D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211206-15)
Convenio – Convenio de 23 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte y de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundaciones Querer y Club Atlético de Madrid, para la colaboración en la realización del proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico I: Trabajo motor en niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual”
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 119
Tercera
La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se obligan a organizar y
realizar el proyecto en los términos establecidos en el presente convenio, y en particular a:
a) Planificar y elaborar el calendario del proyecto, estructurado en los bloques de
contenido y programa lectivo que se desglosan en la estipulación segunda de este
convenio, que se desarrollarán en los meses de septiembre y octubre de 2021.
b) Seleccionar y contratar a los profesionales docentes que impartirán el curso.
c) Desarrollar la coordinación y gestión del curso.
d) Elaborar los materiales lectivos y el primer manual.
e) Desarrollar la plataforma educativa on-line.
f) Realizar acciones de comunicación y marketing: notas de prensa previa y convocatoria a medios sobre el curso, presentación a los medios de comunicación, difusión en redes sociales y web, nota de prensa y comunicados anunciando el fin de
dicho curso, etc.
g) Poner a disposición de las consejerías firmantes, 4 becas para la participación de
técnicos de las mismas con el objeto de conocer la metodología y poder evaluarla.
h) En su condición de organizadores y ejecutores del proyecto, la Fundación Querer
y la Fundación Club Atlético de Madrid serán los únicos y exclusivos responsables del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil, laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en el
proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el
proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo del presente
convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
i) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se responsabilizarán de que la realización del proyecto disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo de contingencia que se
pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el proyecto, que
mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras duren las actividades del proyecto. Asimismo, se responsabilizarán de mantener indemne a la Comunidad de
Madrid de toda responsabilidad frente a terceros o participantes que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que participe la Comunidad de
Madrid, en los términos establecidos en el presente convenio.
j) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se comprometen a
incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de Madrid como colaborador
institucional del proyecto durante su celebración, así como en todos los soportes
de comunicación que se empleen para la divulgación del proyecto, incluida la página web y las redes sociales. Todos los costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de
Madrid en los diferentes soportes serán por cuenta de la Fundación Querer y la
Fundación Club Atlético de Madrid.
k) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid podrán divulgar el
proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunden su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del proyecto en los eventos a
efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
l) A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid deberán aportar declaración responsable de haber recabado, antes
del inicio de la ejecución del proyecto, los correspondientes certificados de todo
el personal que participe en el mismo, responsabilizándose de las personas que
participen en el programa o sus eventuales sustitutos, que, tengan contacto habitual con menores en el desarrollo del proyecto.
m) Elaboración de un informe final de actividades desarrolladas y resultados obtenidos.
La comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio velará
por el cumplimiento de estas obligaciones e informará a la Dirección General de Deportes,
en caso de su incumplimiento.
BOCM-20211206-15
Obligaciones de la Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid
B.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 119
Tercera
La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se obligan a organizar y
realizar el proyecto en los términos establecidos en el presente convenio, y en particular a:
a) Planificar y elaborar el calendario del proyecto, estructurado en los bloques de
contenido y programa lectivo que se desglosan en la estipulación segunda de este
convenio, que se desarrollarán en los meses de septiembre y octubre de 2021.
b) Seleccionar y contratar a los profesionales docentes que impartirán el curso.
c) Desarrollar la coordinación y gestión del curso.
d) Elaborar los materiales lectivos y el primer manual.
e) Desarrollar la plataforma educativa on-line.
f) Realizar acciones de comunicación y marketing: notas de prensa previa y convocatoria a medios sobre el curso, presentación a los medios de comunicación, difusión en redes sociales y web, nota de prensa y comunicados anunciando el fin de
dicho curso, etc.
g) Poner a disposición de las consejerías firmantes, 4 becas para la participación de
técnicos de las mismas con el objeto de conocer la metodología y poder evaluarla.
h) En su condición de organizadores y ejecutores del proyecto, la Fundación Querer
y la Fundación Club Atlético de Madrid serán los únicos y exclusivos responsables del cumplimiento de todas las obligaciones de carácter civil, laboral, mercantil y fiscal que se deriven de sus relaciones con el personal y proveedores de bienes y servicios, que participen o intervengan directa o indirectamente en el
proyecto, así como de las que se deriven de su relación con los participantes en el
proyecto, comprometiéndose a que el importe económico máximo del presente
convenio se corresponda con el desglose establecido en la estipulación quinta.
i) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se responsabilizarán de que la realización del proyecto disponga de las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias que cubran cualquier tipo de contingencia que se
pueda producir en cualquiera de las actividades que componen el proyecto, que
mantendrá vigentes y al corriente de pago mientras duren las actividades del proyecto. Asimismo, se responsabilizarán de mantener indemne a la Comunidad de
Madrid de toda responsabilidad frente a terceros o participantes que pudiera derivarse de la celebración las actividades en las que participe la Comunidad de
Madrid, en los términos establecidos en el presente convenio.
j) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid se comprometen a
incorporar el logotipo y nombre de la Comunidad de Madrid como colaborador
institucional del proyecto durante su celebración, así como en todos los soportes
de comunicación que se empleen para la divulgación del proyecto, incluida la página web y las redes sociales. Todos los costes de producción, edición, publicación, etc., asociados a la inserción de la imagen institucional de la Comunidad de
Madrid en los diferentes soportes serán por cuenta de la Fundación Querer y la
Fundación Club Atlético de Madrid.
k) La Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid podrán divulgar el
proyecto mediante el uso de los medios de comunicación habituales en los que difunden su actividad. No obstante, las imágenes, reportajes y filmaciones realizados y obtenidos como consecuencia de la ejecución del proyecto en los eventos a
efectuar, no podrán ser exhibidos, publicados o utilizados pública o privadamente, a excepción de aquellos que hubieren sido autorizados por las partes firmantes.
l) A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid deberán aportar declaración responsable de haber recabado, antes
del inicio de la ejecución del proyecto, los correspondientes certificados de todo
el personal que participe en el mismo, responsabilizándose de las personas que
participen en el programa o sus eventuales sustitutos, que, tengan contacto habitual con menores en el desarrollo del proyecto.
m) Elaboración de un informe final de actividades desarrolladas y resultados obtenidos.
La comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio velará
por el cumplimiento de estas obligaciones e informará a la Dirección General de Deportes,
en caso de su incumplimiento.
BOCM-20211206-15
Obligaciones de la Fundación Querer y la Fundación Club Atlético de Madrid