Navas del Rey (BOCM-20211201-56)
Organización y funcionamiento. Ordenanza títulos habilitantes urbanísticos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 286

BOCM-20211201-56

— Liquidación de la tasa, o precio, o contraprestación económica que, en su caso, corresponda.
2.2.5.2. Actos de implantación de actividad o de modificación de una ya existente:
La implantación de una actividad o la modificación de una ya existente, sin ejecución de
obras de clase alguna, se iniciarán con la simple presentación de la declaración responsable, la documentación técnica exigible y la liquidación de la tasa, o precio, o contraprestación económica que, en su caso, corresponda.
2.2.5.3. Otros actos de naturaleza urbanística: Cuando se trate de otros actos de naturaleza urbanística no contemplados en los artículos anteriores, los mismos se iniciarán
con su simple comunicación acompañada de la liquidación de la tasa, precio o contraprestación económica que, en su caso, corresponda.
2.2.6. Cerramientos de parcelas, obras y solares:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
2.2.7. Demoliciones de construcciones y edificaciones existentes, siempre que no
dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, ya sea total o de elementos o partes objeto de protección, regulada a través de norma legal o documento urbanístico:
— Proyecto técnico y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Dirección de obra.
2.2.8. Colocación de vallas, rótulos y otros elementos de publicidad exterior visibles
desde la vía pública:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Deberá indicarse el plazo de montaje de la instalación y tiempo de permanencia.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
— Seguro de responsabilidad civil, si la ubicación del elemento es susceptible de
afectar a la vía pública.
2.2.9. Cambios del uso de los edificios e instalaciones, en tanto no tengan por objeto cambiar el uso característico del edificio:
— Proyecto técnico y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
— Hoja de dirección técnica de obra suscrita por técnico competente y visado por el
Colegio Oficial correspondiente.
2.2.10. Actos de uso del vuelo sobre construcciones o instalaciones:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
2.2.11. Instalación y ubicación de casetas prefabricadas auxiliares o de menor entidad:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
2.2.12. Reparación de instalaciones y conducciones en el subsuelo de terrenos que
sean suelo urbano:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Declaración de competencia profesional del autor de la memoria, excepto si es visada.
2.2.13. Trabajos previos a la construcción tales como catas, sondeos o prospecciones:
— Memoria y Documentación especificada en el artículo 13 de esta ordenanza.
— Estudio arqueológico, en su caso y cuando así lo exija la administración competente.
(03/32.321/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791