Redueña (BOCM-20211230-97)
Régimen económico. Ordenanza precios públicos equipamientos deportivos
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BOCM

JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 311

ponderá del cumplimiento de las obligaciones de buen uso y restitución de los edificios, locales e instalaciones municipales a la situación anterior al momento de la cesión. Asimismo, garantizará la indemnización de daños y perjuicios cuando deban responder los usuarios de los que efectivamente se produzcan en los edificios, locales e instalaciones cedidos;
también responderá del pago de las sanciones que puedan imponerse en virtud de la aplicación de la presente Ordenanza. Los pagos deberá realizarse mediante transferencia bancaria en el número de cuenta que indique el Ayuntamiento.
El importe de la fianza se establecerá de acuerdo a las condiciones de la autorización
de uso que se solicite, estableciéndose la fianza en tanto en los apartamentos como en el local de la calle de la luna será de un mes. En el caso de otros espacios se establecerá dependiendo de la duración del alquiler.
Art. 7. Tramitación y autorización.—1. Todo interesado en acceder al uso de un local municipal deberá solicitarlo por medio de instancia presentada en el Registro del Ayuntamiento.
2. La solicitud deberá presentarse, con antelación suficiente para la correcta organización de espacios por parte del ayuntamiento a aquél en el que se vaya a desarrollar o iniciar la actividad de que se trate, salvo causas excepcionales e imprevisibles debidamente
justificadas. Siempre prevalecerá el uso de espacios para las actividades municipales.
3. Aparte de las menciones ordinarias dispuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes habrán de especificar las actividades a realizar, calendario y horarios necesarios: las
solicitudes deberán ir suscritas por el representante legal de la entidad, en su caso, o persona física, mayor de edad, responsable en el supuesto de efectuarse en nombre propio. A la
solicitud habrá de acompañarse, en los casos que así lo requieran, justificantes de haber
abonado la fianza y el precio público correspondientes. Los pagos deberán realizarse mediante transferencia bancaria en el número de cuenta que indique el Ayuntamiento.
4. En los casos en que así se determine, se podrá solicitar Certificado que acredite la
suscripción de un contrato de seguro de responsabilidad civil, que cubra los riesgos derivados al propio Ayuntamiento o terceros, de acuerdo con la legislación aplicable en atención
a la actividad a desarrollar, en el caso de utilización de la vía pública o espacios abiertos o
cuando un informe técnico municipal así lo aconseje en el caso de locales.
5. El Ayuntamiento podrá requerir los permisos e informes preceptivos de otros organismos cuando una normativa específica así lo establezca.
6. Si se estimase que la solicitud no reúne los requisitos previstos en la presente ordenanza, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días subsane las deficiencias. Si no fuera así, se tendrá por desistida su petición.
7. Si el local no cumple los requisitos técnicos adecuados para el desarrollo de una
actividad concreta, no será autorizada aunque se cumpla con el resto de requisitos.
Art. 8. Prioridad para el acceso al uso.—1. Cuentan con inicial prioridad para el
uso de los locales municipales los actos organizados por el Ayuntamiento.
2. Si dos o más interesados solicitan el mismo local y coinciden en fecha y horario,
se les invitará a alcanzar un acuerdo. En caso de no lograrse se resolverá de conformidad
con los siguientes criterios, y según el orden que se expone:
a) Las autorizaciones se gestionarán según fecha de entrada en el registro general del
Ayuntamiento.
b) Con independencia del anterior criterio se podrán ponderar los siguientes, en casos excepcionales: el tipo de actividades a desarrollar en el local en cuestión, su
carácter educativo o formativo y su incidencia en el interés público.
c) Cuando por causas no imputables al solicitante la actividad no se preste, procederá
la devolución de los importes por precio público pagados.
TÍTULO III
Normas generales de uso y funcionamiento de los locales
y espacios públicos municipales
Art. 9. Régimen de usos.—1. El régimen de uso implica el reconocimiento de determinadas obligaciones y derechos por parte del autorizado. El acuerdo de autorización podrá
regular más ampliamente las obligaciones y derechos de las relacionadas en esta ordenanza.

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