B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211209-11)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 619/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el ingreso, por los Sistemas de Acceso Libre y de Promoción Interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción al tenor literal indicado.
Asimismo, quienes no aporten el certificado de referencia, perderán su derecho a realizar la prueba de que consta este segundo ejercicio, quedando excluidos del proceso a todos los efectos.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos segundo y tercero del apartado segundo
de la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, las aspirantes femeninas
que, a la fecha de convocatoria del segundo ejercicio, se encuentren embarazadas o no hayan cumplido las dieciséis semanas desde el nacimiento del hijo, podrán solicitar al Tribunal Calificador el aplazamiento de la realización de la prueba física hasta la siguiente convocatoria de proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo
de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de
Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.
Dicha solicitud deberá presentarse antes de la fecha de realización del segundo ejercicio
y a través de cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones
pueden consultarse en la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/informaciónatencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid”, o de alguno de los demás lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tendrá que ir acompañada,
obligatoriamente, de un certificado médico que acredite la situación alegada.
En caso de solicitar el señalado aplazamiento, las participantes podrán mantener hasta la siguiente convocatoria la calificación alcanzada en el primer ejercicio, siempre que el
programa, el tipo de ejercicio a realizar y su forma de calificación mantengan similar estructura, contenido y características. Dicha solicitud no impide que la aspirante pueda presentarse a la realización del ejercicio de la siguiente convocatoria. No obstante, en caso de
producirse esta circunstancia, la calificación obtenida por la aspirante en el ejercicio será la
lograda en esta última.
Las participantes con reserva de nota deberán presentar una solicitud de participación
en la siguiente convocatoria, así como realizar el resto de ejercicios y curso selectivo que
se especifiquen en las correspondientes bases.
1.1.3. Tercer ejercicio:
Constará de las siguientes dos pruebas:
a) Desarrollo por escrito de un tema extraído al azar por el Tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa de la fase de oposición.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
b) Realización por escrito de una prueba propuesta por el Tribunal, consistente en un
reconocimiento de muestras y un supuesto práctico, ambos relacionados con el temario específico del programa de la fase de oposición.
El Tribunal podrá ser asistido por una persona asesora del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, a fin de garantizar que la prueba se ajuste a
lo especificado anteriormente.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
Para la realización del tercer ejercicio no se permitirá el uso de ningún tipo de documentación, salvo la que, en su caso, pudiera proporcionar el Tribunal.
El Tribunal valorará los conocimientos demostrados, el rigor analítico, la sistemática
y la coordinación de ideas.
1.1.4. Cuarto ejercicio:
Consistirá en la realización de las dos pruebas que se indican a continuación:
a) Reconocimiento médico. Será practicado por el Tribunal médico que se designe, a
tal efecto, por el Órgano calificador del proceso, que habrá de estar presente en el
mismo, y que será realizado a las personas aspirantes que, habiendo superado el
tercer ejercicio, alcancen las 4 mejores calificaciones resultantes de la suma de las
puntuaciones obtenidas en la totalidad de los ejercicios previos superados.
En caso de empate en las puntuaciones, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.
— De persistir el empate, se dirimirá mediante la celebración, por parte del Tribunal Calificador, de un sorteo público para determinar la letra que habrá de
regir a estos efectos, sorteo que se anunciará con la suficiente antelación.
BOCM-20211209-11
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción al tenor literal indicado.
Asimismo, quienes no aporten el certificado de referencia, perderán su derecho a realizar la prueba de que consta este segundo ejercicio, quedando excluidos del proceso a todos los efectos.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos segundo y tercero del apartado segundo
de la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, las aspirantes femeninas
que, a la fecha de convocatoria del segundo ejercicio, se encuentren embarazadas o no hayan cumplido las dieciséis semanas desde el nacimiento del hijo, podrán solicitar al Tribunal Calificador el aplazamiento de la realización de la prueba física hasta la siguiente convocatoria de proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo
de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de
Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.
Dicha solicitud deberá presentarse antes de la fecha de realización del segundo ejercicio
y a través de cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones
pueden consultarse en la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/informaciónatencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid”, o de alguno de los demás lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tendrá que ir acompañada,
obligatoriamente, de un certificado médico que acredite la situación alegada.
En caso de solicitar el señalado aplazamiento, las participantes podrán mantener hasta la siguiente convocatoria la calificación alcanzada en el primer ejercicio, siempre que el
programa, el tipo de ejercicio a realizar y su forma de calificación mantengan similar estructura, contenido y características. Dicha solicitud no impide que la aspirante pueda presentarse a la realización del ejercicio de la siguiente convocatoria. No obstante, en caso de
producirse esta circunstancia, la calificación obtenida por la aspirante en el ejercicio será la
lograda en esta última.
Las participantes con reserva de nota deberán presentar una solicitud de participación
en la siguiente convocatoria, así como realizar el resto de ejercicios y curso selectivo que
se especifiquen en las correspondientes bases.
1.1.3. Tercer ejercicio:
Constará de las siguientes dos pruebas:
a) Desarrollo por escrito de un tema extraído al azar por el Tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa de la fase de oposición.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
b) Realización por escrito de una prueba propuesta por el Tribunal, consistente en un
reconocimiento de muestras y un supuesto práctico, ambos relacionados con el temario específico del programa de la fase de oposición.
El Tribunal podrá ser asistido por una persona asesora del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, a fin de garantizar que la prueba se ajuste a
lo especificado anteriormente.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
Para la realización del tercer ejercicio no se permitirá el uso de ningún tipo de documentación, salvo la que, en su caso, pudiera proporcionar el Tribunal.
El Tribunal valorará los conocimientos demostrados, el rigor analítico, la sistemática
y la coordinación de ideas.
1.1.4. Cuarto ejercicio:
Consistirá en la realización de las dos pruebas que se indican a continuación:
a) Reconocimiento médico. Será practicado por el Tribunal médico que se designe, a
tal efecto, por el Órgano calificador del proceso, que habrá de estar presente en el
mismo, y que será realizado a las personas aspirantes que, habiendo superado el
tercer ejercicio, alcancen las 4 mejores calificaciones resultantes de la suma de las
puntuaciones obtenidas en la totalidad de los ejercicios previos superados.
En caso de empate en las puntuaciones, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.
— De persistir el empate, se dirimirá mediante la celebración, por parte del Tribunal Calificador, de un sorteo público para determinar la letra que habrá de
regir a estos efectos, sorteo que se anunciará con la suficiente antelación.
BOCM-20211209-11
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