D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211222-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de Móstoles, para la autorización gratuita de uso del inmueble situado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, del municipio, para la prestación de servicios de un Centro de Apoyo y Encuentro Familiar (CAEF)
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 304

Segundo
El Ayuntamiento de Móstoles ejercerá en virtud del artículo 25.2.e de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, competencias en materia de evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, encontrándose entre los objetivos prioritarios
de este Ayuntamiento el apoyo y orientación de la familia en sus diferentes ámbitos.
De los datos de demanda de servicios prestados en el Centro de Apoyo y Encuentro Familiar, en adelante, CAEF, durante la ejecución del convenio anterior, se estima necesario suscribir un nuevo convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Móstoles y la Comunidad de
Madrid, para que las familias madrileñas puedan seguir disfrutando de estos servicios públicos.
Las previsiones de cara a futuro es que siga habiendo una alta demanda de estos servicios que
se prestan en el CAEF, por todo ello se propone la formalización de un nuevo convenio de colaboración entre ambas instituciones para seguir prestando a los madrileños unos servicios públicos de calidad.
En virtud de lo expuesto, siendo deseo de ambas partes fomentar su colaboración y de
acuerdo con las atribuciones conferidas, respetando el ámbito de actuación de cada una de
las partes que interviene en este convenio y siendo interés de estas articular su colaboración
en orden a la consecución de la finalidad indicada, acuerdan suscribir el presente convenio
con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del presente convenio establecer las condiciones que han de regir
la autorización de uso gratuito, por el Ayuntamiento de Móstoles, de la planta baja del bien
inmueble, cuyo plano se adjunta como anexo I, situado en la calle Pintor Velázquez, número 19, posterior bajo, de dicho municipio, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social,
con la finalidad de albergar un CAEF para la atención de las familias madrileñas. Se adjunta como anexo II, certificado que acredita la referencia catastral y la inclusión del bien inmueble en el Inventario de Bienes Inmuebles del municipio de Móstoles.
El Ayuntamiento de Móstoles mantendrá la plena titularidad de la edificación debiendo, en todo momento, la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social, ajustarse al uso para el que está destinado. Ambas partes reconocen el destino del
resto del edificio a instalaciones de diversos servicios administrativos del Ayuntamiento de
Móstoles, mostrando su conformidad al respecto a los efectos de la referida coordinación y
distribución de espacios.
Segunda
El bien inmueble objeto de la autorización gratuita de uso por parte del Ayuntamiento
de Móstoles a la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, se
destinará a albergar un CAEF para la atención de las familias madrileñas y especialmente
las de la zona sur de Madrid, donde se desarrollarán algunos o todos de los siguientes servicios que se relacionan:
I.
Servicio Orientación e Información psicológica a las familias.
II.
Servicio Mediación Familiar.
III. Servicio de Asesoramiento jurídico.
IV. Servicio de Coordinación de la Parentalidad.
V.
Grupos formativos de la escuela de familia
VI. Servicio de Punto de Encuentro Familiar para dar cumplimiento al régimen de
visitas de menores fijadas por la autoridad judicial o administrativa.
VII. Apoyo y cuidado de menores para posibilitar la asistencia a los servicios ofrecidos.
VIII. Coordinación de los diferentes servicios.
Los servicios tendrán carácter confidencial y deberán ser gratuitos para las familias.

BOCM-20211222-39

Utilidad social del inmueble