B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211209-11)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 619/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el ingreso, por los Sistemas de Acceso Libre y de Promoción Interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021

A efectos de la celebración del mencionado reconocimiento, el Tribunal médico
realizará las pruebas clínicas referidas en el Anexo de autorización para someterse a pruebas médicas, y cuantas otras, analíticas y complementarias o de otra clase, se consideren necesarias por el mismo, como se refleja en el citado Anexo.
Se considerarán como patologías excluyentes para superar esta prueba, las reflejadas en el Anexo V de la presente Orden de convocatoria.
La realización del reconocimiento implicará el consentimiento de las personas aspirantes para que los resultados correspondientes se pongan por parte del Tribunal médico a disposición del Órgano Calificador, toda vez que la evaluación de
esta prueba habrá de fundamentarse en los mismos.
b) Test de personalidad y entrevista personal. Esta prueba, a la que sólo serán convocadas aquellas personas aspirantes que hubiesen superado el reconocimiento médico, evaluará la adecuación de las mismas al perfil competencial de la categoría
de Técnico Medio Agente Forestal de la Escala Técnica del Cuerpo de Agentes
Forestales de la Comunidad de Madrid, y se llevará a cabo a través de las citadas
herramientas de evaluación: un test de personalidad y una entrevista personal
efectuada con la “Técnica de Entrevista de Incidentes Críticos”, para determinar
la adecuación de las personas aspirantes a los requerimientos competenciales en
relación con el ejercicio de las funciones propias de dicha categoría.
Las competencias profesionales valoradas serán las siguientes:
— Vocación de servicio público, compromiso con la organización, respeto a las
normas y respeto a la estructura jerárquica.
— Liderazgo y capacidad de influencia.
— Capacidad de análisis de procesos y toma de decisiones.
— Autocontrol y tolerancia al estrés.
— Capacidad comunicativa.
— Capacidad de relación interpersonal y gestión de conflictos.
— Adaptabilidad y flexibilidad.
— Actualización profesional, mejora continua e innovación.
A efectos de calificación de la presente prueba, únicamente se tendrán en cuenta
los resultados de las pruebas practicadas por las personas especialistas designadas
por el Tribunal Calificador y obtenidos en el momento respectivamente indicado
para la realización de las pruebas de evaluación psicológica antes mencionadas.
En caso de que alguna o algunas personas aspirantes resultase/n “no apta/s” en cualquiera de las dos pruebas de que consta este ejercicio, el Tribunal médico o las personas especialistas designadas darán traslado de tal extremo al Órgano Calificador, pudiendo este
último convocar a la realización del ejercicio a las siguientes personas aspirantes que, en
igual número que las que no lo hubiesen superado, y por orden de puntuación descendente
conforme al mismo criterio ya señalado anteriormente, correspondan.
2. Curso selectivo:
2.1. Concluida la fase de oposición, quienes la hubiesen superado serán nombrados
personal funcionario en prácticas por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006,
de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40,
de 16 de febrero).
Durante el período en que permanezcan nombradas como personal funcionario en
prácticas, y hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera, las personas
aspirantes desempeñarán un puesto de trabajo de la categoría objeto de convocatoria.
Las personas aspirantes que opten, conforme a lo establecido en la mencionada Orden,
por percibir las retribuciones correspondientes a la categoría de Técnico Medio Agente Forestal, continuarán desempeñando un puesto de trabajo en dicha categoría una vez superado el curso selectivo, hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
2.2. El curso selectivo, que será organizado por la Dirección General de Emergencias de la Comunidad de Madrid, a través del Servicio de Formación del Cuerpo de Agentes Forestales, y con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas
a la Dirección General de Función Pública, tendrá como finalidad primordial la adquisición

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BOCM-20211209-11

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