D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211222-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble situado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, del municipio, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 143

Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Política Social y Juventud es competente para poner en marcha y gestionar un CAEF, en la ubicación y con los servicios que se
prevén en el presente convenio.
La empresa prestadora de los Servicios del CAEF contará con un Plan de Emergencias
propio, que estará integrado en el Plan de Emergencias General del Centro.
Cuarta
Compromisos del Ayuntamiento de Móstoles
El Ayuntamiento de Móstoles autoriza a la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, el uso gratuito del local ubicado en la calle Pintor Velázquez,
número 19, posterior bajo, según plano adjunto.
Quinta
Financiación
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, se hará cargo de los
siguientes gastos que serán repercutidos a la empresa adjudicataria de la prestación del servicio:
— Gastos de equipamiento y consumo de telefonía, contestador automático telefónico, fax e internet y sistema informático, incluyendo los equipos y las aplicaciones
informáticas, impresoras y fotocopiadoras durante el tiempo en que esté vigente
el Convenio.
— Limpieza de locales.
— Mobiliario.
— Seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos derivados de la
prestación de los servicios.
La Dirección General Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de
Familia, Juventud y Política Social, llevarán a cabo los servicios previstos en la cláusula segunda de este convenio, mediante gestión indirecta, repercutiendo estos gastos a la empresa
adjudicataria del correspondiente contrato de servicios. Por tanto, la suscripción de este convenio de colaboración entre ambas partes no genera ningún compromiso económico para la
Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid queda exenta del devengo de la tasa a la
que está sujeta el uso de los bienes de dominio público.
El Ayuntamiento de Móstoles, con independencia de la asunción de los posibles costes legalmente previstos que se derivan de la propiedad del inmueble, se hará, además, cargo del coste por consumo de agua, licencias e impuestos, seguro multifunción, así como
otros gastos análogos en los que pudiera incurrirse que afecten a la superficie objeto del presente convenio. Igualmente se hará cargo de la conservación y, en su caso, reparación, de
los sistemas y equipos de protección contra incendios en cumplimiento de la normativa vigente, y de la instalación de climatización.
Sexta
Las partes firmantes, de común acuerdo, deciden crear una Comisión mixta de seguimiento. Dicha Comisión tendrá el carácter de paritaria y estará integrada por dos representantes de cada una de las partes.
Por parte de la Administración de la Comunidad de Madrid los dos miembros de la Comisión de seguimiento designados será el titular de la Jefatura de Servicio de Apoyo a las
Familias de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad que actuará como Presidente de la Comisión y un Técnico de la Subdirección General de Familias que actuará como Secretario de la misma.
Por parte del Ayuntamiento de Móstoles formarán parte de la Comisión de seguimiento, dos técnicos del Área de Familia y Servicios Sociales.

BOCM-20211222-39

Comisión de seguimiento