Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022

Pág. 305

EDAR Villanueva de la Cañada como a la inclusión de las zonas verdes públicas del Sector en la
Autorización de Vertido de la EDAR de Villanueva de la Cañada que deberá revisar y emitir la
Confederación Hidrográfica del Tajo.
Para la definición tanto de los puntos de conexión exterior como de las infraestructuras principales
a ejecutar en el interior del Sector, el promotor deberá solicitar Informe de Viabilidad de agua
regenerada para riego de zonas verdes públicas y puntos de conexión exterior a la red general de
agua regenerada gestionada por el Canal de Isabel II S.A. a la Ventanilla Única de Atención a
Promotores del Área de Planeamiento del Canal de Isabel II S.A, incluyendo en la petición la
siguiente documentación:
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Plano de ordenación del ámbito indicando y localizando las zonas verdes públicas.
Superficies regables y tipología vegetal de las zonas verdes públicas.

En el informe a emitir se establecerán las condiciones técnicas y administrativas a cumplir del
Proyecto de riego a redactar. En cualquier caso, éste deberá cumplir las vigentes Normas para
Redes de Reutilización del Canal de Isabel II (2020) y remitirse por el promotor a Canal de Isabel II
S.A. para, si procede y tras la revisión de la documentación aportada, comenzar la tramitación de la
Conformidad Técnica.
En las zonas verdes de uso público del ámbito, las redes de riego que se conecten, transitoriamente,
a la red de distribución de agua para consumo humano deberán cumplir, además, las vigentes
Normas para Redes de Abastecimiento del Canal de Isabel II (2020), siendo dichas redes
independientes de la red de distribución para su futura utilización con agua regenerada, y
disponiendo de una única acometida con contador.
Los Proyectos de Urbanización cumplirán igualmente con la normativa siguiente, además de la
específica del Canal de Isabel II.
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Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua
(Orden del Ministerio de Obras Públicas del 28 de julio de 1.974. BOE del 2 y 3 de octubre
de 1.974. Corrección de errores BOE del 30-10-1.974).
Norma Tecnológica NTE-IFA "Instalaciones de Fontanería - Abastecimiento" (Orden del
Ministerio de la Vivienda de 23 de diciembre de 1.975. BOE del 3-01-1.976).

Para la Red de Hidrantes contra Incendios se cumplirá la siguiente normativa:
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Norma Tecnológica NTE-IFA "Instalaciones de Fontanería - Abastecimiento". (Orden del
Ministerio de la Vivienda de 23 de diciembre de 1.975. BOE del 3-01-1.976).
Deberá aportarse la conformidad técnica del Canal de Isabel II Gestión.

En la fase de desarrollo, el promotor deberá remitir a la Confederación Hidrográfica del Tajo la
documentación necesaria para justificar la existencia de tales recursos suficientes para satisfacer
dichas demandas.
La recepción de la red de distribución de agua para consumo humano y de la red de riego, así como
la conexión de éstas y de la red de alcantarillado al Sistema General de Infraestructuras adscrito a
Canal de Isabel II, S.A. quedará condicionada a la puesta en servicio previa de las infraestructuras
de abastecimiento, saneamiento y riego necesarias para la prestación de dichos servicios, entre
otras, a las obras que resulten finalmente necesarias para dotar de la suficiente capacidad hidráulica
a las redes de alcantarillado para el transporte y evacuación de los vertidos generados por el Sector.

4.4 Red de Saneamiento
Ante la presencia de diversos cauces naturales, se opta por la implantación de una red de
saneamiento separativa.
La EDAR Villanueva de la Cañada, situada en el término municipal de Villanueva de la Cañada y
gestionada por el Canal de Isabel II S.A., consta de dos líneas de las tres inicialmente proyectadas

BOCM-20220105-68

Igualmente, y en el caso de haberse superado el máximo inicial de vertidos de 800 m3/día generados
por el Sector, equivalente a desarrollar 105.000 m2 de superficie edificable, tanto la recepción de
dichas redes como su conexión al Sistema General de Infraestructuras adscrito a Canal de Isabel II,
S.A. quedará condicionada a la puesta en servicio previa de las obras de ampliación de la capacidad
de depuración del Sistema de Saneamiento Villanueva de la Cañada.