Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
83 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 360
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 3
10.3.2 Sobre la geomorfología
En el diseño de la propuesta de ordenación se tendrá en cuenta la morfología del terreno para
minimizar los movimientos de tierras. De forma previa al inicio de los trabajos se delimitará el área
de ocupación, para no extender la afección fuera del área prevista.
El material necesario para la ejecución de las obras procederá en lo posible del propio
emplazamiento o en su defecto, de explotación o cantera autorizada.
Se definirán medidas de restauración específicas en el proyecto constructivo para la recuperación
de los terrenos alterados por los trabajos constructivos y para la integración paisajística de las
edificaciones.
10.3.3 Sobre la hidrología
Se establecerán medidas para evitar la pérdida de calidad del agua por contaminación debida a
vertidos accidentales al terreno.
Durante la fase de obras, en caso de ser necesario el mantenimiento de maquinaria o reposición de
carburantes, se dispondrá en la zona de instalaciones de una superficie impermeabilizada, que evite
derrames de sustancias contaminantes al terreno. Será un elemento auxiliar temporal, que se
desmantelará al finalizar los trabajos.
Así mismo se prestará especial atención a los residuos generados. Aquellos que por su naturaleza
tengan la consideración de peligrosos se almacenarán en contenedores cerrados, controlando
regularmente el buen estado de los mismos de manera que se garantice su estanqueidad. La retirada
de los residuos generados en el emplazamiento y su posterior gestión se llevará a cabo por
empresas autorizadas, incluidas en el registro de transportistas/gestores de residuos autorizados
por la Comunidad de Madrid.
En el caso de que se realicen pasos en cursos de agua o vaguadas se deberá de respetar sus
capacidades hidráulicas y calidades hídricas.
Toda actuación que realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por 100 m de
anchura medidas horizontalmente y a partir del cauce, deberá contar con la preceptiva autorización
de esta Confederación, según establece la vigente Legislación de Aguas, y en particular fas
actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
10.3.4 Medidas encaminadas a la protección del sistema hidrológico e hidrogeológico
Dado el uso del suelo previsto, no se prevén afecciones de importancia a las aguas subterráneas si
se contemplan medidas básicas de protección de las mismas frente a la contaminación.
Se diseñarán redes de saneamiento estancas, para evitar infiltración de las aguas residuales
urbanas a las aguas subterráneas.
Todos los depósitos de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o
aéreos, deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las aguas
subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad. Lo
mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de otras
sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico
Se llevará a cabo una gestión adecuada de los residuos domésticos, tanto sólidos como líquidos.
Para ello, se puede habilitar un "punto verde" en el que recoger los residuos urbanos no
convencionales.
10.3.5 Sobre el suelo
Como se ha indicado en el apartado anterior, se acondicionará un parque de maquinaria en la zona
de instalaciones de obra para la realización de las operaciones de mantenimiento necesarias, con
objeto de evitar afecciones negativas sobre el suelo (vertidos de sustancias peligrosas,
compactación del suelo, etc.).
BOCM-20220105-68
En zonas verdes comunes se realizará la aplicación de fertilizantes y de herbicidas en dosis
adecuadas para evitar infiltración de los mimos a las aguas subterráneas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 360
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 3
10.3.2 Sobre la geomorfología
En el diseño de la propuesta de ordenación se tendrá en cuenta la morfología del terreno para
minimizar los movimientos de tierras. De forma previa al inicio de los trabajos se delimitará el área
de ocupación, para no extender la afección fuera del área prevista.
El material necesario para la ejecución de las obras procederá en lo posible del propio
emplazamiento o en su defecto, de explotación o cantera autorizada.
Se definirán medidas de restauración específicas en el proyecto constructivo para la recuperación
de los terrenos alterados por los trabajos constructivos y para la integración paisajística de las
edificaciones.
10.3.3 Sobre la hidrología
Se establecerán medidas para evitar la pérdida de calidad del agua por contaminación debida a
vertidos accidentales al terreno.
Durante la fase de obras, en caso de ser necesario el mantenimiento de maquinaria o reposición de
carburantes, se dispondrá en la zona de instalaciones de una superficie impermeabilizada, que evite
derrames de sustancias contaminantes al terreno. Será un elemento auxiliar temporal, que se
desmantelará al finalizar los trabajos.
Así mismo se prestará especial atención a los residuos generados. Aquellos que por su naturaleza
tengan la consideración de peligrosos se almacenarán en contenedores cerrados, controlando
regularmente el buen estado de los mismos de manera que se garantice su estanqueidad. La retirada
de los residuos generados en el emplazamiento y su posterior gestión se llevará a cabo por
empresas autorizadas, incluidas en el registro de transportistas/gestores de residuos autorizados
por la Comunidad de Madrid.
En el caso de que se realicen pasos en cursos de agua o vaguadas se deberá de respetar sus
capacidades hidráulicas y calidades hídricas.
Toda actuación que realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por 100 m de
anchura medidas horizontalmente y a partir del cauce, deberá contar con la preceptiva autorización
de esta Confederación, según establece la vigente Legislación de Aguas, y en particular fas
actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
10.3.4 Medidas encaminadas a la protección del sistema hidrológico e hidrogeológico
Dado el uso del suelo previsto, no se prevén afecciones de importancia a las aguas subterráneas si
se contemplan medidas básicas de protección de las mismas frente a la contaminación.
Se diseñarán redes de saneamiento estancas, para evitar infiltración de las aguas residuales
urbanas a las aguas subterráneas.
Todos los depósitos de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o
aéreos, deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las aguas
subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad. Lo
mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de otras
sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico
Se llevará a cabo una gestión adecuada de los residuos domésticos, tanto sólidos como líquidos.
Para ello, se puede habilitar un "punto verde" en el que recoger los residuos urbanos no
convencionales.
10.3.5 Sobre el suelo
Como se ha indicado en el apartado anterior, se acondicionará un parque de maquinaria en la zona
de instalaciones de obra para la realización de las operaciones de mantenimiento necesarias, con
objeto de evitar afecciones negativas sobre el suelo (vertidos de sustancias peligrosas,
compactación del suelo, etc.).
BOCM-20220105-68
En zonas verdes comunes se realizará la aplicación de fertilizantes y de herbicidas en dosis
adecuadas para evitar infiltración de los mimos a las aguas subterráneas.