B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211217-26)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
Novena
Resolución del concurso-oposición
9.1. La calificación final se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de
oposición a la obtenida en la fase de concurso.
9.2. El Tribunal hará pública en la página web www.comunidad.madrid la relación
de aspirantes por orden de la calificación final alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad. Esta relación de aspirantes se publicará de forma conjunta con la de las
calificaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso en un único Acuerdo del Tribunal Calificador.
9.3. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
Resolución por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, la relación de plazas convocadas, así como la fecha y el procedimiento para
la elección de las mismas. En esta resolución se determinará la forma para la presentación
de la documentación requerida en la base décima.
9.4. Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación final alcanzada. En caso
de empate se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad; en
segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y de persistir la igualdad, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de méritos y por su orden. De continuar el empate, se resolverá por la letra inicial del
primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “E” según lo
establecido en la Resolución de 9 de marzo de 2021 de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo).
9.5. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán
plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas
para dicho cupo.
Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
9.6. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas los
aspirantes que no hubieran superado la fase de oposición, los que no acrediten en tiempo y
forma los requisitos establecidos en la base segunda, los que no soliciten plaza en la fecha
y conforme al procedimiento que se establezca, así como aquellos a los que, por la puntuación alcanzada, no corresponda plaza alguna de entre las convocadas.
9.7. Solamente podrán ser declarados aprobados en las pruebas selectivas y por tanto
nombrados, los aspirantes que obtengan plaza. No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por puntuación
a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
9.8. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en la página web www.comunidad.madrid la relación de
aspirantes aprobados, con indicación de la plaza que les ha correspondido.
Décima
10.1. Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar, en
la forma que se determine en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales prevista en la base 9.3, la siguiente documentación, todo ello sin
perjuicio de lo establecido en la base 10.2:
a) Documento nacional de identidad o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar documento
que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro
Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración
jurada o promesa de este de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en
su caso, de vivir a sus expensas o estar a su cargo.
b) Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas o, en su caso,
de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios
BOCM-20211217-26
Documentación a aportar
Pág. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 300
Novena
Resolución del concurso-oposición
9.1. La calificación final se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de
oposición a la obtenida en la fase de concurso.
9.2. El Tribunal hará pública en la página web www.comunidad.madrid la relación
de aspirantes por orden de la calificación final alcanzada, con indicación del documento nacional de identidad. Esta relación de aspirantes se publicará de forma conjunta con la de las
calificaciones definitivas obtenidas en la fase de concurso en un único Acuerdo del Tribunal Calificador.
9.3. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
Resolución por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, la relación de plazas convocadas, así como la fecha y el procedimiento para
la elección de las mismas. En esta resolución se determinará la forma para la presentación
de la documentación requerida en la base décima.
9.4. Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación final alcanzada. En caso
de empate se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad; en
segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y de persistir la igualdad, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de méritos y por su orden. De continuar el empate, se resolverá por la letra inicial del
primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “E” según lo
establecido en la Resolución de 9 de marzo de 2021 de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de marzo).
9.5. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán
plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas
para dicho cupo.
Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro del
cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.
9.6. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas los
aspirantes que no hubieran superado la fase de oposición, los que no acrediten en tiempo y
forma los requisitos establecidos en la base segunda, los que no soliciten plaza en la fecha
y conforme al procedimiento que se establezca, así como aquellos a los que, por la puntuación alcanzada, no corresponda plaza alguna de entre las convocadas.
9.7. Solamente podrán ser declarados aprobados en las pruebas selectivas y por tanto
nombrados, los aspirantes que obtengan plaza. No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, tanto tácitas como expresas, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
convocante declarará superado el proceso selectivo a los aspirantes que sigan por puntuación
a los propuestos, para su nombramiento como personal estatutario fijo.
9.8. La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará en la página web www.comunidad.madrid la relación de
aspirantes aprobados, con indicación de la plaza que les ha correspondido.
Décima
10.1. Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar, en
la forma que se determine en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales prevista en la base 9.3, la siguiente documentación, todo ello sin
perjuicio de lo establecido en la base 10.2:
a) Documento nacional de identidad o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar documento
que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro
Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración
jurada o promesa de este de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en
su caso, de vivir a sus expensas o estar a su cargo.
b) Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas o, en su caso,
de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios
BOCM-20211217-26
Documentación a aportar