D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20211126-39)
Convenio –  Convenio subvención de 6 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes e Infraestructuras) y la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, para la prestación del servicio de transporte a la demanda en el Área de Prestación Conjunta de los Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo Sierra Norte de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 282

de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las
subvenciones, cuando éstos se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
La Sierra Norte de Madrid, con un elevado grado de envejecimiento de la población,
una baja densidad demográfica y una elevada extensión superficial, se ha visto afectada en
mayor medida que otras zonas rurales de nuestra Comunidad por el problema de la despoblación. Al amparo de este convenio-subvención se pretende dotar de movilidad a los habitantes de los municipios y a las entidades colectivas menores, singularmente consideradas, de 450 habitantes, para garantizar su acceso tanto a los servicios básicos como al
transporte público regular de viajeros localizados, en ambos casos, en los municipios de
mayor población, de forma que se posibiliten sus desplazamientos al resto del territorio nacional, en igualdad de condiciones que para el resto de los ciudadanos, y con el objetivo primordial de minimizar al máximo el coste de cada usuario transportado. Ello justifica la pretensión de continuar con este proyecto de transporte a la demanda. Las razones expuestas
motivan el otorgamiento directo de esta subvención a la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya beneficiaria de la misma, no considerándose procedente abrir un proceso público de concurrencia.
V. La Comunidad de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 26.1.6 de su
Estatuto de Autonomía tiene competencia en materia de transporte terrestre cuando el mismo transcurra íntegramente por su territorio, correspondiendo a la Consejería de Transportes e Infraestructuras el ejercicio de las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de transportes y movilidad.
Por su parte, la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, dentro del marco competencial de las Entidades Locales previsto en los artículos 25.2.g) y 26.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y teniendo en cuenta que las Mancomunidades tienen personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento
de sus fines específicos como señala el artículo 44 de la misma Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que contempla que
las Mancomunidades de Municipios asumirán el desarrollo de actividades de competencia
municipal de interés común a los Municipios mancomunados, y que el artículo 2.e) de los
Estatutos de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya recoge como fin de
la misma la “Prestación de servicios de transporte colectivo”, dictó la Ordenanza reguladora del servicio de transporte a la demanda publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 29 de diciembre que ha sido considerada en el presente Convenio.
VI. Con carácter previo a la firma del presente convenio, se ha comprobado que no
existe ninguna de las prohibiciones que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para firmar el convenio y que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto instrumentar la concesión de una subvención a
la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, al amparo de lo establecido en el
artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, siéndole de aplicación lo establecido en dicho texto legal, así como los
preceptos de carácter básico contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Por medio del presente convenio se establece la financiación parcial de la prestación
del servicio público de transporte a la demanda creado y regulado en la Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte a la demanda de la Mancomunidad de Servicios del Valle
Norte del Lozoya (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre
de 2020).
La referida Ordenanza establece un sistema de viajes subvencionados por la Mancomunidad que será financiado mediante la subvención regulada en este convenio destinada,
por una parte, a subsidiar parcialmente el coste del trayecto que abonan los vecinos usuarios de municipio de población inferior a 450 habitantes de la APC Sierra Norte, y por otra,

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