Colmenar Viejo (BOCM-20211230-61)
Urbanismo. Ordenanza edificación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
se instalan. Las características constructivas de estos elementos son, con carácter
general las siguientes:
— Ser practicables en el 100% de su superficie.
— Estar integrados por hojas de vidrios simples de alto factor solar.
— No disponer de marco ni carpintería y no ser totalmente estancos al paso del
aire.
b) Cerramiento acristalado: Sistema constructivo instalado de forma permanente,
constituido a base de carpinterías estancas al paso del aire, ejecutadas con perfilería metálica, de PVC, madera o similar, parcialmente practicables y dotadas de doble acristalamiento con cámara.
Art. 32. Acristalamiento de terraza con cortina de cristal.—1. Se considera acristalamiento de terraza con cortina de cristal el espacio generado por la instalación de una cortina de cristal en una terraza cubierta o porche. Se entiende que, de acuerdo con las definiciones del Código Técnico de la Edificación, este recinto no es habitable ni está destinado
a la permanencia de personas.
2. Este tipo de cerramiento no modifica la superficie computable en edificabilidad.
Art. 33. Porche.—El porche de una vivienda es el espacio visitable exterior cubierto, situado en la planta baja de la vivienda, que puede estar adosado a la fachada de esta o
conformado por la fachada de planta baja y el forjado de techo o cubierta o cubierta de plantas superiores.
Art. 34. Pérgola.—Se entiende por pérgola el elemento ejecutado independientemente de la estructura de la edificación principal, integrado por un conjunto de piezas lineales horizontales y verticales, no estructurales, que sirven de soporte a especies vegetales, textiles plegables o lamas móviles, al objeto de conformar una superficie horizontal,
permeable al paso del aire, cuyo fin es el de proporcionar sombra al espacio exterior al que
sirve, asegurando así mismo su correcta ventilación.
Art. 35. Cerramiento de parcelas.—1. Los cerramientos de parcelas puede ser diáfanos u opacos.
2. Son cerramientos diáfanos los constituidos por verjas, perfiles o mallazos metálicos con bastidor, trasdosados eventualmente por setos o elementos vegetales.
3. Son cerramientos opacos los constituidos por elementos macizos y opacos ejecutados con materiales de idéntica calidad a las fachadas que correspondan.
Art. 36. Elementos de circulación interior.—1. Se entiende por tales los espacios
que permitan la comunicación entre los distintos locales o viviendas del edificio, y entre
ellos y los cuartos de instalaciones, garajes u otras piezas que integran la construcción.
2. Son elementos de circulación interior los rellanos, las escaleras, las rampas, los
distribuidores y los pasillos, además del portal de acceso desde el exterior.
Art. 37. Pieza o recinto.—Se entiende por pieza o recinto todo espacio independiente delimitado por elementos de compartimentación de suelo a techo y comunicado con otros
espacios contiguos.
Art. 38. Pieza exterior.—1. Es aquella que dispone de huecos de ventilación e iluminación en las condiciones establecidas para cada uso y además cumple alguna de las siguientes condiciones:
a) Dar sobre una vía pública, calle o plaza.
b) Dar a un espacio libre de edificación de carácter público.
c) Dar a un patio cerrado o abierto que cumpla la norma correspondiente a patio interior o exterior.
2. Una pieza no exterior se denomina pieza interior.
Art. 39. Pieza habitable.—Se entiende por pieza habitable aquella en la que se desarrollan actividades de estancia, reposo o trabajo que implican la permanencia prolongada y sedentaria de personas. No se consideran como tales los vestíbulos, pasillos, cuartos
de baño, aseos, vestidores, despensas, trasteros y almacenes.
Art. 40. Local.—Se entiende por local el conjunto de piezas contiguas y comunicadas dedicadas a la misma actividad.
Art. 41. Ventilación.—Se denomina ventilación a la capacidad de renovación de aire
de una pieza o local.
Art. 42. Iluminación.—Se entiende por iluminación la distribución de la luz en el espacio, sea exterior o interior. La iluminación podrá ser natural o artificial.
