C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211213-18)
Acceso ciclos formativos –  Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2021-2022 las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional y a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
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B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021

sentación de la solicitud podrá hacerse con el sistema de autenticación cl@ve, mediante el registro en el sistema @SCV o, en caso de disponer de las credenciales
de acceso a la plataforma Roble (RAÍCES), con su usuario y contraseña.
Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente a
través de la Secretaría Virtual.
b) De forma presencial, en la secretaría de los Institutos de Educación Secundaria
que figuran en el anexo IV para la prueba común de acceso a ciclos formativos de
grado medio y el anexo V para la prueba común de acceso a ciclos formativos de
grado superior y parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional.
Asimismo, se podrá presentar de forma presencial en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 16.4, apartados b), c), d) y e), de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo, en todo caso, indicarse como destinatario el centro educativo al que
se dirige la solicitud, así como la Dirección del Área Territorial a la que pertenece.
Si la solicitud se presenta en una oficina de Correos, deberá llevarse en sobre abierto para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de que
se proceda a su certificación, y se remitirá al centro educativo que se indique como
destinatario que será en el que se celebren las pruebas en las que se inscribe.
La solicitud deberá indicar obligatoriamente como destinatario de la solicitud el centro examinador en el que se desea realizar la prueba de acceso correspondiente.
3. Todos los centros que figuran en el anexo IV permiten realizar la prueba común
de acceso a ciclos formativos de grado medio por una o ambas vías de enseñanzas, las pruebas de una misma materia serán idénticas independientemente de la vía o vías por las que
se opte.
4. En el anexo V se relacionan los centros a los que podrán dirigirse las solicitudes
de inscripción en la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior. Dependiendo de las vías de enseñanzas y, en su caso, la opción de la parte específica de la prueba de acceso por la vía de enseñanzas de formación profesional y la elección del ejercicio
de la Parte III de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior, las pruebas de una misma materia serán idénticas independientemente de la vía o vías por las que
se opte y se deberá tener en cuenta que:
a) Si la inscripción se realiza por una única vía de enseñanzas: el centro examinador
al que se dirige la solicitud debe figurar como centro examinador en el que se celebran las pruebas por la vía de enseñanzas solicitada y la posibilidad de elección
del ejercicio de la Parte III debe aparecer asignada a dicho centro en el anexo V.
b) Si realiza la inscripción únicamente por la vía de enseñanzas de formación profesional: deberá comprobar que su solicitud se dirige a un centro examinador en el
que se celebran las pruebas de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos
formativos de grado superior de formación profesional por la opción solicitada, tal
y como se indica en el anexo V.
5. Asimismo, en la relación de centros examinadores del anexo V, hay centros que
aparecen en varias vías de enseñanzas, lo que permitirá la inscripción de forma simultánea
en más de una vía de enseñanzas.
a) Si realiza la inscripción simultáneamente por la vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño y por la vía de enseñanzas de formación profesional: deberá elegir
uno de los centros que se relacionan en el anexo V con la vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño, considerando que:
i. Cada centro examina de los ejercicios de la parte específica de la prueba de
acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional por
una única opción. Deberá dirigir su solicitud a un centro en el que se indique
en el anexo V la celebración de las pruebas por la opción solicitada: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias o Tecnología.
ii. Si en la vía de enseñanzas de formación profesional se elige la opción de Ciencias o Tecnología, únicamente podrán elegir como ejercicio de la Parte III:
Matemáticas.
iii. Si la opción por la vía de enseñanzas de formación profesional es la de Humanidades y Ciencias Sociales, podrá escoger como ejercicio de la Parte III:
Historia de España o Matemáticas.

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