C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211206-1)
Convenio colectivo – Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Ceva Logistics España, S. L. U. (código número 28009612011996)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 23
ALMACENERO Y OFICIAL 2º ADMINISTRATIVO
Deberá en un periodo mínimo de 60 meses desde su última promoción adquirir los conocimientos
de la categoría de Oficial 2ª Almacenero y Oficial 1ª Administrativo.
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Almacenero y
Oficial 2º Administrativo, con mayor capacidad y habilidad por la experiencia adquirida.
OFICIAL 2ª ALMACENERO
Deberá en un periodo mínimo de 36 meses desde su última promoción adquirir los conocimientos
de la categoría de Oficial 1ª Almacenero.
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Almacenero,
personal con gran capacidad y maestría en el desarrollo de sus funciones.
OFICIAL 1ª ALMACENERO
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Oficial 1ª
Almacenero. Personal que sería apto para optar a promociones de Jefe de Equipo/Sección.
CRITERIOS ESTABLECIDOS PARA OPTAR A LA PROMOCIÓN
Para el estudio de candidatos a promocionar, se crean los siguientes criterios de valoración:
Se valorará hasta un total de 10 puntos, las siguientes variables:
Se dará el valor de 3 puntos por tiempo de permanencia “antigüedad” en la categoría anterior.
Se dará el valor de 2 puntos por antigüedad en la Empresa.
Se dará el valor de 2 puntos por la valoración realizada por el responsable directo
Se dará el valor de 2 puntos al informe de Calidad realizado por el Jefe de Almacén. Se dará el
valor de 1 punto al informe del histórico de absentismo de cada candidato.
A igual puntuación (sobre 10 puntos), se reunirá Empresa y Comité en caso de desacuerdo en la
toma de decisión respecto a la promoción.
VACANTES
Con independencia de las promociones anuales acordadas en el año, en el caso de surgir vacante
en alguna de las categorías, exceptuando fallecimiento, se sustituirá la misma con el candidato que
según los criterios de promoción (puntuación), cubra dicha vacante, como máximo en el plazo de
un mes. Se hace constar que solo se cubriría la primera vacante que originó la causa de dicha
sustitución. En caso de haber promocionado en el año anterior o mismo año y no cumplir con los
tiempos mínimos establecidos, la promoción será efectiva en la fecha del cumplimiento del mismo
(si es menor de un año) o en su defecto al año que se haya producido la vacante. Este punto
entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del presente convenio.
ANEXO Nº 7–
IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
BOCM-20211206-1
Ambas partes se comprometen a velar por el cumplimiento de los principios de igualdad y no
discriminación en lo que respecta al reclutamiento, selección, distribución, promoción y demás
condiciones laborales del personal afectado por este acuerdo.
B.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 23
ALMACENERO Y OFICIAL 2º ADMINISTRATIVO
Deberá en un periodo mínimo de 60 meses desde su última promoción adquirir los conocimientos
de la categoría de Oficial 2ª Almacenero y Oficial 1ª Administrativo.
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Almacenero y
Oficial 2º Administrativo, con mayor capacidad y habilidad por la experiencia adquirida.
OFICIAL 2ª ALMACENERO
Deberá en un periodo mínimo de 36 meses desde su última promoción adquirir los conocimientos
de la categoría de Oficial 1ª Almacenero.
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Almacenero,
personal con gran capacidad y maestría en el desarrollo de sus funciones.
OFICIAL 1ª ALMACENERO
En todo caso el desarrollo de su actividad se realizará en los términos definidos para Oficial 1ª
Almacenero. Personal que sería apto para optar a promociones de Jefe de Equipo/Sección.
CRITERIOS ESTABLECIDOS PARA OPTAR A LA PROMOCIÓN
Para el estudio de candidatos a promocionar, se crean los siguientes criterios de valoración:
Se valorará hasta un total de 10 puntos, las siguientes variables:
Se dará el valor de 3 puntos por tiempo de permanencia “antigüedad” en la categoría anterior.
Se dará el valor de 2 puntos por antigüedad en la Empresa.
Se dará el valor de 2 puntos por la valoración realizada por el responsable directo
Se dará el valor de 2 puntos al informe de Calidad realizado por el Jefe de Almacén. Se dará el
valor de 1 punto al informe del histórico de absentismo de cada candidato.
A igual puntuación (sobre 10 puntos), se reunirá Empresa y Comité en caso de desacuerdo en la
toma de decisión respecto a la promoción.
VACANTES
Con independencia de las promociones anuales acordadas en el año, en el caso de surgir vacante
en alguna de las categorías, exceptuando fallecimiento, se sustituirá la misma con el candidato que
según los criterios de promoción (puntuación), cubra dicha vacante, como máximo en el plazo de
un mes. Se hace constar que solo se cubriría la primera vacante que originó la causa de dicha
sustitución. En caso de haber promocionado en el año anterior o mismo año y no cumplir con los
tiempos mínimos establecidos, la promoción será efectiva en la fecha del cumplimiento del mismo
(si es menor de un año) o en su defecto al año que se haya producido la vacante. Este punto
entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del presente convenio.
ANEXO Nº 7–
IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
BOCM-20211206-1
Ambas partes se comprometen a velar por el cumplimiento de los principios de igualdad y no
discriminación en lo que respecta al reclutamiento, selección, distribución, promoción y demás
condiciones laborales del personal afectado por este acuerdo.