C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211203-42)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1112/2021, de 18 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
sin precedentes que la quema de combustibles fósiles, el cambio de usos de suelo, la urbanización, los procesos industriales, los modos de consumo y, en definitiva, nuestro modelo de
desarrollo han generado en el sistema climático, incrementando la concentración de gases de
efecto invernadero muy por encima de cualquier otro período conocido de la Historia.
Los impactos producidos como consecuencia del cambio climático son generalizados
y sustanciales. En las últimas décadas, el cambio climático ha afectado a los sistemas naturales y humanos en todos los continentes y en los océanos, siendo más evidentes los impactos en los sistemas naturales, los recursos hídricos, los sistemas costeros y los ecosistemas
terrestres y marinos, pero también se han observado en los sistemas humanos.
La lucha contra el cambio climático se articula a través de la reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero o el incremento de las absorciones (mitigación) y de la adaptación a los impactos que esté provocando y se prevé sucedan. Por ello, es necesaria la puesta en marcha de medidas en ambos ámbitos, al estar estrechamente vinculados.
Los Planes de Impulso al Medio Ambiente (PIMA) son una herramienta para la puesta en marcha de medidas de lucha contra el cambio climático que conllevan, adicionalmente, otros beneficios ambientales junto con un efecto positivo sobre el desarrollo económico
y el fomento del empleo. Estos planes han supuesto en España, a través de diversas convocatorias, la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático integrando, a
su vez, la política de cambio climático con las políticas de calidad ambiental.
Los modelos de gestión de las ayudas contempladas en los PIMA se basan en la colaboración entre la Administración estatal y las comunidades autónomas, que desarrollan su
tramitación y asumen la gestión de los fondos y su distribución, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.
El PIMA Cambio Climático tiene como objetivo fomentar y apoyar la adaptación al
cambio climático en el espacio urbano y periurbano, donde reside el 80 por 100 de la población española, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación
en la lucha frente al cambio climático.
La tipología de acciones que se pretenden impulsar entran dentro de las competencias
asumidas por las administraciones autonómicas, entidades locales y municipios. Por ello,
estas ayudas se financian por la vía de la Conferencia Sectorial, al considerarse que, tanto
en la fase de identificación de actuaciones y proyectos susceptibles de ser subvencionados
y distribución de fondos a los municipios, como en la fase de seguimiento de su ejecución
y resultados, son las comunidades autónomas los organismos más adecuados para garantizar la aplicación de los criterios fijados en las respectivas convocatorias.
La distribución de la financiación entre las comunidades Autónomas del PIMA Cambio Climático se ha llevado a cabo desde la Dirección General de la Oficina Española de
Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, conforme al reparto propuesto en Conferencia Sectorial celebrada el 21 de septiembre de 2020
y con cargo al presupuesto de dicha Dirección General. En la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 27 de octubre de 2020 se aprobó el Acuerdo para la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios destinados a esta línea de subvenciones,
correspondiéndole a la Comunidad de Madrid un total de 726.662 euros.
2. Objetivos y efectos perseguidos.
La situación de emergencia climática antes citada hace necesario que todas las administraciones trabajen de forma coordinada, especialmente los ayuntamientos en colaboración con las comunidades autónomas, dado que las iniciativas de adaptación a los riesgos
climáticos tienen una componente local muy importante. Si bien las medidas para reducir
las emisiones de gases de efecto invernadero deben plantearse a escala global para resultar
efectivas, es en el ámbito local donde existen las mayores oportunidades de actuar para
lograr de manera efectiva avanzar en la adaptación a los riesgos climáticos. Por ello, es
necesario que los gobiernos locales pongan en marcha actuaciones para proteger a la población y a sus respectivos territorios de los efectos del cambio climático.
Por ello, el PIMA Cambio Climático se dirige a los municipios y entidades locales de
menos de 100.000 habitantes y se enfoca a la realización de actuaciones piloto de carácter innovador y a la redacción de proyectos e informes técnicos, con el objetivo de fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en zonas urbanas y periurbanas, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.
