C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211203-42)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1112/2021, de 18 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
5. Plan de acción.
De acuerdo con las bases reguladoras se consideran como inversiones subvencionables:
— Línea 1. Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente biorresiduos, y mejora de las existentes.
1.1. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de
biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico
(compostaje, digestión anaerobia o ambas).
1.2. Proyectos de separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante su
compostaje doméstico y comunitario.
1.3. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado generado en el ámbito doméstico, del comercio y servicios, para
destinarlo a valorización, principalmente para la obtención de biocarburante.
1.4. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de la fracción
de residuos textiles de los residuos municipales para destinarlos a preparación para la reutilización o reciclado.
— Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los
biorresiduos recogidos separadamente.
— Línea 3. Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.
3.1. Construcción de instalaciones de preparación para la reutilización de flujos
de residuos recogidos separadamente.
3.2. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos textiles.
3.3. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos de plástico.
— Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etcétera), mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes.
4.1. Proyectos de mejora de instalaciones de recogida (puntos limpios, incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos).
4.2. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de triaje y clasificación
de residuos (envases, papel, etcétera).
4.3. Proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, a propuesta de la Dirección
General de Economía Circular, órgano instructor del expediente, resolverá mediante Orden
motivada la aprobación o denegación de las ayudas.
6. Seguimiento y evaluación.
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con el desarrollo de esta línea de ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores:
— Población atendida.
— Cantidad de residuos, aceite o textiles recogidos.
— Instalaciones construidas y capacidad de tratamiento.
— Emisiones GEI (Gases Efecto Invernadero) evitadas.
36. Ayudas contempladas en el Plan de Impulso al medio ambiente (PIMA)
cambio climático
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid
es el órgano competente, a través de la Dirección General de Descarbonización y Transición
Energética, para el fomento de políticas que contribuyan a la mejora de la calidad del aire y a
la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme con el artículo 4 del
Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el
artículo 3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
El 21 de enero de 2020 el Gobierno de España declaró la emergencia climática y ambiental, en respuesta al consenso generalizado de la comunidad científica sobre el impacto
BOCM-20211203-42
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
5. Plan de acción.
De acuerdo con las bases reguladoras se consideran como inversiones subvencionables:
— Línea 1. Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente biorresiduos, y mejora de las existentes.
1.1. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de
biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico
(compostaje, digestión anaerobia o ambas).
1.2. Proyectos de separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante su
compostaje doméstico y comunitario.
1.3. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado generado en el ámbito doméstico, del comercio y servicios, para
destinarlo a valorización, principalmente para la obtención de biocarburante.
1.4. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de la fracción
de residuos textiles de los residuos municipales para destinarlos a preparación para la reutilización o reciclado.
— Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los
biorresiduos recogidos separadamente.
— Línea 3. Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.
3.1. Construcción de instalaciones de preparación para la reutilización de flujos
de residuos recogidos separadamente.
3.2. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos textiles.
3.3. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos de plástico.
— Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etcétera), mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes.
4.1. Proyectos de mejora de instalaciones de recogida (puntos limpios, incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos).
4.2. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de triaje y clasificación
de residuos (envases, papel, etcétera).
4.3. Proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, a propuesta de la Dirección
General de Economía Circular, órgano instructor del expediente, resolverá mediante Orden
motivada la aprobación o denegación de las ayudas.
6. Seguimiento y evaluación.
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con el desarrollo de esta línea de ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores:
— Población atendida.
— Cantidad de residuos, aceite o textiles recogidos.
— Instalaciones construidas y capacidad de tratamiento.
— Emisiones GEI (Gases Efecto Invernadero) evitadas.
36. Ayudas contempladas en el Plan de Impulso al medio ambiente (PIMA)
cambio climático
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid
es el órgano competente, a través de la Dirección General de Descarbonización y Transición
Energética, para el fomento de políticas que contribuyan a la mejora de la calidad del aire y a
la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme con el artículo 4 del
Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el
artículo 3 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
El 21 de enero de 2020 el Gobierno de España declaró la emergencia climática y ambiental, en respuesta al consenso generalizado de la comunidad científica sobre el impacto
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