOCM-20220117-19

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través
de la página web institucional de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su difusión por
el Ayuntamiento de Arganda del Rey, en el portal de transparencia de su página web.
Este convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, en lo relativo a la publicación del convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dentro de los 20 días siguientes a su firma. Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios, en el que se incluirá la copia del mismo.