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Convenio –  Convenio de 1 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Móstoles, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración del CA2M Centro de Arte Dos de Mayo, en el marco de la convocatoria del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España, Pilotos de Edificios Inteligentes
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 302

Las partes deberán previamente dar su autorización a la hora su divulgación, notas de
prensa, etc.
Los datos personales tratados en el presente Convenio serán tratados por cada una de
las partes conforme a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos
(UE 679/2016) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales recabados de la otra parte, figurando su identidad, datos
de contacto y representante en el encabezamiento del convenio. La finalidad del tratamiento es la gestión y ejecución del contrato conservándose los datos durante la vigencia de este
y el tiempo posterior que sea legalmente necesario. Los datos podrán ser comunicados a
Autoridades para cumplir con las obligaciones legales derivadas dicho convenio.
Se informa a los interesados de su derecho a solicitar el acceso a sus datos, rectificación, supresión, limitación o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos, cuando proceda, dirigiendo un escrito acompañando una fotocopia del Documento Nacional de Identidad u otro homólogo (NIE) con asunto Protección de Datos a
las siguientes direcciones:
Para la Comunidad de Madrid:
— Dirección postal: C/Alcalá, 31, 2.a Planta, 28014 Madrid
— Dirección de correo electrónico: dgpromocioncultural@madrid.org
Para el Ayuntamiento de Móstoles:
— Dirección postal: Plaza de España, 1, 28934 Móstoles (Madrid),
— Dirección de correo electrónico: dpd@ayto-mostoles.es
Asimismo, los interesados tendrán derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, cuando entiendan que se han vulnerado alguno de sus
derechos o se hayan tratado sus datos de forma ilegítima.
Los interesados podrán dirigirse al Delegado de Protección de Datos de cada uno de
los responsables, en caso de que lo tuvieran, contactando por alguno de los canales más arriba indicados.
Sexta
Vigencia y duración
El presente Convenio se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el mismo plena validez y eficacia desde el momento de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
El presente Convenio tendrá vigencia, conforme a la excepción de carácter normativo
establecida en el apartado 1.o del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hasta que trascurran los 5 años previstos en el artículo 71
del Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
diciembre de 2013, para la durabilidad de las operaciones que comprendan inversiones cofinanciadas con Fondos FEDER.
En el caso de que la ejecución de las actuaciones que se recogen en el presente Convenio requiera de un período superior de tiempo, las partes se comprometen a tramitar, con
suficiente antelación al fin de dicha vigencia, su necesaria prórroga, de conformidad con lo
previsto en el apartado 2.o del artículo 49.h) de dicha Ley, observándose para ello el mismo procedimiento seguido para su autorización.
Séptima
La modificación de los términos del presente Convenio y/o la prórroga de su vigencia
requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa.

BOCM-20211220-42

Régimen de modificación del convenio