3. Plazo para su consecución.
La convocatoria para la concesión de esta línea de ayudas deberá estar resuelta antes
del 1 de abril de 2022 y las actuaciones objeto de subvención deberán ejecutarse en su to-
Pág. 375
BOCM-20211203-42
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
sin precedentes que la quema de combustibles fósiles, el cambio de usos de suelo, la urbanización, los procesos industriales, los modos de consumo y, en definitiva, nuestro modelo de
desarrollo han generado en el sistema climático, incrementando la concentración de gases de
efecto invernadero muy por encima de cualquier otro período conocido de la Historia.
Los impactos producidos como consecuencia del cambio climático son generalizados
y sustanciales. En las últimas décadas, el cambio climático ha afectado a los sistemas naturales y humanos en todos los continentes y en los océanos, siendo más evidentes los impactos en los sistemas naturales, los recursos hídricos, los sistemas costeros y los ecosistemas
terrestres y marinos, pero también se han observado en los sistemas humanos.
La lucha contra el cambio climático se articula a través de la reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero o el incremento de las absorciones (mitigación) y de la adaptación a los impactos que esté provocando y se prevé sucedan. Por ello, es necesaria la puesta en marcha de medidas en ambos ámbitos, al estar estrechamente vinculados.
Los Planes de Impulso al Medio Ambiente (PIMA) son una herramienta para la puesta en marcha de medidas de lucha contra el cambio climático que conllevan, adicionalmente, otros beneficios ambientales junto con un efecto positivo sobre el desarrollo económico
y el fomento del empleo. Estos planes han supuesto en España, a través de diversas convocatorias, la puesta en marcha de acciones de lucha contra el cambio climático integrando, a
su vez, la política de cambio climático con las políticas de calidad ambiental.
Los modelos de gestión de las ayudas contempladas en los PIMA se basan en la colaboración entre la Administración estatal y las comunidades autónomas, que desarrollan su
tramitación y asumen la gestión de los fondos y su distribución, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.
El PIMA Cambio Climático tiene como objetivo fomentar y apoyar la adaptación al
cambio climático en el espacio urbano y periurbano, donde reside el 80 por 100 de la población española, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación
en la lucha frente al cambio climático.
La tipología de acciones que se pretenden impulsar entran dentro de las competencias
asumidas por las administraciones autonómicas, entidades locales y municipios. Por ello,
estas ayudas se financian por la vía de la Conferencia Sectorial, al considerarse que, tanto
en la fase de identificación de actuaciones y proyectos susceptibles de ser subvencionados
y distribución de fondos a los municipios, como en la fase de seguimiento de su ejecución
y resultados, son las comunidades autónomas los organismos más adecuados para garantizar la aplicación de los criterios fijados en las respectivas convocatorias.
La distribución de la financiación entre las comunidades Autónomas del PIMA Cambio Climático se ha llevado a cabo desde la Dirección General de la Oficina Española de
Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, conforme al reparto propuesto en Conferencia Sectorial celebrada el 21 de septiembre de 2020
y con cargo al presupuesto de dicha Dirección General. En la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 27 de octubre de 2020 se aprobó el Acuerdo para la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios destinados a esta línea de subvenciones,
correspondiéndole a la Comunidad de Madrid un total de 726.662 euros.
2. Objetivos y efectos perseguidos.
La situación de emergencia climática antes citada hace necesario que todas las administraciones trabajen de forma coordinada, especialmente los ayuntamientos en colaboración con las comunidades autónomas, dado que las iniciativas de adaptación a los riesgos
climáticos tienen una componente local muy importante. Si bien las medidas para reducir
las emisiones de gases de efecto invernadero deben plantearse a escala global para resultar
efectivas, es en el ámbito local donde existen las mayores oportunidades de actuar para
lograr de manera efectiva avanzar en la adaptación a los riesgos climáticos. Por ello, es
necesario que los gobiernos locales pongan en marcha actuaciones para proteger a la población y a sus respectivos territorios de los efectos del cambio climático.
Por ello, el PIMA Cambio Climático se dirige a los municipios y entidades locales de
menos de 100.000 habitantes y se enfoca a la realización de actuaciones piloto de carácter innovador y a la redacción de proyectos e informes técnicos, con el objetivo de fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en zonas urbanas y periurbanas, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.
3. Plazo para su consecución.
La convocatoria para la concesión de esta línea de ayudas deberá estar resuelta antes
del 1 de abril de 2022 y las actuaciones objeto de subvención deberán ejecutarse en su to-
Pág. 375
BOCM-20211203-42
BOCM