D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211224-4)
Convenio –  Adenda de 30 de noviembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 28

VIERNES 24 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 307

Gastos que se financian
Los gastos que se podrán financiar con cargo a este programa serán:
Las prestaciones económicas y/o en especie que se proporcionen directamente a las familias. Los
gastos en prestaciones económicas no podrán destinarse al pago de impuestos, tasas, cuotas, etc.
de las administraciones públicas o entidades privadas.
Servicios proporcionados. Estos gastos, que podrán consistir en gastos de personal y gastos
corrientes de gestión, no podrán superar el 30% en los proyectos de la tipología 1.
En todos los casos cuando el personal que preste los servicios sea el de la plantilla de los Centros
de Servicios Sociales, se entiende incluido en los correspondientes del Anexo de Atención Social
Primaria, y no podrá incluirse en este Anexo.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en el clausulado de este Convenio, las Entidades
Locales que desarrollen alguno de los programas comprendidos en este Anexo, se obligan a aportar
cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de Madrid, en su caso,
pueda gestionar las ayudas que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, conceda a las
Comunidades Autónomas para los Programas de Protección a la familia y Atención a la pobreza
infantil y entre los que se puedan incluir los de este Anexo.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
Para cada anualidad, y antes del 31 de Marzo del año siguiente, se deberá confeccionar una
Memoria en el modelo que se determine por la Comunidad de Madrid.
Programa de Atención al Menor
Comprende aquellas actuaciones de prevención, atención y reinserción para la protección social de
menores, que se encuentren en situación de riesgo social, tal y como se expresa en las Leyes
6/1995, de 28 de marzo, de Garantía de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la
Comunidad de Madrid y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
adolescencia frente a la violencia.
a) Ayudas Comedor: incluyen las ayudas puntuales concedidas para la cobertura de los
gastos de utilización de comedores escolares, ya sea mediante pago directo a los
beneficiarios o mediante pago a los centros educativos.
b) Ayudas Guardería: incluyen las ayudas puntuales de guardería y/o escuelas infantiles.
Gastos que se financian
Con cargo a este Anexo se incluirán los gastos correspondientes a cada uno de los programas
incluidos en el mismo, siempre que no se refieran al personal propio de la plantilla del Centro de
Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I. Como los dos Programas del Anexo
III son complementarios, no podrá imputarse un determinado gasto más que a uno de ellos.
Indicadores relacionados con la ejecución de los programas incluidos en este Anexo
Con la finalidad de facilitar el seguimiento de la ejecución de los Programas establecidos en este
Anexo, y para determinar la actividad realizada y su grado de cumplimiento, se establecen los
siguientes indicadores:
Para los programas de Apoyo a la Familia e Infancia, la memoria de evaluación en el modelo que se
determine por la Comunidad de Madrid.
Para los programas de Menores:
AYUDAS DE COMEDOR

*

Nº de Ayudas

*

Coste Medio Ayudas

2.

AYUDAS DE GUARDERÍA

*

Nº de Ayudas

*

Coste Medio Ayudas

120
450,00

91
845,00

BOCM-20211224-4

1.