San Agustín del Guadalix (BOCM-20211214-79)
Organización y funcionamiento. Reglamento mercadillo y venta ambulante
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 541
— Los puestos destinados a la venta de productos alimenticios estarán debidamente
aislados de otros.
— Dispondrán de espacio de trabajo suficiente para permitir una realización higiénica de todas las operaciones.
— Se contará con agua potable. En caso de no existir posibilidad de acometida de la
red general se admite que el agua potable provenga de un depósito autorizado para
uso alimentario, que dispondrá de grifo y se mantendrá en correcto estado de mantenimiento y conservación.
— Los materiales utilizados para el almacenamiento o venta de los productos alimenticios será específico de uso alimentario.
— Deberán disponer de anaqueles o estanterías de material adecuado y altura suficiente para almacenamiento y exposición de productos alimenticios a la venta.
— Contarán con material de limpieza para el puesto y los útiles así como todo lo necesario para la higiene de las manos de los manipuladores.
— Contarán con recipientes de residuos con tapa.
— En las dependencias existirá servicio higiénico para uso del personal.
ANEXO III
DOCUMENTOS A ENTREGAR CON SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
a) Una fotografía del titular y de la persona auxiliar.
b) Original y copia de documentos acreditativos de la identidad del solicitante
(NIF/CIF/DNI o pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios,
o permiso de residencia y trabajo para los no comunitarios y del sustituto.
c) En el supuesto que el solicitante sea persona jurídica o comunidad de bienes, escritura de constitución o modificación indicativa de la composición accionarial o
participativa en la misma, así como certificación acreditativa de su inscripción en
el Registro público correspondiente.
d) En el supuesto en que el solicitante desee nombrar a un familiar como persona autorizada para desarrollar la actividad en nombre del titular, documentación acreditativa de la relación familiar con dicha persona.
e) Contratos de trabajo que acrediten la relación laboral y la jornada de las personas
que vayan a desarrollar la actividad en nombre del titular, sea éste persona física
o jurídica.
f) En caso de venta de alimentos, certificación acreditativa de haber recibido formación necesaria y suficiente en materia de manipulación de alimentos conforme a
la normativa vigente, tanto por el solicitante como por el familiar o empleado que
se designe como persona autorizada para desarrollar la actividad en nombre del titular.
g) Carné Profesional de Comerciante Ambulante expedido por la Dirección General
de Comercio de la Comunidad de Madrid o certificado de la solicitud de inscripción en el registro de comerciantes ambulantes.
h) Declaración jurada de no haber sido sancionado por comisión de falta muy grave
en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.
i) Copia de alta correspondiente en el epígrafe fiscal del Impuesto de Actividades
Económicas.
ANEXO IV
Según el título II, capítulo primero, “Competencias y responsabilidades·y dentro del
artículo 8 de “Competencias municipales” aprobadas en Junta de Gobierno local, bajo el
ejercicio de la potestad otorgada a los Ayuntamientos locales se procede a nombrar las diferentes modalidades de mercadillos ocasionales que incluyen actividades sin ánimo de lucro y/o a residentes del municipio de San Agustín del Guadalix y que bajo esta jurisprudencia se regirá por los requisitos planteados por la Administración municipal según sea la
situación y nunca faltando a la Ley Autonómica.
BOCM-20211214-79
DE MERCADOS VECINALES OCASIONALES
EN SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 541
— Los puestos destinados a la venta de productos alimenticios estarán debidamente
aislados de otros.
— Dispondrán de espacio de trabajo suficiente para permitir una realización higiénica de todas las operaciones.
— Se contará con agua potable. En caso de no existir posibilidad de acometida de la
red general se admite que el agua potable provenga de un depósito autorizado para
uso alimentario, que dispondrá de grifo y se mantendrá en correcto estado de mantenimiento y conservación.
— Los materiales utilizados para el almacenamiento o venta de los productos alimenticios será específico de uso alimentario.
— Deberán disponer de anaqueles o estanterías de material adecuado y altura suficiente para almacenamiento y exposición de productos alimenticios a la venta.
— Contarán con material de limpieza para el puesto y los útiles así como todo lo necesario para la higiene de las manos de los manipuladores.
— Contarán con recipientes de residuos con tapa.
— En las dependencias existirá servicio higiénico para uso del personal.
ANEXO III
DOCUMENTOS A ENTREGAR CON SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
a) Una fotografía del titular y de la persona auxiliar.
b) Original y copia de documentos acreditativos de la identidad del solicitante
(NIF/CIF/DNI o pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios,
o permiso de residencia y trabajo para los no comunitarios y del sustituto.
c) En el supuesto que el solicitante sea persona jurídica o comunidad de bienes, escritura de constitución o modificación indicativa de la composición accionarial o
participativa en la misma, así como certificación acreditativa de su inscripción en
el Registro público correspondiente.
d) En el supuesto en que el solicitante desee nombrar a un familiar como persona autorizada para desarrollar la actividad en nombre del titular, documentación acreditativa de la relación familiar con dicha persona.
e) Contratos de trabajo que acrediten la relación laboral y la jornada de las personas
que vayan a desarrollar la actividad en nombre del titular, sea éste persona física
o jurídica.
f) En caso de venta de alimentos, certificación acreditativa de haber recibido formación necesaria y suficiente en materia de manipulación de alimentos conforme a
la normativa vigente, tanto por el solicitante como por el familiar o empleado que
se designe como persona autorizada para desarrollar la actividad en nombre del titular.
g) Carné Profesional de Comerciante Ambulante expedido por la Dirección General
de Comercio de la Comunidad de Madrid o certificado de la solicitud de inscripción en el registro de comerciantes ambulantes.
h) Declaración jurada de no haber sido sancionado por comisión de falta muy grave
en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.
i) Copia de alta correspondiente en el epígrafe fiscal del Impuesto de Actividades
Económicas.
ANEXO IV
Según el título II, capítulo primero, “Competencias y responsabilidades·y dentro del
artículo 8 de “Competencias municipales” aprobadas en Junta de Gobierno local, bajo el
ejercicio de la potestad otorgada a los Ayuntamientos locales se procede a nombrar las diferentes modalidades de mercadillos ocasionales que incluyen actividades sin ánimo de lucro y/o a residentes del municipio de San Agustín del Guadalix y que bajo esta jurisprudencia se regirá por los requisitos planteados por la Administración municipal según sea la
situación y nunca faltando a la Ley Autonómica.
BOCM-20211214-79
DE MERCADOS VECINALES OCASIONALES
EN SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX