A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211213-1)
Creación distinción honorífica –  Decreto 238/2021, de 9 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crean las distinciones honoríficas de la Comunidad de Madrid, para la memoria y reconocimiento a las víctimas del terrorismo y de actuaciones de lucha contra el terrorismo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 296

En cuanto al principio de eficiencia, el decreto no implica mayores cargas administrativas y no tiene por sí misma repercusión económica ni presupuestaria ya que será su desarrollo por orden el que condicione el presupuesto que se deba asignar a la producción de las
propias distinciones que se entreguen.
Respecto a la tramitación del proyecto, se han seguido las previsiones establecidas en el
Decreto 52/2021, de 24 de marzo, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general de la Comunidad de Madrid,
si bien, se prescinde del trámite de consulta pública puesto que la creación de estas distinciones honoríficas no tiene impacto alguno en la actividad económica, y no impone obligaciones relevantes a los destinatarios.
Para la elaboración de este decreto se han solicitado los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa, de las secretarías generales técnicas de las consejerías, de impacto social de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, de la
Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno y el informe de la Abogacía General.
De conformidad con el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno
aprobar mediante decreto los reglamentos para el desarrollo y ejecución de las leyes emanadas de la Asamblea.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo
con la Comisión Jurídica Asesora, en su reunión del día
DISPONE
Artículo 1
Objeto
El presente decreto tiene por objeto crear, conforme a lo establecido por el artículo 24 de
la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo, las distinciones de carácter honorífico a víctimas de actos terroristas
o como reconocimiento por la lucha contra el terrorismo en la Comunidad de Madrid.
Artículo 2
Clases de distinciones honoríficas
1.

Se crean tres tipos de distinciones honoríficas:

a)
b)
c)
2.

Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo.
Medalla de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo.
Placa de la Comunidad de Madrid a la lucha contra el terrorismo
Las distinciones establecidas en este decreto tienen carácter exclusivamente honorífico y no generan ningún efecto económico.

Artículo 3

1. La Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo, en una única categoría, es el máximo signo distintivo de la Comunidad de Madrid a las personas fallecidas como consecuencia de actos de terrorismo.
2. Tiene por objeto reconocer el sacrificio de las personas fallecidas como consecuencia de una acción terrorista empadronadas en la Comunidad de Madrid en el momento de dicha acción, o en su defecto, empadronadas en un municipio de la región durante, al
menos, un tiempo equivalente a las dos terceras partes de su vida hasta el momento de perpetrarse el acto terrorista.
3. La Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo se concederá
de oficio por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del
titular de la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de atención a víctimas del terrorismo.

BOCM-20211213-1

Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo