D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211224-4)
Convenio –  Adenda de 30 de noviembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 307

VIERNES 24 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 29

Anexo IV
Apoyo a Mayores y otras Personas Vulnerables
IMPORTE TOTAL del Anexo IV para 2021

87.369,88

Aportación Comunidad de Madrid

43.684,94

Aportación Entidad Local

43.684,94

En este Anexo dentro de la Atención Social Primaria se incluye programas dirigidos a todas las
personas que por encontrarse en una situación de vulnerabilidad o de necesidad o en riesgo de
exclusión social, precisen de servicios o prestaciones, ya sean técnicas, económicas o materiales,
incluidos en los mismos.
La población beneficiaria mayoritariamente en este tipo de programas es del sector de población de
las personas mayores, no dependientes, de acuerdo con lo establecido, entre otros en los artículos
20, 31 y 46 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
ATENCIÓN DOMICILIARIA

Financia CM

%

Financia EL

%

TOTAL

43.684,94

50

43.684,94

50

87.369,88
0,00

ALOJAMIENTO ALTERNATIVO

0,00

50

0,00

50

PROMOCIÓN AUTONOMÍA PERSONAL

0,00

50

0,00

50

TOTAL

43.684,94

43.684,94

0,00
87.369,88

Con carácter general dentro de cada uno de los Programas pueden quedar incluidas las prestaciones
y servicios que se concretan en cada caso.
1.

Programa de Atención Domiciliaria

Dirigido, con carácter general, a todos los sectores de población no dependiente que se encuentren
en una situación de necesidad o vulnerabilidad social o en razón de programas de prevención y
promoción.
a) Servicio de Ayuda a Domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio comprende la atención
personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las
necesidades domésticas. Estos servicios podrán aplicarse con mayor o menor
intensidad, atendiendo a la intervención más adecuada en cada caso.
b) Servicio de Teleasistencia: la Teleasistencia es un recurso que ofrece atención y apoyo
personal y social continuado a través de un dispositivo tecnológico, que permite
detectar situaciones de crisis personal, social o médica y en su caso, intervenir
inmediatamente en ellas.
c) Ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de la habitabilidad de la
vivienda: son prestaciones económicas individuales, de pago único, no periódicas,
destinadas a mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas, con el fin de
mantener durante el mayor tiempo posible a las personas mayores o en situación de
dependencia en su medio habitual de convivencia, en condiciones adecuadas.
2.

Programa de Alojamiento Alternativo

Trata de cubrir las necesidades de aquellas personas que por razones de edad, discapacidad u
otras, carezcan de condiciones adecuadas para la permanencia en su lugar habitual de residencia,
y precisan de ayudas económicas que financien, con carácter transitorio, alternativas de alojamiento.
Cubrirán situaciones provisionales o en espera de acceso a centros públicos. Dichas alternativas
podrán ser centros residenciales para mayores, personas discapacitadas, mujeres, pago de
pensiones, entre otras.
3.

Programa de Promoción Autonomía Personal

Se incluyen actuaciones grupales mediante programas comunitarios, dirigidos fundamentalmente a
personas mayores que persiguen fundamentalmente prevenir futuras situaciones de dependencia.

Con cargo a este Anexo se incluirán los gastos correspondientes a cada uno de los programas
incluidos en el mismo, siempre que no se refieran al personal propio de la plantilla del Centro de
Servicios Sociales, que deberá quedar incluido en el Anexo I.

BOCM-20211224-4

Gastos que se financian