Villanueva de la Cañada (BOCM-20220105-68)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
x
B.O.C.M. Núm. 3
Definición de plazos de ejecución, terminación y recepción de las obras, contados desde la
aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.
Los Proyectos de Urbanización incorporarán la siguiente documentación:
x
Según el informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo en la redacción del proyecto, y
previamente a su autorización, es necesario delimitar la zona de dominio público hidráulico,
zona de servidumbre y policía de cauces afectados. La delimitación del dominio público
hidráulico, se reflejará en un documento en el que se recojan las referencias tanto del
estado actual como del- proyectado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11
de abril, y modificado por Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo.
x
Así mismo, en los proyectos se deberán analizar la incidencia de las avenidas
extraordinarias previsibles para periodo de retorno de hasta 500 años que se puedan
producir en los cauces, al objeto de determinar si la zona de actuación es o no inundable
por las mismas.
En tal sentido se deberá aportar previamente en este Organismo el estudio hidrológico y
los cálculos hidráulicos correspondientes para analizar los aspectos mencionados, junto
con los planos a escala adecuada donde se delimiten fas citadas zonas. Se llevará a cabo
un estudio de las avenidas extraordinarias previsibles con objeto de dimensionar
adecuadamente las obras previstas.
3.4.2 Garantías
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos, obligaciones y deberes asumidos por
los Promotores, se constituirá por éstos una garantía del 10% calculada con arreglo al presupuesto
de ejecución material de cada Proyecto de Urbanización, cuando éste haya sido aprobado
definitivamente. Sin este requisito, no se podrá realizar ninguna actuación en el ámbito territorial de
cada unidad de ejecución.
3.4.3 Tramitación
Los Proyectos de Urbanización se tramitarán de acuerdo con el procedimiento establecido en el
artículo 141 del Reglamento de Planeamiento con las modificaciones sobrevenidas en normas
posteriores.
3.4.4 Formulación
La competencia para su formulación y aprobación está regulada en el artículo 141.1 del Reglamento
de Planeamiento.
Capítulo 4. NORMAS GENERALES DE URBANIZACIÓN
4.1 Infraestructuras y servicios urbanos
La finalidad de estas Normas Generales de Urbanización es determinar, de forma complementaria
a lo establecido en el Título 6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Villanueva de la
Cañada, las condiciones técnicas mínimas que han de cumplir las obras y proyectos de urbanización
y efectuar una serie de recomendaciones generales sobre los mismos.
Con objeto de adecuar las condiciones re queribles de urbanización a la realidad del municipio, las
vías comprendidas dentro del ámbito territorial del Plan Parcial se clasifican en:
x
x
Vías de los sistemas general y local de comunicaciones.
Aceras peatonales.
BOCM-20220105-68
En cumplimiento de las condiciones establecidas por la Ley del Suelo para los solares, los servicios
urbanos mínimos exigibles, son: pavimentación de calzadas y encintado de aceras, abastecimiento
de agua, evacuación de aguas residuales y pluviales, suministro de energía eléctrica y alumbrado
público.
Pág. 300
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
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B.O.C.M. Núm. 3
Definición de plazos de ejecución, terminación y recepción de las obras, contados desde la
aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.
Los Proyectos de Urbanización incorporarán la siguiente documentación:
x
Según el informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo en la redacción del proyecto, y
previamente a su autorización, es necesario delimitar la zona de dominio público hidráulico,
zona de servidumbre y policía de cauces afectados. La delimitación del dominio público
hidráulico, se reflejará en un documento en el que se recojan las referencias tanto del
estado actual como del- proyectado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11
de abril, y modificado por Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo.
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Así mismo, en los proyectos se deberán analizar la incidencia de las avenidas
extraordinarias previsibles para periodo de retorno de hasta 500 años que se puedan
producir en los cauces, al objeto de determinar si la zona de actuación es o no inundable
por las mismas.
En tal sentido se deberá aportar previamente en este Organismo el estudio hidrológico y
los cálculos hidráulicos correspondientes para analizar los aspectos mencionados, junto
con los planos a escala adecuada donde se delimiten fas citadas zonas. Se llevará a cabo
un estudio de las avenidas extraordinarias previsibles con objeto de dimensionar
adecuadamente las obras previstas.
3.4.2 Garantías
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos, obligaciones y deberes asumidos por
los Promotores, se constituirá por éstos una garantía del 10% calculada con arreglo al presupuesto
de ejecución material de cada Proyecto de Urbanización, cuando éste haya sido aprobado
definitivamente. Sin este requisito, no se podrá realizar ninguna actuación en el ámbito territorial de
cada unidad de ejecución.
3.4.3 Tramitación
Los Proyectos de Urbanización se tramitarán de acuerdo con el procedimiento establecido en el
artículo 141 del Reglamento de Planeamiento con las modificaciones sobrevenidas en normas
posteriores.
3.4.4 Formulación
La competencia para su formulación y aprobación está regulada en el artículo 141.1 del Reglamento
de Planeamiento.
Capítulo 4. NORMAS GENERALES DE URBANIZACIÓN
4.1 Infraestructuras y servicios urbanos
La finalidad de estas Normas Generales de Urbanización es determinar, de forma complementaria
a lo establecido en el Título 6 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Villanueva de la
Cañada, las condiciones técnicas mínimas que han de cumplir las obras y proyectos de urbanización
y efectuar una serie de recomendaciones generales sobre los mismos.
Con objeto de adecuar las condiciones re queribles de urbanización a la realidad del municipio, las
vías comprendidas dentro del ámbito territorial del Plan Parcial se clasifican en:
x
x
Vías de los sistemas general y local de comunicaciones.
Aceras peatonales.
BOCM-20220105-68
En cumplimiento de las condiciones establecidas por la Ley del Suelo para los solares, los servicios
urbanos mínimos exigibles, son: pavimentación de calzadas y encintado de aceras, abastecimiento
de agua, evacuación de aguas residuales y pluviales, suministro de energía eléctrica y alumbrado
público.