C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211129-17)
Delegación competencias – Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 123
2. Esta delegación comprende la competencia para ordenar todos los actos administrativos que deban adoptarse en los procedimientos de contratación, incluida la devolución
de garantías en materia de contratación, a excepción de lo establecido en el punto 3 de este
apartado.
3. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia para la designación de las mesas de contratación de la Consejería.
4. Se delega, respecto de los expedientes promovidos por el Museo Arqueológico de
la Comunidad de Madrid, en el titular de la Gerencia del Museo hasta la cuantía correspondiente al contrato menor atendiendo a lo establecido en la normativa vigente en materia de
contratación.
Asimismo, y respecto a los referidos expedientes, se delega en el titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural, cuando la cuantía sea superior a la cuantía correspondiente al contrato menor y hasta 150.000 euros, y en el titular de la Viceconsejería de Cultura y Turismo, cuando la cuantía sea superior a 150.000 euros y hasta 300.000 euros.
Todo ello en los términos de lo establecido en el apartado segundo.
Tercero
En materia de modificaciones presupuestarias
Se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia
de modificaciones presupuestarias que afecten a todos los programas presupuestarios de la
Consejería.
Cuarto
En materia de anticipos de caja fija y pagos a justificar
Se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias atribuidas a la
Consejera por la Orden de 9 de marzo de 2005, de la Consejería de Hacienda, reguladora de
los anticipos de caja fija y pagos a justificar, respecto de las cajas pagadoras de la Consejería.
Se delega, igualmente, en el titular de la Secretaría General Técnica el establecimiento
del sistema de anticipo de caja fija, así como la creación, denominación, adscripción y supresión de cajas pagadoras y, en general, todos los actos y trámites necesarios para la puesta en funcionamiento de las cajas pagadoras de la Consejería.
Se delega en los titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica, en el ámbito de sus correspondientes programas presupuestarios, la ordenación de los
gastos que se tramiten por los sistemas de anticipos de caja fija y pagos a justificar.
Quinto
En materia de subvenciones y transferencias
Sexto
En materia de indemnizaciones por razón del servicio
Se delega la autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización,
así como el régimen de resarcimiento a que se refiere el artículo 8 y las disposiciones adi-
BOCM-20211129-17
1. La concesión de subvenciones y transferencias, así como la aprobación de los documentos contables asociados a los actos de concesión y pago, se delega en los mismos órganos y en los términos y límites fijados en el apartado primero de esta Orden.
2. Se delega la desestimación de las solicitudes de subvención, la aceptación de la
renuncia o el desistimiento de los beneficiarios, la revocación de subvenciones, la iniciación y resolución de los procedimientos de reintegro y la devolución de avales, fianzas y
demás garantías en materia de subvenciones, en los siguientes términos:
a) En el caso de subvenciones cuyo importe no supere los 150.000 euros, en los titulares de las Direcciones Generales.
b) En el caso de subvenciones promovidas por las Direcciones Generales que les estén adscritas y cuyo importe supere los 150.000 euros, en los titulares de las Viceconsejerías.
B.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 123
2. Esta delegación comprende la competencia para ordenar todos los actos administrativos que deban adoptarse en los procedimientos de contratación, incluida la devolución
de garantías en materia de contratación, a excepción de lo establecido en el punto 3 de este
apartado.
3. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica el ejercicio de la competencia para la designación de las mesas de contratación de la Consejería.
4. Se delega, respecto de los expedientes promovidos por el Museo Arqueológico de
la Comunidad de Madrid, en el titular de la Gerencia del Museo hasta la cuantía correspondiente al contrato menor atendiendo a lo establecido en la normativa vigente en materia de
contratación.
Asimismo, y respecto a los referidos expedientes, se delega en el titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural, cuando la cuantía sea superior a la cuantía correspondiente al contrato menor y hasta 150.000 euros, y en el titular de la Viceconsejería de Cultura y Turismo, cuando la cuantía sea superior a 150.000 euros y hasta 300.000 euros.
Todo ello en los términos de lo establecido en el apartado segundo.
Tercero
En materia de modificaciones presupuestarias
Se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia
de modificaciones presupuestarias que afecten a todos los programas presupuestarios de la
Consejería.
Cuarto
En materia de anticipos de caja fija y pagos a justificar
Se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias atribuidas a la
Consejera por la Orden de 9 de marzo de 2005, de la Consejería de Hacienda, reguladora de
los anticipos de caja fija y pagos a justificar, respecto de las cajas pagadoras de la Consejería.
Se delega, igualmente, en el titular de la Secretaría General Técnica el establecimiento
del sistema de anticipo de caja fija, así como la creación, denominación, adscripción y supresión de cajas pagadoras y, en general, todos los actos y trámites necesarios para la puesta en funcionamiento de las cajas pagadoras de la Consejería.
Se delega en los titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica, en el ámbito de sus correspondientes programas presupuestarios, la ordenación de los
gastos que se tramiten por los sistemas de anticipos de caja fija y pagos a justificar.
Quinto
En materia de subvenciones y transferencias
Sexto
En materia de indemnizaciones por razón del servicio
Se delega la autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización,
así como el régimen de resarcimiento a que se refiere el artículo 8 y las disposiciones adi-
BOCM-20211129-17
1. La concesión de subvenciones y transferencias, así como la aprobación de los documentos contables asociados a los actos de concesión y pago, se delega en los mismos órganos y en los términos y límites fijados en el apartado primero de esta Orden.
2. Se delega la desestimación de las solicitudes de subvención, la aceptación de la
renuncia o el desistimiento de los beneficiarios, la revocación de subvenciones, la iniciación y resolución de los procedimientos de reintegro y la devolución de avales, fianzas y
demás garantías en materia de subvenciones, en los siguientes términos:
a) En el caso de subvenciones cuyo importe no supere los 150.000 euros, en los titulares de las Direcciones Generales.
b) En el caso de subvenciones promovidas por las Direcciones Generales que les estén adscritas y cuyo importe supere los 150.000 euros, en los titulares de las Viceconsejerías.