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Convenio –  Convenio marco de 16 de noviembre de 2021, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón para la realización de prácticas académicas de estudiantes en centros y/o servicios dependientes de la Consejería
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B.O.C.M. Núm. 283

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021

Para posibilitar las prácticas a los estudiantes, en los centros e instalaciones de la consejería, la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón comunicará a la misma los
datos de los alumnos que deban de realizar las prácticas en sus dependencias, a fin de facilitarles la identificación y el acceso a las mismas. Ello, sin perjuicio de que cada alumno firme y entregue, el primer día, el documento de confidencialidad y protección de datos al director/responsable del centro.
Esta comunicación de datos personales se encuentra amparada en lo dispuesto por el
artículo 6.1.b) del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de datos de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, ajustándose al principio de calidad
de los datos y de licitud del tratamiento de los mismos.
Ello sin perjuicio de que, para la adecuada ejecución del presente convenio, ambas administraciones asuman gestionar cuantos tratamientos de datos personales resulten necesarios con plena observancia de la normativa vigente en materia de protección de datos personales, incluida la normativa de desarrollo que resulte aplicable, durante toda la vida del
convenio, sin que sea necesario para dicha aplicación modificación o adenda alguna.
Ambas partes, como responsables de tratamientos de datos personales, responderán
del personal que empleen en la ejecución del presente convenio, garantizando la observancia de la normativa vigente de protección de datos personales.
Con ocasión de la finalización de la realización de las prácticas, la consejería se compromete a bloquear, una vez comunicado a la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio
Marañón, los datos del informe final de evaluación del tutor de prácticas, a que se refiere el
artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, de modo que se impida su tratamiento para una finalidad distinta de la prevista en el propio Real Decreto, y a su destrucción
transcurridos tres años.
La Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón se compromete a informar a los
estudiantes, con ocasión de la comunicación de los datos personales a la consejería, sobre
la existencia de dicha comunicación y el tratamiento a realizar por la Consejería. Asimismo, la consejería se compromete a informar a los estudiantes, de la comunicación a la que
se refiere el párrafo anterior en los mismos términos.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán
tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “alumnos formación” cuya finalidad
es tratar los datos de identificación de los alumnos que realicen período de formación en los
centros o instalaciones adscritos a esta Consejería y o su Administración Institucional y
cuya base legal es el artículo 6.1 b) del RGPD, y en su caso 6.1.c).
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de la Comunidad de Madrid
para la tramitación y otras administraciones/poderes públicos para el ejercicio de sus competencias legales. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “protección de datos personales”, cuya finalidad es tratar de manera confidencial los datos personales que le sean facilitados en el marco de la relación establecida, y cuya base legal es el
artículo 6.1.b) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), UE 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.
La intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas
partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme a lo previsto en el
artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.

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BOCM-20211127-2

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