Valdemoro (BOCM-20211220-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

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No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de tales plazas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as
antes de su nombramiento como funcionarios/as en prácticas, o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el
órgano convocante podrá requerir del Tribunal, relación complementaria de quienes habiendo superado todos los ejercicios de la fase de oposición, sigan a las personas propuestas, para su posible nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
10. Presentación de documentos
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se
hiciese pública la lista definitiva de aprobados en el tablón de edictos municipal y en la sede
municipal (https://sede.valdemoro.es/sede) los aspirantes propuestos deberán presentar en
el Registro General del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad, requisitos y méritos exigidos en las presentes bases:

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos relacionados anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria y los méritos alegados mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
10.2. Quienes, dentro del plazo indicado, no presentasen la documentación, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la
base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones en relación con dicho aspirante, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
Asimismo, si en dicho plazo no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los méritos alegados en la fase de concurso, verán rectificada su valoración de la fase de concurso, así como la calificación final y en su
caso la condición de aspirante propuesto, según proceda, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
10.3. Los que tuviesen la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación de la jefatura del organismo del que dependan, acreditativa de su condición y circunstancias que consten en su expediente personal.
10.4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base 14, la Administración podrá requerir en
cualquier momento del procedimiento a cualquiera de los aspirantes la documentación
acreditativa de los requisitos para su participación en el proceso selectivo, o de los méritos
alegados. El aspirante deberá aportar dicha documentación en el plazo máximo de diez días
hábiles desde la notificación del requerimiento.
10.5. La falta de presentación de la documentación en el plazo señalado o la imposibilidad de acreditar los requisitos o méritos alegados determinará, según el caso, la exclu-

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a) Fotocopia debidamente compulsada del DNI.
b) Fotocopia debidamente compulsada del título académico exigido, o del resguardo
de pago de los derechos del mismo.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido ni obtener remuneración alguna en el sector público ni hallarse incurso en cualquiera de las causas de incompatibilidad establecidas en le Ley 53/1984, de 26 de diciembre y normativa complementaria.
e) Original o copia compulsada de los documentos que acrediten los méritos alegados presentados junto con la solicitud de participación.
f) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos por la Ley.
g) Certificado que a la fecha acredite la inexistencia de antecedentes penales y no haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual..
h) Fotocopia compulsada del permiso de conducir de la clase B. Este permiso podrá
ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente
curso selectivo de formación.