D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-19)
Convenio –  Convenio del 23 de diciembre de 2021, subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, por importe de 282.052,50 euros
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 186

LUNES 17 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 13

neficiaria de esta subvención a hacer mención en su publicidad del origen de esta financiación,
velando por darle visibilidad, incluido, cundo proceda, mediante el emblema de la Unión y
una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU”, conforme a lo establecido en el artículo 6 y en el Anexo VI de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto. Esta visibilidad se hará en particular cuando promueva
las acciones y su resultado, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Durante el desarrollo de la acción de formación en alternancia con el empleo, el beneficiario informará al público de la financiación con cargo a los fondos recibidos del
Servicio Público de Empleo Estatal y el apoyo obtenido de la Comunidad de Madrid, de
la siguiente forma:
a. Haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en el caso de que disponga
del mismo.
b. Colocando carteles informativos en lugares destacados y visibles, según el modelo
Anexo XII, identificativo de la realización de la obra o servicio:
i. Un cartel externo, de tamaño 100 x 100 centímetros, en la ubicación del centro de trabajo que figure en el Anexo I a este convenio y durante toda la duración del proyecto subvencionado.
ii. Además, cuando los servicios se presten en más de un edificio diferente al
centro de trabajo que figure en el Anexo I a este convenio, se situará un cartel interno, de tamaño A3, en la entrada del despacho o dependencia donde
presten servicio los participantes en los programas.
iii. Además, cuando las obras se presten en espacios abiertos, en más de una ubicación diferente al centro de trabajo que figure en el Anexo I a este convenio, se situará un cartel móvil, de tamaño 100 x 100 centímetros, en el lugar de trabajo.
iv. Por último, deberá incluir en los contratos de trabajo que suscriban el siguiente texto: “Este contrato está financiado a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo estatal para su gestión por la Comunidad de Madrid”.
c. Durante el tiempo de formación, deberán colocarse carteles informativos, según el
modelo Anexo XII, identificativo de la impartición de la formación:
i. Un cartel interno, de tamaño A3, en la entrada de las aulas en las que se imparta la formación teórica. 3.
ii. Las entidades beneficiarias deberán incluir el emblema de la Comunidad de
Madrid, conforme a los modelos que podrán ser descargados de la web institucional de la Comunidad de Madrid y la referencia a la financiación con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal: En todo tipo
de material divulgativo, acciones de difusión, publicaciones e información a
través de páginas web, en los que se haga referencia al programa o acción subvencionada; en los diplomas y certificados entregados a los participantes en
el programa; y en el equipamiento profesional y material didáctico que se entregue a los participantes.
d. Igualmente, y al objeto de informar a las personas desempleadas contratadas de la
financiación del programa con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público
de Empleo Estatal, deberá recabar de los mismos la suscripción del Anexo V-bis.
Vigesimosegunda
El presente convenio se regirá por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y en el
Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. De acuerdo con el mencionado Real Decreto-Ley, las
Administraciones Públicas respetarán como principios de buena gestión los relacionados
en su artículo 3 para una mejor gestión de los servicios y la ejecución de las acciones que
tienen encomendadas y, en especial, para la implementación eficaz y la consecución de
objetivos vinculados a los proyectos asignados en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

BOCM-20220117-19

Régimen jurídico aplicable