Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 3

MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

Pág. 363

Medidas: Se podrá solicitar el control de la emisión en cualquier momento si se considera que el
vehículo puede estar vulnerando la normativa sobre emisiones.
Documentación: Los resultados de las inspecciones se reflejarán en informes de registro.
CONTROL DE LA CALIDAD ATMOSFÉRICA: EMISIONES SONORAS
Objetivo: Minimizar el nivel de ruido durante la ejecución de las obras para evitar o reducir las
molestias sobre la población y la fauna en fase de obra.
Indicador: Nivel acústico (dB).
Puntos de control: Se revisará toda la actuación.
Parámetros de control: Se controlarán los niveles de potencia acústica mediante la medición con
instrumental específico. Se controlará que la maquinaria haya superado la ITV de forma favorable.
Umbral: En relación a las emisiones procedentes de la maquinaria, no se generarán ruidos por
encima de las especificaciones técnicas del fabricante y de la normativa vigente respecto al empleo
de maquinaria al aire libre (Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las
emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre y
modificaciones posteriores).
Para el resto de emisiones sonoras, los umbrales serán los marcados por el Decreto 55/2012, de 15
de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen legal de protección contra la
contaminación acústica en la Comunidad de Madrid.
Periodicidad del control: Se realizarán controles de forma quincenal durante la obra.
Medidas: Se paralizará aquella maquinaria que no haya pasado la ITV. Si se sobrepasan los
umbrales, se establecerá un programa de trabajos que reduzca la emisión de ruidos durante las
obras.
Documentación: Los resultados de las inspecciones se reflejarán en informes de registro.
PROTECCIÓN DE LA HIDROLOGÍA: CALIDAD DE LAS AGUAS.
Objetivo: Asegurar el mantenimiento de la calidad de las aguas, evitando vertidos procedentes de
la zona de obras e instalaciones auxiliares.
Indicador: Vertidos incontrolados directos o indirectos al dominio público hidráulico, sin autorización
del organismo de cuenca.
Puntos de control: Principalmente zona de instalaciones auxiliares.
Parámetros de control: Condicionantes establecidos por el organismo de cuenca.
Umbral: Prescripciones establecidas en las autorizaciones correspondientes.
Periodicidad del control: Quincenal.
Medidas: En caso de detectarse vertidos incontrolados o, en su caso, desviaciones de las
prescripciones establecidas en la autorización de vertido, se identificará el origen del vertido y se
corregirá.
Documentación: Los resultados de las inspecciones se reflejarán en informes de registro.

Objetivo: Minimizar el riesgo de contaminación por vertidos accidentales procedentes de la
maquinaria de obra o residuos procedentes de las obras.
Indicador: Existencia de manchas patentes en el suelo debidas a combustibles y lubricantes de la
maquinaria, vertidos de hormigón, expresada en porcentaje sobre suelo no afectado o contaminado.

BOCM-20220105-68

CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LOS SUELOS