C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211230-12)
Regulación concesión subvenciones – Acuerdo de 29 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Estímulo a la Contratación de Jóvenes para la Recuperación Económica
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B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
f) Relación de los jóvenes por cuya contratación se solicita la subvención (Anexo II).
g) La Dirección General competente en materia de empleo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procederá a la consulta u obtención, por medios electrónicos, de los siguientes documentos, salvo
oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá proceder a su aportación:
I. Documento de identificación fiscal del solicitante.
II. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya
ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la
Tesorería General de la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.
h) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, si en la solicitud de subvención no hubiera mostrado su autorización expresa a la consulta por parte del órgano gestor de la subvención, de conformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya
ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la
Agencia Estatal Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión
y pago de la ayuda.
i) En el caso de que el joven contratado no esté inscrito como demandante de empleo
en alguna oficina de empleo de la Comunidad de Madrid, deberá aportar empadronamiento en la Comunidad de Madrid de cada persona contratada por la que se
solicita la subvención, cuya vigencia máxima será de tres meses desde la fecha de
su expedición. No será necesaria su aportación en caso de presentación de la autorización para su consulta por parte de la persona contratada (Anexo III).
j) El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid
se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
k) Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social de
cada persona contratada por la que se solicita la subvención. No será necesaria su
aportación en caso de presentación de la autorización para su consulta por parte de
la persona contratada (Anexo III).
l) Informe de vida laboral de un afiliado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de cada persona contratada por la que se solicita la subvención referido a los seis meses anteriores a la fecha de la contratación.
m) Autorización, en su caso, del interesado o representante legal de la empresa a la persona autorizada, o para el supuesto de representación mancomunada (Anexo IV). A este
respecto, deberá tenerse en cuenta que cuando la autorización se otorgue a una persona jurídica, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, deberá ser suscrita por su
representante legal, no siendo admisibles las autorizaciones en las que se incluyan firmas electrónicas propias de las personas físicas que presten sus servicios en ellas. En
el caso de las gestorías administrativas el documento de autorización habrá de ser firmado electrónicamente por el gestor administrativo colegiado y en ejercicio.
n) En el supuesto de contratación de personas pertenecientes al colectivo de personas
trans en los términos definidos en el artículo 1.2 de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de
la Comunidad de Madrid, deberá aportarse declaración responsable, a estos efectos, de la persona contratada.
2. Documentación específica en el Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas.
Copia del título o certificado de profesionalidad del joven contratado en cuya virtud se
celebra el contrato en prácticas, o en su defecto, certificación de su solicitud o certificación
acreditativa de la terminación de los estudios o la formación obtenida.
3. Documentación específica en el Programa de Impulso al Contrato de Formación
y Aprendizaje.
Copia del contrato de formación y aprendizaje formalizado en el modelo establecido
al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal, que deberá incluir el acuerdo para la
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BOCM-20211230-12
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
f) Relación de los jóvenes por cuya contratación se solicita la subvención (Anexo II).
g) La Dirección General competente en materia de empleo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procederá a la consulta u obtención, por medios electrónicos, de los siguientes documentos, salvo
oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá proceder a su aportación:
I. Documento de identificación fiscal del solicitante.
II. Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
con la Seguridad Social, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya
ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la
Tesorería General de la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión y pago de la ayuda.
h) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efectos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, si en la solicitud de subvención no hubiera mostrado su autorización expresa a la consulta por parte del órgano gestor de la subvención, de conformidad con el artículo 95 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto de aplazamiento, fraccionamiento de deudas o sanciones o cuya
ejecución se encuentre suspendida, deberá presentar certificados positivos de la
Agencia Estatal Tributaria, cuya validez deberá extenderse a la fecha de concesión
y pago de la ayuda.
i) En el caso de que el joven contratado no esté inscrito como demandante de empleo
en alguna oficina de empleo de la Comunidad de Madrid, deberá aportar empadronamiento en la Comunidad de Madrid de cada persona contratada por la que se
solicita la subvención, cuya vigencia máxima será de tres meses desde la fecha de
su expedición. No será necesaria su aportación en caso de presentación de la autorización para su consulta por parte de la persona contratada (Anexo III).
j) El certificado de inexistencia de apremio en deudas con la Comunidad de Madrid
se solicitará de oficio por el órgano gestor de estas subvenciones, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
k) Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social de
cada persona contratada por la que se solicita la subvención. No será necesaria su
aportación en caso de presentación de la autorización para su consulta por parte de
la persona contratada (Anexo III).
l) Informe de vida laboral de un afiliado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de cada persona contratada por la que se solicita la subvención referido a los seis meses anteriores a la fecha de la contratación.
m) Autorización, en su caso, del interesado o representante legal de la empresa a la persona autorizada, o para el supuesto de representación mancomunada (Anexo IV). A este
respecto, deberá tenerse en cuenta que cuando la autorización se otorgue a una persona jurídica, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, deberá ser suscrita por su
representante legal, no siendo admisibles las autorizaciones en las que se incluyan firmas electrónicas propias de las personas físicas que presten sus servicios en ellas. En
el caso de las gestorías administrativas el documento de autorización habrá de ser firmado electrónicamente por el gestor administrativo colegiado y en ejercicio.
n) En el supuesto de contratación de personas pertenecientes al colectivo de personas
trans en los términos definidos en el artículo 1.2 de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de
la Comunidad de Madrid, deberá aportarse declaración responsable, a estos efectos, de la persona contratada.
2. Documentación específica en el Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas.
Copia del título o certificado de profesionalidad del joven contratado en cuya virtud se
celebra el contrato en prácticas, o en su defecto, certificación de su solicitud o certificación
acreditativa de la terminación de los estudios o la formación obtenida.
3. Documentación específica en el Programa de Impulso al Contrato de Formación
y Aprendizaje.
Copia del contrato de formación y aprendizaje formalizado en el modelo establecido
al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal, que deberá incluir el acuerdo para la
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