D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211220-23)
Convenio –  Convenio de 30 de noviembre de 2021, entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, sobre la realización de prácticas por parte de los alumnos del Grado en Derecho, Doble Grado en Derecho-ADE, Doble Grado en Derecho-Economía, Doble Grado en Derecho -Ciencias Políticas y Doble Grado en Estudios Internacionales y Derecho
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 302

Segunda
Relaciones jurídicas
La relación alumno/a-Consejería de Presidencia, Justicia e Interior no supondrá más
compromiso que el estipulado en el presente Convenio, y del mismo no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que la relación que se establezca entre el/la
alumno/a y la Comunidad de Madrid, a través de los centros directivos de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior no tendrá dicho carácter.
La realización en los centros directivos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de las prácticas académicas externas no podrá tener la consideración de mérito para
el acceso a la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento
de servicios previos.
Tercera
Espacios y colaboración
El período de prácticas que los/as alumnos/as realicen en los centros directivos de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior a los efectos de realizar sus prácticas curriculares tendrá la duración prevista en el plan de estudios de los Grados anteriormente citados.
La colaboración que presta la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior estará supeditada a las necesidades y disponibilidad del servicio, por lo que, surgida tal necesidad o
falta de disponibilidad en su caso, el convenio seguirá vigente quedando extinguido si persisten estas situaciones durante un período consecutivo superior a un año sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad Carlos III de Madrid.
Cuarta
Condiciones
La relación nominal de alumnos/as beneficiarios de las prácticas, así como la aceptación por estos de las condiciones establecidas en este convenio quedará recogida en el modelo anexo I. En dicho anexo, así mismo, se determinarán las fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo, y el proyecto formativo de las prácticas para cada
uno de los/as alumnos/as que participen en el programa. En todo caso los horarios serán
compatibles con la actividad académica formativa del alumno/a, así como de representación y participación desarrollada por el/la mismo/a en la Universidad. Igualmente, los/as
alumnos/as disfrutarán de los permisos a los que tengan derecho de conformidad a lo establecido en la legislación que en cada momento resulte de aplicación.
Queda incorporado al presente convenio modelo anexo I que forma parte inseparable
del mismo.
Quinta
Régimen de prácticas
Durante el período de prácticas los/as alumnos/as serán titulares de los derechos y obligaciones recogidos en el artículo 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, estando igualmente sometidos a las estipulaciones del presente convenio, y al régimen de funcionamiento
de los centros directivos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, especialmente
en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de actividades de formación, y a las normas de confidencialidad de datos, procesos, y actividades de los que tengan conocimiento,
al igual que a las normas de prevención de riesgos laborales. Así mismo, los/as alumnos/as
deberán mantener contacto con sus tutores en la forma que estos les indiquen.

Bolsas o ayudas al estudio
Los estudiantes que se beneficien de las estipulaciones recogidas en el presente convenio no serán beneficiarios de bolsa o ayuda al estudio de ninguna clase.

BOCM-20211220-23

Sexta