D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211018-56)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid), para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 375

El certificado de inexistencia de apremio en deudas de la Comunidad de Madrid se solicitará
de oficio por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
11.2 Documentación específica de las acciones
La documentación señalada a continuación se entregará junto con la cuenta justificativa,
salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con lo previsto en
la clausula DUODECIMA, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna
circunstancia lo requiera como incorporación de datos adicionales, corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada
con posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final de justificación
será entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a fin de ser evaluada por
el IRSST y corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.
11.2.1
A)

Acciones de asesoramiento:
Resumen general de las actuaciones
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener,
como mínimo, los siguientes aspectos:
1.

Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones
realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.

2.

Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la ejecución
de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio.

3.

Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas, modelo
SEN 6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el
número de acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los
técnicos, así como la identificación de éste, bien a través del nombre, apellidos y DNI
o a través de un código. En este caso, se deberá adjuntar el correspondiente listado
de códigos de los técnicos, señalando, expresamente, la identificación del técnico al
que corresponde dicho código.

Los cuadros y resúmenes se entregarán igualmente en formato excel, para facilitar
la labor de comprobación y justificación.
Justificación de visitas de sensibilización
Se entregará la documentación, incluida la toma de datos (SEN 2-1, check-list),
conforme al procedimiento de seguimiento de actuaciones establecido en el IRSST,
que deberá cumplir:
1.
2.
3.
4.

5.

6.

7.

Constará la fecha de la visita.
Constará la razón social de la entidad visitada.
Constará la dirección completa del centro visitado. Dicha dirección deberá ser siempre
de la Comunidad de Madrid.
Constará el nombre y apellido/s de la persona visitada, así como su cargo o puesto de
trabajo. En actuaciones sobre autónomos sin trabajadores no será necesario identificar
el cargo o puesto de trabajo, pero sí será necesario indicar el teléfono de contacto del
autónomo asesorado. En caso de no poder tener acceso a estos datos se consignarán
los motivos en el apartado de Observaciones.
Constarán expresamente el nombre y dos apellidos del técnico de prevención que ha
realizado la visita, o en su caso, el código de identificación del mismo. Si se usan
códigos, como se ha indicado en el apartado de personal, se deberá aportar el
correspondiente listado de códigos señalando el que corresponde al técnico en
cuestión.
Como norma general los campos del check-list estarán rellenos completamente. No
obstante, para que la actuación pueda ser considerada como válida se admitirá hasta
un 20% de cuestiones en blanco. En el caso de preguntas derivadas, solo contarán
para el límite indicado cuando la pregunta inicial no esté en blanco.
Los registros de visitas a distintos centros de trabajo de la misma empresa serán
válidos, aunque se asesore a la misma persona, siempre que se realicen en fechas

BOCM-20211018-56

B)