Madrid (BOCM-20211130-61)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Identificación y firma electrónica
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BOCM

MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 285

ANEXO
POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN Y FIRMA ELECTRÓNICAS
DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
1. Objeto
La Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid determina las condiciones generales aplicables para la identificación y la firma en las relaciones
a través de medios electrónicos del Ayuntamiento de Madrid con la ciudadanía, el personal
a su servicio y otras Administraciones públicas.
2. Ámbito de aplicación
1. La política de identificación y firma electrónicas del Ayuntamiento de Madrid se
aplica a:
a) Las personas físicas y jurídicas en toda relación a través de medios electrónicos
con el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos. En particular, en la relación a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es
b) La actividad del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos.
c) Los órganos superiores y directivos del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos.
d) Los concejales sin responsabilidades de gobierno del Ayuntamiento de Madrid.
e) Los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos.
f) Los vocales vecinos de las juntas municipales de distrito.
2. La política de identificación y firma electrónicas del Ayuntamiento de Madrid será
interoperable con la política marco de firma electrónica y certificados de la Administración
General del Estado y con sus correspondientes ficheros de implementación, según las condiciones establecidas en las normas técnicas de interoperabilidad que resulten de aplicación.
3. Definiciones
A los efectos de la presente Política se considerará:
3.1. Ciudadanía. Los sujetos previstos en el apartado 2.1.a).
3.2. Personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid. Los sujetos previstos en el
apartado 2.1.c), d), e) y f).
3.3. Trámite. Cualquier actuación realizada por los sujetos previstos en el apartado 2,
mediante la que se pretenda acceder a una información en poder de la Administración municipal, facilitar información a la Administración municipal o realizar cualquier tipo de actuación en el seno de un procedimiento administrativo.
3.4. Sistemas de identificación. Medios que permiten a la Administración municipal
verificar la identidad de quienes efectúan los correspondientes trámites, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que
consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
3.5. Sistemas de firma. Medios que permiten a la Administración municipal acreditar la autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento del firmante, así como
la integridad e inalterabilidad del documento que se firma.
3.6. Firma biométrica. Conjunto de datos biométricos asociados al grafo del firmante, capturados durante el proceso de firma manuscrita sobre dispositivos electrónicos, que
pueden asegurar el vínculo entre el documento y la identidad del firmante.
3.7. Firma electrónica. Conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a
otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante. La firma electrónica podrá ser:
a) Avanzada: firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
b) Cualificada: firma electrónica avanzada creada mediante un dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado electrónico
cualificado de firma electrónica.
c) No criptográfica: firma electrónica no basada en certificados electrónicos que asocia de forma unívoca un documento con la identidad de una persona, junto con de-

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