A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211230-1)
Regulación elección centro escolar – Decreto 244/2021, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid y se actualizan los criterios de admisión y su ponderación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 12
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
b. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores legales del
alumno.
1.o Domicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales
del alumno situado en el mismo municipio que el centro solicitado: 12 puntos.
2.o En el caso del municipio de Madrid, además de la puntuación obtenida por el
apartado anterior, si el domicilio familiar o lugar de trabajo de uno de los padres o tutores legales del alumno está ubicado en el mismo distrito municipal
que el centro solicitado: 1 punto.
3.o Domicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales
del alumno situado en un municipio de la Comunidad de Madrid distinto al
del centro solicitado: 8 puntos.
c. Renta de la unidad familiar. Alguno de los padres o tutores legales del alumno es
beneficiario de la ayuda de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital: 12 puntos.
2. Criterios complementarios
d. Padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se
solicita plaza: 10 puntos.
e. Alumno solicitante perteneciente a familia numerosa. El concebido no nacido se
contabilizará a los efectos de aplicación del presente criterio de admisión.
1.o Familia numerosa general: 10 puntos.
2.o Familia numerosa especial: 11 puntos.
f. Alumno solicitante nacido en parto múltiple: 3 puntos.
g. Alumno solicitante perteneciente a familia monoparental: 3 puntos.
h. Alumno solicitante en situación de acogimiento familiar: 3 puntos.
i. Existencia de discapacidad física, psíquica o sensorial legalmente acreditada del
alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del
alumno: 7 puntos.
j. Situación de violencia de género o de víctima del terrorismo: 2 puntos.
k. Condición de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o
de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza: 4
puntos.
l. Otra circunstancia, que podrá ser coincidente con algunos de los restantes criterios
de admisión, acordada por el centro según criterios objetivos y que deben ser hechos públicos por el centro: 3 puntos.
Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando los criterios en el orden que a continuación se exponen.
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro
solicitado.
2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o lugar de
trabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.
4. Mayor puntuación obtenida en el apartado de padres o tutores legales del alumno
que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza.
5. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno perteneciente a familia numerosa.
6. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante nacido de parto
múltiple.
7. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante perteneciente a familia monoparental.
8. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante en situación de acogimiento familiar.
9. Mayor puntuación obtenida en el apartado discapacidad legalmente reconocida
del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del
alumno.
10. Mayor puntuación obtenida en el apartado condición de víctima de violencia de
género o del terrorismo.
BOCM-20211230-1
3. Criterios de desempate
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 12
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 311
b. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres o tutores legales del
alumno.
1.o Domicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales
del alumno situado en el mismo municipio que el centro solicitado: 12 puntos.
2.o En el caso del municipio de Madrid, además de la puntuación obtenida por el
apartado anterior, si el domicilio familiar o lugar de trabajo de uno de los padres o tutores legales del alumno está ubicado en el mismo distrito municipal
que el centro solicitado: 1 punto.
3.o Domicilio o lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o tutores legales
del alumno situado en un municipio de la Comunidad de Madrid distinto al
del centro solicitado: 8 puntos.
c. Renta de la unidad familiar. Alguno de los padres o tutores legales del alumno es
beneficiario de la ayuda de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital: 12 puntos.
2. Criterios complementarios
d. Padres o tutores legales del alumno que trabajen en el mismo centro para el que se
solicita plaza: 10 puntos.
e. Alumno solicitante perteneciente a familia numerosa. El concebido no nacido se
contabilizará a los efectos de aplicación del presente criterio de admisión.
1.o Familia numerosa general: 10 puntos.
2.o Familia numerosa especial: 11 puntos.
f. Alumno solicitante nacido en parto múltiple: 3 puntos.
g. Alumno solicitante perteneciente a familia monoparental: 3 puntos.
h. Alumno solicitante en situación de acogimiento familiar: 3 puntos.
i. Existencia de discapacidad física, psíquica o sensorial legalmente acreditada del
alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del
alumno: 7 puntos.
j. Situación de violencia de género o de víctima del terrorismo: 2 puntos.
k. Condición de antiguo alumno del propio alumno, de los padres, tutores legales o
de alguno de los hermanos del solicitante, en el centro para el que solicita plaza: 4
puntos.
l. Otra circunstancia, que podrá ser coincidente con algunos de los restantes criterios
de admisión, acordada por el centro según criterios objetivos y que deben ser hechos públicos por el centro: 3 puntos.
Los empates que, en su caso, se produzcan se dirimirán aplicando los criterios en el orden que a continuación se exponen.
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro
solicitado.
2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o lugar de
trabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta de la unidad familiar.
4. Mayor puntuación obtenida en el apartado de padres o tutores legales del alumno
que trabajen en el mismo centro para el que se solicita plaza.
5. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno perteneciente a familia numerosa.
6. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante nacido de parto
múltiple.
7. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante perteneciente a familia monoparental.
8. Mayor puntuación obtenida en el apartado alumno solicitante en situación de acogimiento familiar.
9. Mayor puntuación obtenida en el apartado discapacidad legalmente reconocida
del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso, de los tutores legales del
alumno.
10. Mayor puntuación obtenida en el apartado condición de víctima de violencia de
género o del terrorismo.
BOCM-20211230-1
3. Criterios de desempate