C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220111-11)
Habilitación lingüística – Resolución conjunta de 22 de diciembre de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ENERO DE 2022
2.
B.O.C.M. Núm. 8
Desarrollo:
a) Citación. En primer lugar, se citará de forma conjunta a todos aquellos aspirantes
que tengan que realizar la primera fase de la prueba.
Los aspirantes convocados a esta fase, cuyos ejercicios se realizarán en sesión única, deberán presentarse ante el tribunal, debidamente identificados, en la hora y
fecha fijada en los llamamientos, siendo excluidos del proceso quienes no comparezcan.
b) Listas de candidatos “aptos” en la primera fase. Cada tribunal hará pública, en la
misma sede donde se ha celebrado esta primera fase, la lista de los candidatos que
hayan resultado calificados de “apto” y que podrán acceder a la realización de la
segunda fase de la prueba.
c) Convocatoria para la realización de la segunda fase de la prueba. Una vez realizado el ejercicio de la primera fase de la prueba, cada tribunal podrá comenzar las
citaciones por aquellos participantes que estén exentos de la realización de la primera fase y continuar por los participantes que hayan obtenido la calificación de
“apto” en la primera fase.
En todo caso, los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante los tribunales en un único llamamiento, es decir, los aspirantes convocados para cada día
deberán estar presentes a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las
actuaciones, siendo excluidos del procedimiento quienes no comparezcan.
d) Una vez comenzadas las actuaciones ante el tribunal, no será obligatoria la publicación de los sucesivos llamamientos de los aspirantes en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID. Los tribunales publicarán estos anuncios, con una
antelación de, al menos, 2 días hábiles, en los mismos locales en donde se estén
celebrando las pruebas o por otro medio que indique el propio tribunal.
e) Orden de actuación de los aspirantes. Se iniciará por aquellos candidatos cuyo primer apellido comience por la letra “E”, resultante del último sorteo realizado por la
Dirección General de Función Pública, según la Resolución de 9 de marzo de 2021,
por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de
la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021. Los tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience con la referida letra iniciarán el orden de actuación con la letra o letras siguientes.
f) Identificación ante los tribunales. Los tribunales podrán requerir a los aspirantes
que acrediten su identidad en cualquier momento del desarrollo de las pruebas.
Los tribunales tendrán la facultad de poder excluir del procedimiento a aquellos
aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la
realización de los ejercicios. Los aspirantes así excluidos, quedarán, a todos los
efectos, en la situación de “no aptos”.
De igual manera, si los tribunales tuvieren conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión al órgano convocante correspondiente, comunicándole las inexactitudes o falsedades en que hubiera
incurrido el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes. En este caso, hasta tanto no se dicte la resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el procedimiento.
Duodécima
Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales expondrán en el tablón de anuncios de las sedes la lista provisional de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista provisional los interesados podrán presentar alegaciones, en la misma
sede del tribunal, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su
exposición. Las alegaciones deberán ir dirigidas al presidente del tribunal.
Examinadas las alegaciones, los tribunales elevarán a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y/o a la Dirección General de Recursos Humanos, la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
BOCM-20220111-11
Lista provisional de candidatos que hayan superado el procedimiento
Pág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ENERO DE 2022
2.
B.O.C.M. Núm. 8
Desarrollo:
a) Citación. En primer lugar, se citará de forma conjunta a todos aquellos aspirantes
que tengan que realizar la primera fase de la prueba.
Los aspirantes convocados a esta fase, cuyos ejercicios se realizarán en sesión única, deberán presentarse ante el tribunal, debidamente identificados, en la hora y
fecha fijada en los llamamientos, siendo excluidos del proceso quienes no comparezcan.
b) Listas de candidatos “aptos” en la primera fase. Cada tribunal hará pública, en la
misma sede donde se ha celebrado esta primera fase, la lista de los candidatos que
hayan resultado calificados de “apto” y que podrán acceder a la realización de la
segunda fase de la prueba.
c) Convocatoria para la realización de la segunda fase de la prueba. Una vez realizado el ejercicio de la primera fase de la prueba, cada tribunal podrá comenzar las
citaciones por aquellos participantes que estén exentos de la realización de la primera fase y continuar por los participantes que hayan obtenido la calificación de
“apto” en la primera fase.
En todo caso, los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante los tribunales en un único llamamiento, es decir, los aspirantes convocados para cada día
deberán estar presentes a la hora fijada por el tribunal como hora de inicio de las
actuaciones, siendo excluidos del procedimiento quienes no comparezcan.
d) Una vez comenzadas las actuaciones ante el tribunal, no será obligatoria la publicación de los sucesivos llamamientos de los aspirantes en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID. Los tribunales publicarán estos anuncios, con una
antelación de, al menos, 2 días hábiles, en los mismos locales en donde se estén
celebrando las pruebas o por otro medio que indique el propio tribunal.
e) Orden de actuación de los aspirantes. Se iniciará por aquellos candidatos cuyo primer apellido comience por la letra “E”, resultante del último sorteo realizado por la
Dirección General de Función Pública, según la Resolución de 9 de marzo de 2021,
por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de
la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021. Los tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience con la referida letra iniciarán el orden de actuación con la letra o letras siguientes.
f) Identificación ante los tribunales. Los tribunales podrán requerir a los aspirantes
que acrediten su identidad en cualquier momento del desarrollo de las pruebas.
Los tribunales tendrán la facultad de poder excluir del procedimiento a aquellos
aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la
realización de los ejercicios. Los aspirantes así excluidos, quedarán, a todos los
efectos, en la situación de “no aptos”.
De igual manera, si los tribunales tuvieren conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su exclusión al órgano convocante correspondiente, comunicándole las inexactitudes o falsedades en que hubiera
incurrido el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes. En este caso, hasta tanto no se dicte la resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el procedimiento.
Duodécima
Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales expondrán en el tablón de anuncios de las sedes la lista provisional de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista provisional los interesados podrán presentar alegaciones, en la misma
sede del tribunal, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su
exposición. Las alegaciones deberán ir dirigidas al presidente del tribunal.
Examinadas las alegaciones, los tribunales elevarán a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y/o a la Dirección General de Recursos Humanos, la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
BOCM-20220111-11
Lista provisional de candidatos que hayan superado el procedimiento