C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220114-20)
Bases ayudas – Orden de 30 de diciembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de actividades de promoción comercial y ferial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 82
VIERNES 14 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 11
Acondicionamiento del espacio.
Seguridad.
Decoración.
Artículos de promoción comercial.
Creatividades y producción de soportes promocionales (físicos y virtuales)
para captación de expositores y publicidad de la feria.
8.o Difusión y divulgación.
9.o Gastos derivados de la contratación del personal específico para la organización y el desarrollo de la feria (azafatas, limpieza, mantenimiento, seguridad,
captación de expositores y promoción de la feria), con exclusión de los correspondientes al personal propio dependiente del Ayuntamiento en cuestión.
10.o Gastos derivados del alquiler de plataformas para la organización de feriasvirtuales y su mantenimiento durante la celebración de las mismas.
En todo caso, será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que la actividad ferial para cuya organización se solicita dicha ayuda cumpla los requisitos establecidos
en la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la
Comunidad de Madrid, y que los gastos para los cuales se solicita la ayuda se financien directamente por el municipio con cargo a su respectivo presupuesto”.
Tres. Se modifica el apartado 1, del artículo 9 “Documentación de la solicitud”, quedando redactado en los siguientes términos:
“1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Acuerdo favorable
a la solicitud del Alcalde, Pleno o Junta de Gobierno.
b) En el supuesto de que el escrito de solicitud no fuese firmado por el Alcalde, Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento acreditativa de la delegación de la competencia efectuada.
c) Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de que la
suma de las cuantías de otras subvenciones públicas que pudieran haber recaído en
el presupuesto, no sobrepasen el 100 por 100 del total del presupuesto del proyecto.
d) Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de la capacidad del municipio para financiar el presupuesto del proyecto, con indicación de
la partida presupuestaria.
e) Memoria descriptiva y justificativa de las actividades de promoción comercial y/o
ferial para las que se solicita la subvención, con indicación de:
1.o Objetivos a alcanzar.
2.o Acciones a realizar.
3.o Plazo de desarrollo de las mismas, con fechas de inicio y finalización.
4.o Ámbito territorial.
5.o Número de habitantes del municipio.
6.o Número estimado de empresas participantes en cada actuación.
7.o Existencia o no de un programa de dinamización del comercio y/o la artesanía
en el municipio, así como el número de actuaciones que contiene dicho programa.
8.o Indicación de la participación o no de Asociaciones o entidades representativas de los intereses que se promocionan.
9.o Consolidación de dichas actuaciones
10.o En su caso, contribución a un comercio sostenible.
11.o En caso de existir, Plan de Medios de comunicación y publicidad, indicando los soportes publicitarios y material promocional cuya realización esté
prevista.
12.o Especificación de actuaciones de fomento del comercio del municipio en
época navideña.
f) Relación de gastos de las actividades de promoción comercial y/o ferial (campañas y/o ferias) para las que se solicita la subvención, con indicación de proveedor,
concepto, importe sin IVA e importe total.
g) Presupuestos y/o facturas proforma de cada uno de los gastos para los que solicita
subvención.
BOCM-20220114-20
3.o
4.o
5.o
6.o
7.o
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 82
VIERNES 14 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 11
Acondicionamiento del espacio.
Seguridad.
Decoración.
Artículos de promoción comercial.
Creatividades y producción de soportes promocionales (físicos y virtuales)
para captación de expositores y publicidad de la feria.
8.o Difusión y divulgación.
9.o Gastos derivados de la contratación del personal específico para la organización y el desarrollo de la feria (azafatas, limpieza, mantenimiento, seguridad,
captación de expositores y promoción de la feria), con exclusión de los correspondientes al personal propio dependiente del Ayuntamiento en cuestión.
10.o Gastos derivados del alquiler de plataformas para la organización de feriasvirtuales y su mantenimiento durante la celebración de las mismas.
En todo caso, será condición indispensable para la concesión de estas ayudas que la actividad ferial para cuya organización se solicita dicha ayuda cumpla los requisitos establecidos
en la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la
Comunidad de Madrid, y que los gastos para los cuales se solicita la ayuda se financien directamente por el municipio con cargo a su respectivo presupuesto”.
Tres. Se modifica el apartado 1, del artículo 9 “Documentación de la solicitud”, quedando redactado en los siguientes términos:
“1. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Acuerdo favorable
a la solicitud del Alcalde, Pleno o Junta de Gobierno.
b) En el supuesto de que el escrito de solicitud no fuese firmado por el Alcalde, Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento acreditativa de la delegación de la competencia efectuada.
c) Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de que la
suma de las cuantías de otras subvenciones públicas que pudieran haber recaído en
el presupuesto, no sobrepasen el 100 por 100 del total del presupuesto del proyecto.
d) Certificado del Secretario o Interventor del Ayuntamiento acreditativo de la capacidad del municipio para financiar el presupuesto del proyecto, con indicación de
la partida presupuestaria.
e) Memoria descriptiva y justificativa de las actividades de promoción comercial y/o
ferial para las que se solicita la subvención, con indicación de:
1.o Objetivos a alcanzar.
2.o Acciones a realizar.
3.o Plazo de desarrollo de las mismas, con fechas de inicio y finalización.
4.o Ámbito territorial.
5.o Número de habitantes del municipio.
6.o Número estimado de empresas participantes en cada actuación.
7.o Existencia o no de un programa de dinamización del comercio y/o la artesanía
en el municipio, así como el número de actuaciones que contiene dicho programa.
8.o Indicación de la participación o no de Asociaciones o entidades representativas de los intereses que se promocionan.
9.o Consolidación de dichas actuaciones
10.o En su caso, contribución a un comercio sostenible.
11.o En caso de existir, Plan de Medios de comunicación y publicidad, indicando los soportes publicitarios y material promocional cuya realización esté
prevista.
12.o Especificación de actuaciones de fomento del comercio del municipio en
época navideña.
f) Relación de gastos de las actividades de promoción comercial y/o ferial (campañas y/o ferias) para las que se solicita la subvención, con indicación de proveedor,
concepto, importe sin IVA e importe total.
g) Presupuestos y/o facturas proforma de cada uno de los gastos para los que solicita
subvención.
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