Torrelodones (BOCM-20211223-82)
Urbanismo. Modificación puntual de Normas Subsidiarias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 305
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 265
— Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de
promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
— Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Torrelodones que regula, entre
otros puntos, la circulación urbana en el municipio, las distintas actividades que
se pueden ejecutar en vía pública.
— Además de la legislación indicada el Ayuntamiento de Torrelodones cuenta también con los siguientes Planes que afectan a la movilidad del municipio:
d Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Torrelodones. Año 2012.
d Plan de Mejora de la Movilidad Peatonal. Año 2014.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
1. Criterios para la modificación
1.2. Calificación urbanística de la parcela/parámetros:
Normativa urbanística: NNSS/1997. La parcela donde se ubica el inmueble pertenece
a la UE 25/Ordenanza RU 3*/Los parámetros de la Ordenanza RU3*, son los siguientes:
— Índice de edificabilidad 1,00 m2c/m2s.
— Ocupación: 60 %.
— Además de los usos correspondientes a la ordenanza RU3, se admite el uso de
“Hostelería” y “Espectáculos”.
BOCM-20211223-82
1.1. Ámbito de la Modificación: Está comprendido por los siguientes ámbitos:
A) Parcela de titularidad municipal, situada en la c/ Jesusa Lara, n.o 47, con referencia
catastral 9227401VK1992N0001WT, con una superficie catastral de 626 m2s,. —
aproximadamente coincidente con la superficie real delimitada como solar edificable-, pero inferior en cualquier caso a la superficie registral según los antecedentes disponibles, y a la que figura en el Inventario (720 m2s). La superficie propuesta para calificarla como EQ/7.2, es de 615 m2s.
Sobre la parcela se alza el edificio denominado “Villa Fabriciano” (Autor del proyecto: D. Francisco Javier Sáenz de Oiza) hasta ahora de uso comercial, construido con arreglo a las ordenanzas de las NNSS/86 (Zona 4.a -Zona de Actividad”).
Antes de acometer las obras para adecuación a Biblioteca, tenía una superficie
construida aproximada de 1.052,70 m2c. Tras la rehabilitación, suprimiendo añadidos no originales del proyecto inicial (altillo en bajo cubierta), la superficie total construida es de [327,37 m2c (sótano) + 327,37 m2c (baja) + 295,87 m2c (primera)] = 950,61 m2c.
B) Zona perimetral a la parcela anterior, actualmente de titularidad pública (uso y dominio público), perimetral a la misma, donde se pretende el cambio de calificación
de viario (Zona 10) a Anexo a Viario (Zona EL/9.5) con una superficie de 205 m2s.
De la suma de las Zonas A (EQ/7.2) y B (EL/9.5) resulta una superficie total
de 820 m2s. La delimitación de esta superficie vinculada al cambio de calificación
y alineaciones, se encuentra comprendida dentro del área delimitada por la UE-25.
C) Ámbito delimitado por la UE-25:
Tiene una superficie de 37.738 m2s, según consta en la Ficha de la ZAD-25 propuesta, y medición actualizada ya desde la Aprobación Inicial de la presente Modificación, por parte del Topógrafo municipal. Se justifica medición aportando en
la documentación técnica informativa, el Plano: medición actualizada de la UE-25.
La superficie real es por tanto de 37.738 m2s, y no de 27.240 m2s, como figura por
error en la Ficha de las NNSS/97 vigentes.
Puede concluirse que el ámbito total de la Modificación puntual es el coincidente con
la superficie de la UE-25, de 37.738 m2s (en cuanto el cambio que se propone respecto del Sistema de Actuación) y dentro del mismo, se propone un cambio de calificación y reforma de alineaciones para una parcela y zona perimetral de 820 m2s, lo que
supone una intervención particularizada dentro del ámbito de la UE-25 del 2,17 %.
B.O.C.M. Núm. 305
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 265
— Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de
promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
— Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Torrelodones que regula, entre
otros puntos, la circulación urbana en el municipio, las distintas actividades que
se pueden ejecutar en vía pública.
— Además de la legislación indicada el Ayuntamiento de Torrelodones cuenta también con los siguientes Planes que afectan a la movilidad del municipio:
d Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Torrelodones. Año 2012.
d Plan de Mejora de la Movilidad Peatonal. Año 2014.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
1. Criterios para la modificación
1.2. Calificación urbanística de la parcela/parámetros:
Normativa urbanística: NNSS/1997. La parcela donde se ubica el inmueble pertenece
a la UE 25/Ordenanza RU 3*/Los parámetros de la Ordenanza RU3*, son los siguientes:
— Índice de edificabilidad 1,00 m2c/m2s.
— Ocupación: 60 %.
— Además de los usos correspondientes a la ordenanza RU3, se admite el uso de
“Hostelería” y “Espectáculos”.
BOCM-20211223-82
1.1. Ámbito de la Modificación: Está comprendido por los siguientes ámbitos:
A) Parcela de titularidad municipal, situada en la c/ Jesusa Lara, n.o 47, con referencia
catastral 9227401VK1992N0001WT, con una superficie catastral de 626 m2s,. —
aproximadamente coincidente con la superficie real delimitada como solar edificable-, pero inferior en cualquier caso a la superficie registral según los antecedentes disponibles, y a la que figura en el Inventario (720 m2s). La superficie propuesta para calificarla como EQ/7.2, es de 615 m2s.
Sobre la parcela se alza el edificio denominado “Villa Fabriciano” (Autor del proyecto: D. Francisco Javier Sáenz de Oiza) hasta ahora de uso comercial, construido con arreglo a las ordenanzas de las NNSS/86 (Zona 4.a -Zona de Actividad”).
Antes de acometer las obras para adecuación a Biblioteca, tenía una superficie
construida aproximada de 1.052,70 m2c. Tras la rehabilitación, suprimiendo añadidos no originales del proyecto inicial (altillo en bajo cubierta), la superficie total construida es de [327,37 m2c (sótano) + 327,37 m2c (baja) + 295,87 m2c (primera)] = 950,61 m2c.
B) Zona perimetral a la parcela anterior, actualmente de titularidad pública (uso y dominio público), perimetral a la misma, donde se pretende el cambio de calificación
de viario (Zona 10) a Anexo a Viario (Zona EL/9.5) con una superficie de 205 m2s.
De la suma de las Zonas A (EQ/7.2) y B (EL/9.5) resulta una superficie total
de 820 m2s. La delimitación de esta superficie vinculada al cambio de calificación
y alineaciones, se encuentra comprendida dentro del área delimitada por la UE-25.
C) Ámbito delimitado por la UE-25:
Tiene una superficie de 37.738 m2s, según consta en la Ficha de la ZAD-25 propuesta, y medición actualizada ya desde la Aprobación Inicial de la presente Modificación, por parte del Topógrafo municipal. Se justifica medición aportando en
la documentación técnica informativa, el Plano: medición actualizada de la UE-25.
La superficie real es por tanto de 37.738 m2s, y no de 27.240 m2s, como figura por
error en la Ficha de las NNSS/97 vigentes.
Puede concluirse que el ámbito total de la Modificación puntual es el coincidente con
la superficie de la UE-25, de 37.738 m2s (en cuanto el cambio que se propone respecto del Sistema de Actuación) y dentro del mismo, se propone un cambio de calificación y reforma de alineaciones para una parcela y zona perimetral de 820 m2s, lo que
supone una intervención particularizada dentro del ámbito de la UE-25 del 2,17 %.