BOCM-20211230-61
BOCM
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JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
se instalan. Las características constructivas de estos elementos son, con carácter
general las siguientes:
— Ser practicables en el 100% de su superficie.
— Estar integrados por hojas de vidrios simples de alto factor solar.
— No disponer de marco ni carpintería y no ser totalmente estancos al paso del
aire.
b) Cerramiento acristalado: Sistema constructivo instalado de forma permanente,
constituido a base de carpinterías estancas al paso del aire, ejecutadas con perfilería metálica, de PVC, madera o similar, parcialmente practicables y dotadas de doble acristalamiento con cámara.
Art. 32. Acristalamiento de terraza con cortina de cristal.—1. Se considera acristalamiento de terraza con cortina de cristal el espacio generado por la instalación de una cortina de cristal en una terraza cubierta o porche. Se entiende que, de acuerdo con las definiciones del Código Técnico de la Edificación, este recinto no es habitable ni está destinado
a la permanencia de personas.
2. Este tipo de cerramiento no modifica la superficie computable en edificabilidad.
Art. 33. Porche.—El porche de una vivienda es el espacio visitable exterior cubierto, situado en la planta baja de la vivienda, que puede estar adosado a la fachada de esta o
conformado por la fachada de planta baja y el forjado de techo o cubierta o cubierta de plantas superiores.
Art. 34. Pérgola.—Se entiende por pérgola el elemento ejecutado independientemente de la estructura de la edificación principal, integrado por un conjunto de piezas lineales horizontales y verticales, no estructurales, que sirven de soporte a especies vegetales, textiles plegables o lamas móviles, al objeto de conformar una superficie horizontal,
permeable al paso del aire, cuyo fin es el de proporcionar sombra al espacio exterior al que
sirve, asegurando así mismo su correcta ventilación.
Art. 35. Cerramiento de parcelas.—1. Los cerramientos de parcelas puede ser diáfanos u opacos.
2. Son cerramientos diáfanos los constituidos por verjas, perfiles o mallazos metálicos con bastidor, trasdosados eventualmente por setos o elementos vegetales.
3. Son cerramientos opacos los constituidos por elementos macizos y opacos ejecutados con materiales de idéntica calidad a las fachadas que correspondan.
Art. 36. Elementos de circulación interior.—1. Se entiende por tales los espacios
que permitan la comunicación entre los distintos locales o viviendas del edificio, y entre
ellos y los cuartos de instalaciones, garajes u otras piezas que integran la construcción.
2. Son elementos de circulación interior los rellanos, las escaleras, las rampas, los
distribuidores y los pasillos, además del portal de acceso desde el exterior.
Art. 37. Pieza o recinto.—Se entiende por pieza o recinto todo espacio independiente delimitado por elementos de compartimentación de suelo a techo y comunicado con otros
espacios contiguos.
Art. 38. Pieza exterior.—1. Es aquella que dispone de huecos de ventilación e iluminación en las condiciones establecidas para cada uso y además cumple alguna de las siguientes condiciones:
a) Dar sobre una vía pública, calle o plaza.
b) Dar a un espacio libre de edificación de carácter público.
c) Dar a un patio cerrado o abierto que cumpla la norma correspondiente a patio interior o exterior.
2. Una pieza no exterior se denomina pieza interior.
Art. 39. Pieza habitable.—Se entiende por pieza habitable aquella en la que se desarrollan actividades de estancia, reposo o trabajo que implican la permanencia prolongada y sedentaria de personas. No se consideran como tales los vestíbulos, pasillos, cuartos
de baño, aseos, vestidores, despensas, trasteros y almacenes.
Art. 40. Local.—Se entiende por local el conjunto de piezas contiguas y comunicadas dedicadas a la misma actividad.
Art. 41. Ventilación.—Se denomina ventilación a la capacidad de renovación de aire
de una pieza o local.
Art. 42. Iluminación.—Se entiende por iluminación la distribución de la luz en el espacio, sea exterior o interior. La iluminación podrá ser natural o artificial.
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