Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 3

MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

Pág. 315

- La ubicación de las nuevas infraestructuras se debería aproximar en lo posible a las ya
existentes, formando núcleos o corredores.
- Se considera necesario plantear las medidas correctoras necesarias para que en los viales
no se superen los valores límites de ruido establecidos por la ley.
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En relación con la vegetación y el paisaje:
- En todas las actuaciones que se desarrollen en el ámbito del Plan General se debería tener
en cuenta las medidas de preservación de la vegetación ordenando cualquier actuación que
implique la destrucción o degradación de la vegetación arbórea o arbustiva tanto en terreno
urbano o urbanizable como en terreno no urbanizable.
- Proteger el desarrollo de los sotos y bosques de ribera asociados a los cauces, con
implantación en su caso de especies propias de la zona.
- Eliminar o amortiguar aquellos factores extrínsecos a los ecosistemas que supongan
fragmentación o alteración de los hábitats y pérdida de la biodiversidad.

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En relación con la fauna:
- En todas las actuaciones que se desarrollen en el ámbito del Plan General, se debería tener
en cuenta las medidas de conservación y prevención del hábitat natural de las distintas
especies de fauna presentes en la zona.

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En relación con los cauces:

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- El planeamiento previsto deberá desarrollarse sin afectar negativamente a los cauces
existentes en el ámbito de actuación.
- En todo caso se considera conveniente la realización del deslinde del Dominio Público
Hidráulico.
Protección frente a la contaminación atmosférica:

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- Es importante mantener la calidad del aire, conservando valores de inmisión de la calidad del
aire evitando además la creación de nuevos focos de emisión de contaminación atmosférica.
Protección frente a la contaminación lumínica:
- Se considera necesario plantear medidas adecuadas para reducir los efectos de
contaminación lumínica producidos tanto por el alumbrado público como el privado.
- De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se considera que, con las consideraciones
anteriormente señaladas, la modificación planteada podría ser ambientalmente viable,
suponiendo una mejora sustancial respecto a la ordenación actual del Sector, principalmente
en lo relativo a la integración de los cauces y márgenes del arroyo de Pedro Elvira y arroyo
de las Huertas en la ordenación, que pasarían a configurar los espacios verdes del Sector,
evitando el soterramiento de los mismos.

Capítulo 5 NORMAS GENERALES DE EDIFICACIÓN
Tienen por objeto definir las condiciones que deben regular la edificación en el ámbito del Plan
Parcial, y se adoptan como propias las Normas Generales de la Edificación del Plan General.
5.1 Condiciones técnicas de las obras en relación con las vías públicas

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Alineaciones y rasantes: Son las señaladas en los planos correspondientes, en unión de
los planos técnicos complementarios de perfiles longitudinales y secciones transversales.

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Cimentación: Las cimentaciones de los muros o pilares que linden con la vía pública no
podrán tener menos de un metro de profundidad. Ninguna parte de los cimientos podrá
sobresalir de la alineación a calle.

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Prohibición de ocupación de terreno vial: No podrá sobresalir fuera de las alineaciones
oficiales ningún cuerpo avanzado que forme parte integrante de la construcción.

BOCM-20220105-68

Será de aplicación lo dispuesto en la Normativa del Plan General, complementada por los siguientes
condicionantes: