D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20211018-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Fundación Bankia por la Formación Dual, por el que se establece un marco genérico de actuación para el desarrollo de acciones de impulso y mejora de la Formación Profesional Dual en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 246

LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 248

Tercera
Financiación del Convenio
La firma de este Convenio implica que, en el supuesto de que fueran necesarios determinados recursos para poder realizar por parte de la Comunidad de Madrid los compromisos antedichos, Fundación Bankia se compromete a financiar dichas actuaciones, ya sea directamente o indirectamente a través de terceros, con una aportación económica cuya
determinación se fijará en los correspondientes convenios específicos que las partes asuman para alcanzar los objetivos previstos, teniendo en cada caso la Fundación Bankia la facultad de decidir en qué convenios colabora.
No obstante, aun en el caso de que no se deriven obligaciones financieras para las partes, en aras de los principios de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y de
acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las mismas deben tener capacidad suficiente para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de deuda comercial conforme a lo establecido en dicha Ley, la normativa
sobre morosidad y la normativa europea.
Cuarta
La ejecución del presente convenio de colaboración y de las actividades descritas en
el mismo no supone el acceso a datos de carácter personal titularidad de la otra Parte, a excepción de los datos personales de los representantes de las Partes que intervengan en la formalización del presente Convenio. Los intervinientes podrán asimismo comunicar, para el
exclusivo fin de que actúen como personas de contacto, los datos de contacto de terceros
empleados o colaboradores de cada una de las Partes.
Si en el curso de las actividades previstas en este Convenio las Partes advirtieran la necesidad de que una de las Partes tuviera acceso a datos de carácter personal titularidad de
la otra Parte, ambas Partes formalizarán un acuerdo que contenga cuantas obligaciones les
sean exigibles en virtud del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid o aquellas otras normas que los sustituyan, complementen o desarrollen.
Los datos personales de los representantes de las Partes serán tratados, respectivamente, por las entidades que se identifican en el encabezamiento, que actuarán, de forma independiente, como responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados
para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en este Convenio, sin que
se tomen decisiones automatizadas que puedan afectar a los citados representantes de
acuerdo con el RGPD y la LOPDGDD. En consecuencia, la base jurídica del tratamiento es
dar cumplimiento a la mencionada relación pactada, siendo dicho fin estrictamente necesario para ejecutar el presente Convenio.
Igualmente, en caso de que la persona que interviene en nombre de la Consejería lo autorice, Fundación Bankia tratará sus datos de contacto, ya sean postales o electrónicos, con
la finalidad de enviarle por cualquier medio información sobre eventos, servicios y/o productos que pudieran ser de su interés, ofrecidos por Fundación Bankia incluso, personalizada y mejorada mediante la elaboración de perfiles automatizados.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación pactada que aquí se estipula, siendo tratados únicamente por las Partes y aquellos terceros a los que aquellas estén legalmente —o de acuerdo a lo dispuesto en el presente Convenio— obligadas a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de servicios a los que se haya encomendado
algún servicio vinculado con la gestión o ejecución del Convenio).
Los representantes de las Partes podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la
portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las Partes,
a través de las direcciones especificadas en el encabezamiento.

BOCM-20211018-44

Protección de datos