Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 316

MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

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Ocupación de la vía pública por causa de las obras: En caso de ser necesaria la colocación
de vallas en la vía pública, se solicitará del Ayuntamiento, el oportuno permiso de
ocupación. La licencia señalará en función de la anchura de la vía y de su tráfico, tanto
peatonal como de vehículos, la porción de la misma que puede ser ocupada. Este permiso
caducará con la terminación de las obras.
En todo caso deberá quedar libre o habilitado un paso peatonal de 1 m de ancho como
mínimo, debidamente enlazado con las aceras existentes antes y después de la zona
ocupada.
Si dicho paso no pudiera establecerse sobre la acera, por resultar la misma totalmente
ocupada, deberá el interesado habilitar un paso artificial, debidamente protegido y
señalizado, que cumpla las características señaladas.
La ocupación de vía pública habrá de cesar antes de la finalización de las obras si hubiere
desaparecido su necesidad, en cuyo caso, se adoptarán por el interesado las medidas de
protección para los usuarios de la vía pública que sean precisas.
Por la Alcaldía se determinará el momento en que esta ocupación habrá de desaparecer.
La vía pública deberá dejarse en perfectas condiciones y reparados los desperfectos que
su ocupación hubiere ocasionado.

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Desperfectos en servicios públicos: Si durante la ejecución de las obras o posteriormente
por causas imputables a las mismas, o por mala calidad de la construcción, se produjeran
desperfectos de elementos de los servicios públicos, las reparaciones correrán a cargo del
Promotor de las obras.

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Materiales de fachada: Se emplearán en el exterior de los inmuebles materiales de buena
calidad. Quedan prohibidos los que, por su permeabilidad, blandura o mal agarre, puedan
perjudicar la seguridad de la vía pública.

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Injertos y acometidas a los servicios municipales: Los injertos y acometidas a los servicios
municipales de redes de distribución de agua o de evacuación de residuos se efectuarán
de acuerdo con las instrucciones que señalen los servicios técnicos municipales.
Realizadas estas operaciones no se ocultarán hasta que merezcan su aprobación por los
mismos técnicos.
La unión definitiva de estos injertos a las redes generales se efectuará por el personal
municipal una vez otorgada la licencia de primera ocupación.

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Limpieza de obras: No se permitirá en ningún caso depositar escombros, tierras ni
materiales en la vía pública. Los frentes de las obras deberán permanecer limpios
permanentemente.
El propietario de la obra igualmente será responsable de la suciedad que puedan producir
los vehículos que transportan materiales provenientes de las mismas y deberá adoptar las
medidas necesarias para su limpieza.

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Derribos: En el interior de las edificaciones pueden hacerse los derribos autorizados a
cualquier hora siempre que no causen molestias.
Los materiales procedentes de derribo o de cualquier clase de obra se transportarán en
vehículos convenientemente dispuestos para evitar el desprendimiento de escombros,
carga o polvo en el trayecto.

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Desvío de conducciones: Cuando en la ejecución de una obra sea necesario proceder al
desvío de conducciones de alcantarillado, abastecimiento de agua, iluminación, redes de
comunicaciones electrónicas o transporte eléctrico, se procederá a su realización a cargo
de la citada obra conforme al correspondiente Proyecto técnico que habrá de contar con
aprobación municipal.

B.O.C.M. Núm. 3

5.2 Condiciones generales comunes a todas las zonas

5.2.1 Condiciones de volumen
a) Volúmenes.
El número máximo de viviendas a construir en el ámbito del Plan Parcial es de 2.975. El Plan General
no limita directamente el volumen máximo edificable sobre rasante, sino la superficie máxima
edificable que, para el sector S-1 "Los Pocillos", establece en 520.578 m2. En este Plan Parcial se

BOCM-20220105-68

Se estará a lo dispuesto en la Normativa del Plan General con las particularidades siguientes: