Navas del Rey (BOCM-20211201-56)
Organización y funcionamiento. Ordenanza títulos habilitantes urbanísticos
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B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021

ma de la copa, el estado fitosanitario de cada árbol (enfermedades y plagas, pudriciones y cualquier otra que tenga relevancia) y la peligrosidad existente del
tronco y sus ramas que puedan perjudicar a las personas y sus cosas, firmado
por técnico competente.
d Presupuesto o valoración económica por la empresa o autónomo que realizará
los trabajos de tala y reposición.
d Modelo normalizado del compromiso de reposición.
d Informe técnico de viabilidad en caso de trasplante de los individuos arbóreos.
d Justificación de los motivos del trasplante por técnico competente.
d Croquis de situación de la nueva ubicación del árbol/árboles a trasplantar.
d Identificación del arbolado, señalando las características dendrométricas (la altura y el diámetro normal), el porte y la forma de la copa, el estado fitosanitario
de cada árbol (enfermedades y plagas, pudriciones y cualquier otra que tenga relevancia) y la peligrosidad existente del tronco y sus ramas que puedan perjudicar a las personas y sus cosas, firmado por técnico competente.
d Presupuesto o valoración económica por la empresa o autónomo que realizará
los trabajos.
2.2. Declaraciones responsables:
2.2.1. Obras de edificación de nueva planta de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público
y se desarrollen en una sola planta:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
— Oficio de dirección técnica de obra suscrito por técnico competente.
— Declaración de competencia profesional de la dirección técnica, excepto si el oficio es visado.
2.2.2. Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación sobre los edificios existentes que no produzcan una variación esencial de la composición general exterior,
la volumetría, la envolvente global o el conjunto del sistema estructural, y que no requieran
la redacción de un proyecto de obras de conformidad con lo dispuesto por la legislación estatal de ordenación de la edificación:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
— Oficio de dirección técnica de obra suscrito por técnico competente.
— Declaración de competencia profesional de la dirección técnica, excepto si el oficio es visado.
2.2.3. Primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de
las casas prefabricadas, así como de los edificios e instalaciones en general:
— Certificado final de obra.
— Declaración director de obra de ajustarse las obras al proyecto o memoria técnica.
— Boletín de instalación eléctrica, agua, calefacción y telecomunicaciones.
2.2.4. Actos de agrupación de terrenos en cualquier clase de suelo, salvo cuando formen parte de un proyecto de reparcelación debidamente aprobado:
— Memoria.
— Referencia catastral de las parcelas afectadas.
— Plano gráfico y descriptivo de las parcelas iniciales y resultantes, con linderos y
superficies.
2.2.5. Cualquiera de las actuaciones reguladas en el marco de la ley 2/2012, de 12 de
junio, de dinamización de la actividad comercial en la Comunidad de Madrid. Distinguiendo tres tipos de actos de acuerdo a los artículos 3,4 y 5 de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de
dinamización de la actividad comercial en la Comunidad de Madrid:
2.2.5.1. Actos de ejecución de obras y ejercicio de actividad: Ejecución de obras y el
ejercicio de la actividad, en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, se iniciarán con la simple presentación de los siguientes documentos:
— Declaración responsable, en la que el interesado manifieste que cumple con la legislación vigente.
— Proyecto técnico que en cada caso proceda.

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