C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211206-1)
Convenio colectivo – Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Ceva Logistics España, S. L. U. (código número 28009612011996)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 290
ANEXO Nº 8–
GARANTIA DE ADECUACION DE PLANTILLA
Las partes firmantes del presente convenio comparten la idea de que la negociación colectiva es el
método idóneo para favorecer el logro de los objetivos de competitividad y eficiencia, así como de
empleos estables y calidad, que garanticen una continua mejora de la empleabilidad y la garantía
en el empleo.
En caso de reajuste de la plantilla por razones económicas, técnicas organizativas o de producción
se tengan que realizar rescisiones y adecuaciones de la plantilla existente, la sistemática a seguir
será la siguiente:
1.
2.
3.
4.
Se atenderán las peticiones de cese que se formulen voluntariamente.
Se resolverán –de existir- los contratos suscritos con personal contratado a
través de ETT’s.
Se resolverán –de existir- los contratos suscritos con personal contratado
mediante contrato temporal.
Finalmente se aplicará para la rescisión del contrato la mínima antigüedad en
CEVA.
Estos procesos se tratarán y comunicarán al Comité de Empresa para que entre las partes puedan
negociar y adoptar la solución menos traumática para la viabilidad futura del centro.
BOCM-20211206-1
(03/32.728/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 290
ANEXO Nº 8–
GARANTIA DE ADECUACION DE PLANTILLA
Las partes firmantes del presente convenio comparten la idea de que la negociación colectiva es el
método idóneo para favorecer el logro de los objetivos de competitividad y eficiencia, así como de
empleos estables y calidad, que garanticen una continua mejora de la empleabilidad y la garantía
en el empleo.
En caso de reajuste de la plantilla por razones económicas, técnicas organizativas o de producción
se tengan que realizar rescisiones y adecuaciones de la plantilla existente, la sistemática a seguir
será la siguiente:
1.
2.
3.
4.
Se atenderán las peticiones de cese que se formulen voluntariamente.
Se resolverán –de existir- los contratos suscritos con personal contratado a
través de ETT’s.
Se resolverán –de existir- los contratos suscritos con personal contratado
mediante contrato temporal.
Finalmente se aplicará para la rescisión del contrato la mínima antigüedad en
CEVA.
Estos procesos se tratarán y comunicarán al Comité de Empresa para que entre las partes puedan
negociar y adoptar la solución menos traumática para la viabilidad futura del centro.
BOCM-20211206-1
(03/32.728/21)
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ISSN 1989-4791