Valdemoro (BOCM-20211220-84)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 302
Además, se aportarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor o documentos que los
sustituyan.
b) Fotocopia del título exigido en las presentes bases.
c) Fotocopia del permiso de conducir de la clase B o equivalente, expedido con anterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.
d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en el Departamento de Personal.
e) Nombramiento como funcionario de carrera de la categoría de Policía Local de
otros municipios de la Comunidad de Madrid.
f) Certificación expedida por la Administración Local de los servicios prestados en
la Policía Local.
Para la acreditación del requisito exigido en el apartado g) de la base segunda, se practicará el correspondiente reconocimiento médico por la Entidad Sanitaria que designe el
Ayuntamiento de Valdemoro (Anexo I).
En el supuesto de que del examen de la citada documentación se dedujera que carecen
de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria quedarían anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud.
9.2. Plazo presentación documentos: El plazo de presentación de los documentos será
como máximo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del candidato propuesto por el Tribunal, en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemoro.
9.3. Falta de presentación de documentos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario en prácticas
Terminado el plazo de presentación de documentos, la persona aspirante será nombrada Policía “en prácticas” por el órgano competente.
Al aspirante que resulte nombrado Policía “en prácticas” se le comunicará en el mismo nombramiento, la fecha en que deberán presentarse para dar comienzo el curso selectivo de formación, momento desde el que empezarán a percibir las retribuciones económicas
que para los funcionario/as en prácticas establezca la legislación vigente.
En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaído en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario en prácticas del Ayuntamiento de Valdemoro en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto por el correspondiente Tribunal Calificador.
11. Curso selectivo de formación
Será requisito indispensable, en cuanto a la segunda fase del proceso selectivo, superar un curso selectivo de formación organizado y realizado por el Ayuntamiento de Valdemoro, que debe ser homologado por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la
Comunidad de Madrid y cuya duración no será inferior a un mes ni superior a tres meses.
Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el Ayuntamiento de Valdemoro, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos
de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes para una
BOCM-20211220-84
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 302
Además, se aportarán los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor o documentos que los
sustituyan.
b) Fotocopia del título exigido en las presentes bases.
c) Fotocopia del permiso de conducir de la clase B o equivalente, expedido con anterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.
d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en el Departamento de Personal.
e) Nombramiento como funcionario de carrera de la categoría de Policía Local de
otros municipios de la Comunidad de Madrid.
f) Certificación expedida por la Administración Local de los servicios prestados en
la Policía Local.
Para la acreditación del requisito exigido en el apartado g) de la base segunda, se practicará el correspondiente reconocimiento médico por la Entidad Sanitaria que designe el
Ayuntamiento de Valdemoro (Anexo I).
En el supuesto de que del examen de la citada documentación se dedujera que carecen
de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria quedarían anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
solicitud.
9.2. Plazo presentación documentos: El plazo de presentación de los documentos será
como máximo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del candidato propuesto por el Tribunal, en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemoro.
9.3. Falta de presentación de documentos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma
se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario en prácticas
Terminado el plazo de presentación de documentos, la persona aspirante será nombrada Policía “en prácticas” por el órgano competente.
Al aspirante que resulte nombrado Policía “en prácticas” se le comunicará en el mismo nombramiento, la fecha en que deberán presentarse para dar comienzo el curso selectivo de formación, momento desde el que empezarán a percibir las retribuciones económicas
que para los funcionario/as en prácticas establezca la legislación vigente.
En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaído en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario en prácticas del Ayuntamiento de Valdemoro en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto por el correspondiente Tribunal Calificador.
11. Curso selectivo de formación
Será requisito indispensable, en cuanto a la segunda fase del proceso selectivo, superar un curso selectivo de formación organizado y realizado por el Ayuntamiento de Valdemoro, que debe ser homologado por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la
Comunidad de Madrid y cuya duración no será inferior a un mes ni superior a tres meses.
Dicho curso irá dirigido al aprendizaje de la normativa específica de aplicación en el Ayuntamiento de Valdemoro, la cultura organizacional del Cuerpo de Policía Local, protocolos
de actuación, manejo de herramientas tecnológicas y demás cuestiones relevantes para una
BOCM-20211220-84
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID