Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

Pág. 291

2.3.32 Sector
Ámbito mínimo de planeamiento en que se halla dividido el suelo urbanizable, a efectos de su
desarrollo posterior mediante Planes Parciales.
2.3.33 Separación entre edificios
Distancia entre dos edificios, medida desde el punto más saliente incluidos vuelos.
2.3.34 Redes Generales
Los elementos que configuran la estructura general y orgánica de la ordenación del territorio,
adscritos a la utilidad pública y diseñados en función de las necesidades generales del municipio.
Son los siguientes:
x
x
x
x

De comunicaciones exteriores y sus zonas de protección.
De espacios libres destinados a parques públicos y zonas verdes.
De equipamiento comunitario y centros públicos.
De redes e instalaciones de servicios urbanos.

2.3.35 Redes Locales
Conjunto de viales, espacios libres y equipamientos destinados y diseñados para servir al ámbito del
sector S-1, y dimensionadas conforme a los estándares establecidos en la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
2.3.36 Solar
Es aquella porción del suelo urbano que reúne los requisitos establecidos en las presentes Normas
para considerarse parcela edificable y que se encuentra totalmente urbanizada; entendiéndose por
ello que cuenta con los siguientes servicios: viario con calzada y aceras pavimentadas y al menos
en el frente o frentes de la parcela, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y
suministro de energía eléctrica, y alumbrado público, debiendo reunir las características adecuadas
para satisfacer la edificación existente o prevista en el Plan y que cumplen además con los requisitos
mínimos que en cuanto a grado de urbanización, establecen las presentes Ordenanzas.
2.3.37 Superficie ocupada
Es la comprendida dentro de los límites definidos por la proyección sobre un plano horizontal, de las
líneas externas de toda la edificación, incluso la subterránea y los vuelos. Las construcciones
subterráneas bajo espacios libres y destinadas exclusivamente a estacionamientos e instalaciones
al servicio exclusivo del edificio, se considerarán excluidas de la superficie ocupada, así como los
vuelos inferiores a sesenta (60) centímetros.
2.3.38 Superficie máxima de ocupación
Es la resultante de aplicar el máximo porcentaje fijado por el Plan Parcial a la superficie de la parcela
o zona.
2.3.39 Unidad de ejecución
Ámbito mínimo de actuación delimitado a los efectos de gestión y ejecución del planeamiento en el
sector. Su objeto es permitir, al menos, la justa distribución de las cargas y beneficios derivados del
planeamiento, entre los propietarios afectados por la actuación del sector S-1.

Superficie de carácter homogéneo en cuanto a ordenación urbana y a la asignación de usos de suelo
y su intensidad, así como a las condiciones de edificación.

BOCM-20220105-68

2.3.40 Zona