A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211228-2)
Oferta de empleo público –  Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021

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y dotadas presupuestariamente y cuya provisión se considera inaplazable o afecta al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, correspondientes a plazas de personal funcionario, personal laboral, personal estatutario de instituciones sanitarias y personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, se incluyen en el Anexo I.
Respecto del personal laboral, la singularización de las categorías profesionales y, en
su caso, Especialidades, se efectuará en las correspondientes convocatorias de pruebas selectivas.
En virtud del artículo 19 uno.1 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, se ha aplicado
una tasa de reposición de efectivos del 110 por 100 en todos los sectores considerados prioritarios en los términos recogidos en el apartado uno.3 del precitado artículo 19, determinándose el número de plazas de cada Especialidad en la respectiva convocatoria.
2. Las plazas destinadas a la promoción interna del personal funcionario y laboral,
se incluyen en el Anexo II. Dichas plazas no computan dentro del límite máximo de plazas
derivado de la tasa de reposición de efectivos.
3. Las plazas del personal laboral indefinido no fijo mediante sentencia judicial firme, así como las correspondientes a la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal establecida en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, del personal funcionario y laboral se relacionan en el Anexo III.
Artículo 3
Promoción interna
1. Las convocatorias de procesos selectivos de promoción interna de las plazas de
personal funcionario de administración y servicios, incorporadas en el Anexo II de este Decreto, se realizarán de forma independiente de los procesos selectivos para el acceso por el
turno libre.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Convenio Colectivo para el
personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024),
se incorporan 150 plazas para la promoción interna del personal laboral fijo. Su distribución entre las distintas categorías profesionales y, en su caso, Especialidades, se negociará
en la comisión paritaria. Dicha promoción se efectuará sobre las plazas que queden desiertas por no haber sido solicitadas o vacantes como consecuencia de haber obtenido su ocupante un puesto de trabajo en el primer concurso de traslados en el que se incluyan plazas
de dichas categorías.
3. Los procesos selectivos de promoción interna, tanto de personal laboral, como de
personal funcionario, se regirán por los criterios generales negociados en el seno de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid y
en la Comisión Paritaria de vigilancia, control, interpretación y desarrollo del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
y acordados en la reunión de estos órganos colegiados de fecha 11 de febrero de 2021.
Artículo 4
1. Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal de las plazas que
constan en el Anexo III, tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, rigiéndose por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. Las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal se
realizarán de forma diferenciada de las convocatorias de procesos selectivos para el acceso
a las plazas correspondientes a la tasa de reposición ordinaria incluidas en el presente Decreto de Oferta de Empleo Público, salvo las de personal funcionario de los Cuerpos de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1 y las de personal funcionario de cualquier Cuerpo, Escala y Especialidad de Administración General y Administración Especial y de
personal laboral de cualquier categoría y Especialidad en las que se oferte un número de plazas inferior a 5, que serán convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa
de reposición ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas
para éstos, tal y como se establece en el apartado primero.3 de la Orden 1021/2021, de 27 de
abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios
generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de
empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de

BOCM-20211228-2

Estabilización del empleo temporal