C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211213-18)
Acceso ciclos formativos –  Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2021-2022 las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional y a las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021

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abril de 2022. En el supuesto de que la persona interesada haya indicado en su solicitud de
inscripción que desea recibir las notificaciones por medios electrónicos deberá estar obligatoriamente dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de
Madrid. En caso de silencio administrativo, este se considerará desestimatorio.
5. Contra la resolución adoptada, la persona interesada podrá interponer, en el plazo
de un mes a partir de su notificación, recurso de alzada ante la Dirección de Área Territorial correspondiente cuando la resolución haya sido adoptada por el director del centro examinador o ante la Viceconsejería de Política Educativa cuando la resolución haya sido adoptada por la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen
Especial, que resolverán lo que proceda en los términos previstos en los artículos 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Esta resolución, que será motivada, pondrá fin a
la vía administrativa.
Décimo

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 187/2021, de 21 de
julio, se podrán solicitar en el momento de la inscripción las siguientes exenciones:
a) Exención de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por la
vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño, para lo cual deberá acreditar documentalmente la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores
de veinticinco años.
b) Exención de alguna o algunas de las siguientes partes la prueba común de acceso
a ciclos formativos de grado medio por la vía de enseñanzas de formación profesional, para lo cual deberá acreditar documentalmente alguna de las siguientes situaciones:
i. Parte I: Comunicación Sociolingüística.
1.o Haber superado las materias Lengua Castellana y Literatura y Lengua
Extranjera: Inglés de 4.o de ESO o las materias equivalentes.
o
2. Haber superado el ámbito de Comunicación de nivel II de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en ESO para personas
adultas o ámbito equivalente.
3.o Haber superado el módulo profesional “Comunicación y Sociedad II”,
de un ciclo de formación profesional básica o ámbitos equivalentes.
ii. Exención de la parte II: Social.
1.o Haber superado la materia de Geografía e Historia de 4.o de ESO o materia equivalente.
2.o Haber superado la materia de ámbito social de nivel II de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en ESO para personas
adultas o ámbito equivalente
iii. Exención de la parte III: Científico Tecnológica.
1.o Estar en posesión de certificado de profesionalidad que acredite, al menos, una cualificación profesional completa.
2.o Tener una experiencia laboral de, al menos, una duración equivalente a
un año a jornada completa. Se computará la experiencia acreditada hasta la fecha de finalización del plazo de inscripción en las pruebas.
3.o Haber superado las materias Matemáticas orientadas a las enseñanzas
académicas, Biología y Geología y Física y Química de 4.o de ESO o
las materias equivalentes.
4.o Acreditar la superación de las materias Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas, Ciencias aplicadas a la Actividad Profesional y
Tecnología de 4.o de ESO o las materias equivalentes.
o
5. Haber superado el ámbito científico-tecnológico de nivel II de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en ESO para personas
adultas o ámbito equivalente.
6.o Haber superado el módulo profesional “Ciencias aplicadas II” de un ciclo de formación profesional básica o ámbitos equivalentes.

BOCM-20211213-18

Solicitud y resolución de exenciones en la prueba común de acceso
a ciclos formativos de grado medio