D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL (BOCM-20220110-41)
Convenio – Convenio de 17 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Agencia de Vivienda Social, y el Ayuntamiento de Madrid, para el realojamiento y la integración social de familias residentes en el núcleo chabolista de la Cañada Real Galiana, Sector 6
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 7
CLAÚSULAS
Primera
Objeto. Delimitación territorial y poblacional
El objeto del presente convenio se concreta en el realojo e inclusión social de familias
residentes en Cañada Real, Sector 6, mediante la constitución de una Bolsa de Viviendas,
que se distribuirá del siguiente modo:
1.1. Se asignarán un máximo 160 viviendas necesarias para el realojo de las personas y/o familias residentes en el Sector 6 de Cañada Real, en el tramo comprendido entre la
incineradora de Valdemingómez y la intersección con la carretera de circunvalación del acceso a dicha Incineradora, en el término municipal de Madrid (distrito de Villa de Vallecas), que cumplan los requisitos establecidos en el ANEXO 1 de este Convenio.
1.2. Asimismo, se asignarán 13 viviendas a las familias residentes en el sector 6 de Cañada Real que, incluidas en el ámbito territorial del Convenio suscrito el 11 de mayo de 2018
ya vencido y, siendo reconocido su derecho al realojo, no resultaron adjudicatarias por agotarse la Bolsa de Viviendas y la financiación para incorporar nuevas viviendas a dicha Bolsa
mientras estuvo vigente.
Segunda
2.1. A los efectos de lo establecido en el presente Convenio, se establecen las siguientes definiciones:
1. Familia: Grupo de personas que residen en una vivienda, entre los cuales existe un
vínculo de afinidad o consanguinidad. Se entenderá por unidad familiar lo establecido al respecto por la Ley Reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. Realojo: Operaciones tendentes a la consecución de una solución habitacional dentro de
la Comunidad de Madrid, dirigidas a las familias incluidas en el ámbito de actuaciones
del presente Convenio, en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
3. Demolición y aseguramiento del terreno: Por demolición se entienden las operaciones tendentes a la eliminación de edificaciones, construcciones o similares,
cuando proceda, a los efectos previstos en la legislación vigente. Por operación de
aseguramiento se entiende la labor a realizar tendente a evitar ocupaciones sobre
los terrenos en los que ha tenido lugar una operación de demolición.
4. Proceso de inclusión social: Proceso secuencial que se inicia con el realojo de una
familia que cumpla con los requisitos establecidos en el presente convenio, y que
finaliza con su incorporación social, real y efectiva en la sociedad.
5. Actuación coordinada: Todas las intervenciones a realizar, con cargo al presente
convenio, se realizarán de una manera ordenada y lógica, procurando el bienestar
de las familias afectadas por las mismas.
6. Contrato de integración social: Compromiso que asume el representante de una
unidad familiar y la administración competente o en quien ella delegue (entidades
sociales) en relación con los derechos y los deberes de ambas partes, con el fin de
colaborar de manera activa en su proceso de inclusión social.
La duración del contrato de integración social será equivalente al tiempo que dure
el proceso de intervención social.
El régimen de las viviendas de realojo será el arrendamiento social.
2.2. La Comisión de Seguimiento queda facultada para la interpretación y el análisis
pormenorizado y concreto de las definiciones incluidas en el presente apartado, en relación
con cada intervención concreta a realizar con cargo al Convenio.
Tercera
Principios informadores de la ejecución del convenio
3.1. El presente convenio se ejecutará conforme a los principios previstos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en
particular:
BOCM-20220110-41
Definiciones
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 7
CLAÚSULAS
Primera
Objeto. Delimitación territorial y poblacional
El objeto del presente convenio se concreta en el realojo e inclusión social de familias
residentes en Cañada Real, Sector 6, mediante la constitución de una Bolsa de Viviendas,
que se distribuirá del siguiente modo:
1.1. Se asignarán un máximo 160 viviendas necesarias para el realojo de las personas y/o familias residentes en el Sector 6 de Cañada Real, en el tramo comprendido entre la
incineradora de Valdemingómez y la intersección con la carretera de circunvalación del acceso a dicha Incineradora, en el término municipal de Madrid (distrito de Villa de Vallecas), que cumplan los requisitos establecidos en el ANEXO 1 de este Convenio.
1.2. Asimismo, se asignarán 13 viviendas a las familias residentes en el sector 6 de Cañada Real que, incluidas en el ámbito territorial del Convenio suscrito el 11 de mayo de 2018
ya vencido y, siendo reconocido su derecho al realojo, no resultaron adjudicatarias por agotarse la Bolsa de Viviendas y la financiación para incorporar nuevas viviendas a dicha Bolsa
mientras estuvo vigente.
Segunda
2.1. A los efectos de lo establecido en el presente Convenio, se establecen las siguientes definiciones:
1. Familia: Grupo de personas que residen en una vivienda, entre los cuales existe un
vínculo de afinidad o consanguinidad. Se entenderá por unidad familiar lo establecido al respecto por la Ley Reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. Realojo: Operaciones tendentes a la consecución de una solución habitacional dentro de
la Comunidad de Madrid, dirigidas a las familias incluidas en el ámbito de actuaciones
del presente Convenio, en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
3. Demolición y aseguramiento del terreno: Por demolición se entienden las operaciones tendentes a la eliminación de edificaciones, construcciones o similares,
cuando proceda, a los efectos previstos en la legislación vigente. Por operación de
aseguramiento se entiende la labor a realizar tendente a evitar ocupaciones sobre
los terrenos en los que ha tenido lugar una operación de demolición.
4. Proceso de inclusión social: Proceso secuencial que se inicia con el realojo de una
familia que cumpla con los requisitos establecidos en el presente convenio, y que
finaliza con su incorporación social, real y efectiva en la sociedad.
5. Actuación coordinada: Todas las intervenciones a realizar, con cargo al presente
convenio, se realizarán de una manera ordenada y lógica, procurando el bienestar
de las familias afectadas por las mismas.
6. Contrato de integración social: Compromiso que asume el representante de una
unidad familiar y la administración competente o en quien ella delegue (entidades
sociales) en relación con los derechos y los deberes de ambas partes, con el fin de
colaborar de manera activa en su proceso de inclusión social.
La duración del contrato de integración social será equivalente al tiempo que dure
el proceso de intervención social.
El régimen de las viviendas de realojo será el arrendamiento social.
2.2. La Comisión de Seguimiento queda facultada para la interpretación y el análisis
pormenorizado y concreto de las definiciones incluidas en el presente apartado, en relación
con cada intervención concreta a realizar con cargo al Convenio.
Tercera
Principios informadores de la ejecución del convenio
3.1. El presente convenio se ejecutará conforme a los principios previstos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en
particular:
BOCM-20220110-41
Definiciones