Carabaña (BOCM-20211126-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 282

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021

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Novena. Relación de aspirantes
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, el Tribunal hará pública en
el Tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, la lista provisional de admitidos y excluidos. Son causas de inadmisión de los aspirantes las siguientes:
a) No reunir alguno de los requisitos para participar en el correspondiente proceso
selectivo y/o no aportar la documentación justificativa.
b) La omisión de la firma en la solicitud.
c) La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo máximo de 3 días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la publicación de la resolución provisional en la página web del Ayuntamiento, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. En ningún caso será
posible subsanar la solicitud cuando esta se haya presentado de forma extemporánea.
Transcurrido el plazo de subsanación otorgado, se publicará en el Tablón de anuncios
y en la página web del Ayuntamiento la lista definitiva de admitidos.
El Tribunal Calificador propondrá a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación la contratación del aspirante seleccionado con mayor puntuación, precisándose que el número de
seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará
al Alcalde-Presidente de la Corporación.
En el supuesto de que de la suma de las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo
resulte un empate entre dos o más candidatos/as, se resolverá a favor del candidato/a que hubiera obtenido la mayor puntuación en el apartado de méritos profesionales. De persistir el
empate, se dirimirá por la mayor puntuación obtenida en el apartado de méritos académicos.
El candidato que resulte finalmente seleccionado deberá acreditar documentalmente,
los requisitos exigidos en la convocatoria.
Si con anterioridad a la firma del contrato y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante
propuesto para la presentación de los servicios, no presentara la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por
falsedad en la instancia. En este caso, se propondrá contratación a favor de la persona que
siga en orden de clasificación, de conformidad a la propuesta elevada por el Tribunal Calificador.

Finalizado el proceso selectivo, y determinada la persona que tomará posesión del
puesto, se procederá automáticamente a la creación de una Bolsa de Empleo con el resto de
aspirantes no seleccionados, por riguroso orden de puntuación, con el fin de cubrir las necesidades de baja temporal, vacante, o renuncia del participante seleccionado.
La citada Bolsa de Empleo tendrá una vigencia máxima de tres años, pudiendo prorrogarse por un plazo máximo de dos años adicionales, a contar desde la fecha de publicación
de su constitución en la página web municipal.
La finalidad de esta Bolsa será la de cubrir posibles vacantes temporales, bajas de enfermedad, sustituciones temporales y/o renuncias en su caso, teniendo vigencia hasta la
constitución de una nueva bolsa o derogación, en su caso. Una vez formada la Bolsa de trabajo, se procederá al llamamiento según la necesidad existente y según el orden de prelación, para cubrir las vacantes temporales de los puestos de Ayudante de Oficios Varios y
similares.
La notificación de la oferta de contratación al candidato/a seleccionado/a, se practicará preferentemente por medios electrónicos. No obstante, la notificación podrá realizarse
mediante llamada telefónica o correo electrónico cuando exista urgencia en la contratación,
comunicando la oferta de contratación.
Si el candidato/a rehúsa la contratación en la notificación telefónica, se le remitirá por
medios electrónicos la oferta de contratación indicando que de no recibir su renuncia, así
como las razones de la misma por medios electrónicos quedará eliminado de la Bolsa.
Si la persona incluida en la bolsa fuera notificada para proceder a su contratación y
rehusara o no se presentara en el tiempo que se le hubiera indicado sin mediar justificación,
será excluida de la bolsa, entendiéndose que esta circunstancia se producirá, en todo caso,
si no da respuesta en el plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la oferta de contra-

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Décima. Formación de bolsa de empleo