C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211213-18)
Acceso ciclos formativos – Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2021-2022 las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional y a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 296
Séptimo
Admisión y exclusión de la participación en las pruebas
1. La admisión o exclusión con la razón de esta última, con carácter provisional, en
la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio, prueba común de acceso a
ciclos formativos de grado superior vinculada, en su caso, con la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional, se comunicará a las personas interesadas el 4 de febrero de 2022.
BOCM-20211213-18
b) Si realiza la inscripción simultáneamente por la vía de enseñanzas deportivas y
por la vía de formación profesional, deberá elegir uno de los centros que se relacionan en el anexo V con la vía de enseñanzas deportivas, considerando que:
i. Cada centro examina de los ejercicios de la parte específica de la prueba de
acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por
una única opción. Deberá dirigir su solicitud a un centro en el que se indique
en el anexo V la celebración de las pruebas por la opción solicitada: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias o Tecnología.
ii. Si en la vía de enseñanzas de formación profesional se elige la opción de
Tecnología o de Humanidades y Ciencias Sociales únicamente podrá elegir
como ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
iii. Si en la vía de enseñanzas de formación profesional se elige la opción de
Ciencias, podrá escoger en su inscripción por la vía de enseñanzas deportivas como ejercicio de la Parte III: Biología o Matemáticas.
c) Si realiza la inscripción simultáneamente por la vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño y por la vía de enseñanzas deportivas, deberá elegir uno de los centros que se relacionan en el anexo V con asignación en ambas vías de enseñanzas,
considerando que:
i. Únicamente podrá escoger por la vía de artes plásticas y diseño en el ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
ii. Por la vía de enseñanzas deportivas podrá escoger como ejercicio de la Parte III:
Biología, únicamente si el centro examinador celebra la parte específica de las
pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por la opción de Ciencias.
d) Si realiza la inscripción de forma simultánea por todas las vías, deberá elegir un
centro que se relacione en el anexo V con todas las vías de enseñanzas, considerando que:
i. Si desea elegir por la vía de enseñanzas deportivas el ejercicio de la Parte III:
Biología, únicamente podrán inscribirse por la vía de enseñanzas de formación profesional por la opción de Ciencias. En las opciones de Tecnología o
Humanidades y Ciencias Sociales, únicamente podrán elegir por la vía de enseñanzas deportivas el ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
ii. Por la vía de artes plásticas y diseño, únicamente podrá elegir como ejercicio
de la Parte III: Matemáticas.
6. Es imprescindible que en el centro examinador al que se dirige la solicitud se celebren las pruebas por la vía o vías de enseñanzas solicitadas, así como, en su caso, que en
dicho centro se realice el ejercicio de la Parte III de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior elegida y la opción de la parte específica de la prueba de acceso
a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por la que desea examinarse. En caso contrario, aparecerá como excluido de la participación en las pruebas y podrá
reclamar, en el plazo establecido en el apartado séptimo, el traslado de su solicitud a un centro examinador que pueda atender la misma o adaptar su solicitud a las pruebas que se celebran en el centro examinador al que dirigió la solicitud.
7. La documentación requerida en el procedimiento deberá adjuntarse a la solicitud
en el momento de su presentación y envío, en caso de que la persona interesada se oponga
de forma expresa a la consulta de los datos contenidos en dicha documentación o, excepcionalmente, no fuera posible recabar la misma electrónicamente a través de las redes corporativas o de consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 296
Séptimo
Admisión y exclusión de la participación en las pruebas
1. La admisión o exclusión con la razón de esta última, con carácter provisional, en
la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio, prueba común de acceso a
ciclos formativos de grado superior vinculada, en su caso, con la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional, se comunicará a las personas interesadas el 4 de febrero de 2022.
BOCM-20211213-18
b) Si realiza la inscripción simultáneamente por la vía de enseñanzas deportivas y
por la vía de formación profesional, deberá elegir uno de los centros que se relacionan en el anexo V con la vía de enseñanzas deportivas, considerando que:
i. Cada centro examina de los ejercicios de la parte específica de la prueba de
acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por
una única opción. Deberá dirigir su solicitud a un centro en el que se indique
en el anexo V la celebración de las pruebas por la opción solicitada: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias o Tecnología.
ii. Si en la vía de enseñanzas de formación profesional se elige la opción de
Tecnología o de Humanidades y Ciencias Sociales únicamente podrá elegir
como ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
iii. Si en la vía de enseñanzas de formación profesional se elige la opción de
Ciencias, podrá escoger en su inscripción por la vía de enseñanzas deportivas como ejercicio de la Parte III: Biología o Matemáticas.
c) Si realiza la inscripción simultáneamente por la vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño y por la vía de enseñanzas deportivas, deberá elegir uno de los centros que se relacionan en el anexo V con asignación en ambas vías de enseñanzas,
considerando que:
i. Únicamente podrá escoger por la vía de artes plásticas y diseño en el ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
ii. Por la vía de enseñanzas deportivas podrá escoger como ejercicio de la Parte III:
Biología, únicamente si el centro examinador celebra la parte específica de las
pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por la opción de Ciencias.
d) Si realiza la inscripción de forma simultánea por todas las vías, deberá elegir un
centro que se relacione en el anexo V con todas las vías de enseñanzas, considerando que:
i. Si desea elegir por la vía de enseñanzas deportivas el ejercicio de la Parte III:
Biología, únicamente podrán inscribirse por la vía de enseñanzas de formación profesional por la opción de Ciencias. En las opciones de Tecnología o
Humanidades y Ciencias Sociales, únicamente podrán elegir por la vía de enseñanzas deportivas el ejercicio de la Parte III: Matemáticas.
ii. Por la vía de artes plásticas y diseño, únicamente podrá elegir como ejercicio
de la Parte III: Matemáticas.
6. Es imprescindible que en el centro examinador al que se dirige la solicitud se celebren las pruebas por la vía o vías de enseñanzas solicitadas, así como, en su caso, que en
dicho centro se realice el ejercicio de la Parte III de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior elegida y la opción de la parte específica de la prueba de acceso
a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por la que desea examinarse. En caso contrario, aparecerá como excluido de la participación en las pruebas y podrá
reclamar, en el plazo establecido en el apartado séptimo, el traslado de su solicitud a un centro examinador que pueda atender la misma o adaptar su solicitud a las pruebas que se celebran en el centro examinador al que dirigió la solicitud.
7. La documentación requerida en el procedimiento deberá adjuntarse a la solicitud
en el momento de su presentación y envío, en caso de que la persona interesada se oponga
de forma expresa a la consulta de los datos contenidos en dicha documentación o, excepcionalmente, no fuera posible recabar la misma electrónicamente a través de las redes corporativas o de consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.