D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211220-23)
Convenio –  Convenio de 30 de noviembre de 2021, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE, Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho -Ciencias Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 302

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 135

Séptima
Actuaciones de los Centros Directivos y tutores
Adjunto al alta del alumno/a, los centros directivos de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Interior comunicarán la fecha del comienzo y finalización de las prácticas, así
como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de las mismas, designando un/una responsable que actuará como tutor/a del alumno/a que coordinará la ejecución de las prácticas junto con un/a tutor/a designado por la Universidad Carlos III de Madrid. Al tutor/a de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior le corresponderá, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, lo siguiente:
— Organizar y supervisar las actividades de cada estudiante, realizando un seguimiento del progreso de los/as alumnos/as.
— Realizar y remitir al Tutor Académico de la Universidad un Informe Final en los
términos establecidos en el artículo 13.1 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, todo ello sin perjuicio de la remisión, si así le es solicitado, del informe intermedio de seguimiento al que se refiere el punto 2 del artículo antes citado. Sin perjuicio de lo anterior el/la Tutor/a deberá, a la hora de realizar los Informes atender
a los criterios que, en su caso, puedan estar establecidos por la Universidad.
— Informar al tutor/a académico de las modificaciones y de cualquier incidencia que
pueda producirse durante las prácticas.
La Universidad Carlos III de Madrid, a través de los Grados anteriormente citados, reconocerá por escrito la labor realizada por el/la Tutor/a de los centros directivos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.
Octava
Obligaciones financieras
El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no
se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se
comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían
para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-Ley, o bien a
la resolución de este convenio si alguna de las partes no estuviera de acuerdo.
Novena
Cobertura de riesgos
El/la alumno/a durante el período de realización de las prácticas a las que se refiere el
presente convenio quedará acogido al seguro escolar y/o en su caso a cuantos puedan resultar obligatorios.
Décima
Certificado de reconocimiento de prácticas
A la finalización de las prácticas los Centros directivos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior expedirán un certificado en el que se reconozca al alumno/a el tiempo de prácticas realizado y el contenido básico de las mismas.

Beneficiarios
A lo regulado en este convenio podrán acogerse o beneficiarse para la realización de
las prácticas el número de alumnos/as que se determinen conforme lo establecido en la cláusula cuarta, mediante la suscripción por las mismas del anexo I al que se refiere la citada
cláusula.

BOCM-20211220-23

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