Getafe (BOCM-20211215-74)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MIÉRCOLES 15 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 298

Quienes sin causa justificada no firmaran el contrato en el plazo señalado, perderán todos los derechos derivados del proceso selectivo.
Décimo segunda. Protección de datos
Los listados de los y las aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en la Sede
electrónica del Ayuntamiento de Getafe y que contengan datos de carácter personal, se ajustan a la legislación actual de protección de datos y su única finalidad es la de proceder a notificar a cada uno de los y las aspirantes el contenido del procedimiento selectivo. Estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni
en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información,
sin el consentimiento de los propios afectados/as.
Décimo tercera. Régimen de impugnaciones
Contra las presentes Bases que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o bien, directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos
meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación.
ANEXO I
PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN (3 PLAZAS)
Procedimiento de selección:
El procedimiento de selección será de concurso-oposición y cuidará especialmente la
conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas y
funciones de los puestos de trabajo convocados.
7.1. Fase de concurso.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y en ningún caso su puntuación podrá superar el 40 por 100 del total del concurso-oposición, ni utilizarse para compensar la
calificación obtenida en la fase de oposición.
La fase de concurso será previa y el Tribunal hará público el listado de puntuaciones
recogidas por los y las aspirantes en su hoja de autovaloración.
Concluida la fase de oposición el Tribunal revisará las puntuaciones declaradas por de
los y las aspirantes que superen esta fase de oposición. Tras la publicación de la puntuación
revisada se abrirá un plazo de 10 días hábiles para alegaciones contra la valoración de méritos y/o solicitudes de subsanación de defectos en la acreditación de méritos, aportados y
alegados junto con las instancias, admitiéndose únicamente en este último caso, cuando por
la fecha de los nuevos documentos, se deduzca la imposibilidad de su acreditación durante
el plazo de instancias.
Solo se valorarán los méritos alegados y acreditados junto con las instancias, sin perjuicio de que el Tribunal pueda solicitar la ampliación de la documentación si considera que
un mérito no se encuentra correctamente acreditado.
7.1.1. Experiencia en Ayuntamiento de Getafe.—Se valorará el tiempo de servicio
prestado como empleado/a público en el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento de Getafe.
Será requisito para la valoración de este apartado que el o la aspirante que concurra a
la plaza vacante, tenga la condición de personal laboral interino del Ayuntamiento de Getafe en el puesto o plaza objeto de la convocatoria, con anterioridad al 1 de enero de 2005
y permanezca ininterrumpidamente en dicha situación hasta finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Puntuación.—Se valorará a razón 0,0017 puntos por día de cotización según Certificación de Vida laboral, hasta un máximo de 10 puntos.
7.1.2. Experiencia en otras Administraciones Públicas.—Se valorará el tiempo de
servicio prestado como empleado en otras Administraciones Públicas en puestos de igual
nivel que el ofertado con funciones de coordinación en el ámbito cultural y de Centros Cívicos. En caso de no ser coincidente la denominación de la categoría deberán quedar acreditadas las funciones del puesto.

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